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Codigo De Etica Para Contadores

liliansav30 de Noviembre de 2012

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CÓDIGO DE ÉTICA

PROFESIONAL

COMISIÓN DE ÉTICA PROFESIONAL

Gerencia Editorial: Jaime A. Cortés Ramírez

Coordinación Editorial,

diseño y formación: Juana Trejo Caballero

Portada: Josué de Jesús Galindo Torres

Producción: Martín Castillo González

CÓDIGO DE ÉTICA PROFESIONAL

Séptima edición, octubre de 2006

© Derechos reservados conforme a la ley

Prohibida la reproducción parcial o total de la

presente obra sin permiso escrito del editor

Instituto Mexicano de Contadores Públicos, A.C. Bosque de Tabachines No. 44,

Fracc. Bosques de las Lomas México 11700, D.F.

ISBN 970-665-262-0

Impreso en México

CONTENIDO

INTRODUCCIÓN 5

POSTULADOS

Alcance del código 7

I. Aplicación universal del código 7

Responsabilidad hacia la sociedad 7

II. Independencia de criterio 7

III. Calidad profesional de los trabajos 7

IV. Preparación y calidad del profesional 7

V. Responsabilidad personal 8

Responsabilidades hacia quien patrocina los servicios 8

VI. Secreto profesional 8

VII. Obligación de rechazar tareas que no cumplan

con la moral 8

VIII. Lealtad hacia el patrocinador de los servicios 8

IX. Retribución económica 8

Responsabilidad hacia la profesión 8

X. Respeto a los colegas y a la profesión 8

XI. Dignificación de la imagen profesional a base

de calidad 9

XII. Difusión y enseñanza de conocimientos técnicos 9

1. NORMAS GENERALES

Alcance del código 11

Artículos 1.01-1.07 11

Artículos 1.08-1.16 12

Artículos 1.17-1.22 13

2. DEL CONTADOR PÚBLICO COMO PROFESIONAL INDEPENDIENTE

1. General 14

Artículos 2.01-2.03 14

Artículos 2.04-2.09 15

Artículos 2.10-2.14 16

Artículos 2.15-2.20 17

2. Del Contador Público como auditor externo 17

Artículo 2.21 17

Artículos 2.22-2.23 19

Artículo 2.24 20

Artículo 2.25 21

3. Del Contador Público como consultor fiscal 21

Artículos 2.26-2.29 21

4. Del Contador Público como consultor de negocios 21

Artículos 2.30-2.33 21

3. DEL CONTADOR PÚBLICO EN LOS SECTORES

PÚBLICO Y PRIVADO

Artículos 3.01-3.06 22

4. DEL CONTADOR PÚBLICO EN LA DOCENCIA

Artículos 4.01-4.06 23

5. SANCIONES

Artículos 5.01-5.04 24

CORRELACIÓN ENTRE POSTULADOS Y ARTÍCULOS 25

ÍNDICE ANALÍTICO 27

INTRODUCCIÓN

Es necesario reconocer que la ética, en su concepto más puro, no debe ser objeto de

una reglamentación. La necesidad de tener un código, nace de la aplicación de las

normas generales de conducta a la práctica diaria. Puesto que todos los actos humanos

son regidos por la ética, también las reglas escritas deben ser de aplicación general.

Con objeto de ofrecer mayores garantías de solvencia moral y establecer normas de actuación profesional, el Instituto Mexicano de Contadores Públicos expidió en los últimos años de la década de los veintes un código de ética profesional.

Como todo instrumento originado en el devenir humano, dicho código tuvo que ser revisado y ajustado a las necesidades y condiciones cambiantes de los tiempos. Para la elaboración de los códigos de 1955 y 1968, así como del actual, las opiniones de una gran parte de los miembros del Instituto Mexicano de Contadores Públicos han representado una orientación definitiva. Por lo tanto, el código ha sido elaborado por la propia profesión a fin de tener una serie de reglas que permitan regir la actuación de todos los Contadores Públicos.

Un código de ética profesional no sólo sirve de guía a la acción moral, también mediante él, la profesión declara su intención de cumplir con la sociedad de servirla con lealtad y diligencia y de respetarse a sí misma y no sólo cumplir con lealtad al patrocinador de sus servicios.

Al elaborar el presente código, se ha reconocido la existencia de varios principios de ética aplicables directamente a nuestra profesión, principios a los que en este código nos referimos como postulados. Se estima que estos postulados representan la esencia de las intenciones de la profesión para vivir y actuar dentro de la ética y se han agrupado en cuatro rubros fundamentales.

Con objeto de destacarlos y de hacer una rápida referencia a ellos en cualquier momento se presentan como una primera parte y son:

 La definición del alcance del propio código

• Las normas que conforman la responsabilidad del profesional frente a la

sociedad.

• Las normas que amparan las relaciones de trabajo y de servicios profesionales. — La responsabilidad hacia la propia profesión.

El capítulo I comprende las normas aplicables en forma general al Contador

Público, sin importar la índole de su actividad, en tanto que los capítulos II, III y IV

están limitados a las normas relacionadas con el tipo de actividad que desarrolla el

Contador Público en el ejercicio de su profesión. Por último el capítulo V prevé las

sanciones que pudieran aplicarse, cuando se hubiesen violado las normas aquí fijadas.

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POSTULADOS

ALCANCE DEL CÓDIGO

Postulado I

Aplicación universal del código. Este Código de Ética Profesional es aplicable a

todo Contador Público o Firma nacional o extranjero por el hecho de serlo, entendiéndose como Firma lo establecido en el artículo 2.03 siguiente, sin importar la índole

de su actividad o especialidad que cultive tanto en el ejercicio independiente o cuando

actúe como funcionario o empleado de instituciones públicas o privadas. Abarca

también a los contadores públicos que, además, ejerzan otra profesión.

RESPONSABILIDAD HACIA LA SOCIEDAD

Postulado II

Independencia de criterio. Al expresar cualquier juicio profesional el Contador

Público acepta la obligación de sostener un criterio libre de conflicto de intereses e

imparcial.

Postulado III

Calidad profesional de los trabajos. En la prestación de cualquier servicio se espera del Contador Público un verdadero trabajo profesional, por lo que siempre tendrá presentes las disposiciones normativas de la profesión que sean aplicables al trabajo específico que esté desempeñando. Actuará asimismo con la intención, el cuidado y la diligencia de una persona responsable.

Postulado IV

Preparación y calidad del profesional. Como requisito para que el Contador Público acepte prestar sus servicios, deberá tener el entrenamiento técnico y la capacidad necesaria para realizar las actividades profesionales satisfactoriamente.

7

Postulado V

Responsabilidad personal. El Contador Público siempre aceptará una responsabi-

lidad personal por los trabajos llevados a cabo por él o realizados bajo su dirección.

RESPONSABILIDADES HACIA QUIEN PATROCINA LOS SERVICIOS

Postulado VI

Secreto profesional. El Contador Público tiene la obligación de guardar el secreto

profesional y de no revelar, por ningún motivo, en beneficio propio o de terceros, los

hechos, datos o circunstancias de que tenga o hubiese tenido conocimiento en el

ejercicio de su profesión. Con la autorización de los interesados, el Contador Público

proporcionará a las autoridades competentes la información y documentación que

éstas le soliciten.

Postulado VII

Obligación de rechazar tareas que no cumplan con la moral. Faltará al honor y

dignidad profesional todo Contador Público que directa o indirectamente intervenga

en arreglos o asuntos que no cumplan con la moral, como el recibir retribuciones

económicas (cohechos) que no tengan

...

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