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Clasificación de los títulos valores


Enviado por   •  20 de Octubre de 2021  •  Trabajos  •  469 Palabras (2 Páginas)  •  63 Visitas

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Clasificación de los títulos valores.

Según su circulación

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  • Título nominativo: Determina una persona especifica, que se encuentra adicionalmente en un registro interno que lleva el creador del título. (Doble inscripción o registro). Ej: Las acciones, los cheques.

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  • Título a la orden: Va designado a una persona especifica, quien puede hacer efectivo el beneficio consolidado en el titulo valor.

  • Título al portador: No se determinan a una persona específica. Quien lo porte tiene la calidad de legitimador.

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¿Cómo se endosa un título valor? Se coge al reverso el título valor, y se escribe:

Yo xxxx, identificado con CC. xxx endoso el titulo valor a la persona xxx, identificado con CC. Xxx. Y finalmente se firma por ambas personas (endosador y endosatario.)

Al endosar un titulo valor, la persona propietaria del mismo en un primer momento, pierde completamente su derecho en él.

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→ No es lo mismo que un título valor al portador, puesto que lleva la cláusula del endoso al reverso del titulo valor.; pero deja el espacio, para poner el dato posteriormente de a quien se le quiere endosar. Si hay inseguridad en este proceso, se le endosa a una persona, y si hay necesidad de cambiarla posteriormente, se realiza la cadena de endosos.

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→ Endoso donde se trasfieren todos los derechos y obligaciones incorporados en el titulo valor.

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→ Endoso que se transfiere a un tercero, dándole la facultad de que lo cobre judicial o extrajurídicamente. [pic 15]

  • Judicial: Un juez de la República determina cómo se va a resolver el conflicto. (Despachos judiciales.)[pic 16]
  • Extrajudicial: No llegamos a la vida judicial. Es decir, cuando se puede llegar a un acuerdo sin un proceso judicial. (Centros de conciliación.)

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→ Se deja un bien en garantía, para que en caso de que no se cumpla con la obligación, este quede como pago de la deuda.

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Acción de ir donde un tercero a que nos ayude a hacer efectivo un título valor (cobrarlo).

  • Acción cambiaria ejecutiva: Interponer una demanda de cobro (Proceso judicial ejecutivo de cobro).

Para esto, el juez de la República, concede una orden de embargo (de una propiedad, un inmueble o el salario), en contra del deudor. Esta investigación adquisitiva, la realiza quien se encuentra interesado de que le paguen el título valor.

Otra garantía, en este tipo de casos, son los fiadores o codeudores, quienes entran a responder por la obligación, en cambio de que el deudor no cumpla con la misma.

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