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Comisión de Arbitraje Medico


Enviado por   •  15 de Junio de 2013  •  Informes  •  1.228 Palabras (5 Páginas)  •  2.747 Visitas

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H. Comisión de Arbitraje Medico

Del Estado de B.C. (CAME)

Presente.

La que esto suscribe C. LAURA RUBIO por medio del presente ocurso me dirijo a esta H. Comisión de Arbitraje Médico del Estado de B.C. (CAME) a efecto de exponer lo siguiente:

Por medio del presente ocurso vengo a presentar QUEJA FORMAL ante ésta H. Comisión de Arbitraje Médico en CONTRA de la Dra. VERÓNICA LEPE dermatóloga que ejerce su especialidad en el Hospital Ángeles Tijuana de esta ciudad, así como contra el Hospital Ángeles Tijuana.

La presente queja tiene su sustento en el siguiente capítulo de:

HECHOS:

El día 22 de octubre de 2011 acudí al consultorio de la Dra. VERÓNICA LEPE en el Hospital Ángeles Tijuana a efecto de realizarme un tratamiento de tipo estético mediante la aplicación de un rayo láser.

Cabe señalar que a pesar de haber programado la cita con la Dra. VERÓNICA LEPE fui atendida por la secretaria de ésta, DE LA CUAL DESCONOZCO SU NOMBRE PUES NUNCA ME FUE PROPORCIONADO, MANIFESTANDO QUE TENGO COCIMIENTO QUE AUN LABORA EN DICHA INSTITUCIÓN MÉDICA. El motivo por el cual acudí a consulta se debe a solicite se me realizare depilación láser, en la porción anterior de ambos pabellones auriculares donde termina la línea del pelo comúnmente conocido como “patillas”. La asistente de la Dra. VERÓNICA LEPE me realizo la aplicación del tratamiento en cuestión, provocándome quemaduras en el parpado inferior izquierdo. Tal como lo acredito con fotos que anexo a la presente Queja.

Como resultado de dichas quemaduras aparecieron ampollas las cuales se infectaron, y posteriormente sufrí de una infección en el ojo.

Al ver mi ojo infectado, decidí acudir a consulta médica pues tenía bastante dolor y se percibía pus en la quemadura, por lo que programe cita con un Oftalmólogo el DR. MARIO VERGARA SINTA, quien también labora en HOSPITAL ÁNGELES, una vez practicada la revisión de mi caso, el Dr. MARIO VERGARA SINTA me dio una receta, especificando el diagnostico, siendo este QUEMADURA EN PARPADO INFERIOR IZQUIERDO Y CON CONJUNTIVITIS BACTERIANA, por lo que decidió iniciar tratamiento el dia 26 de Octubre del 2011, esto por unos dias, dándome de alta el día 3 de Noviembre del 2011.

Con lo anterior, como tratamiento para mi quemadura el Dr. MARIO, me receto lo siguiente:

a) SOPHOXIN, TUBO CON 3.5G.- Indicación de aplicar dentro del ojo izquierdo al dormir y en la piel 2 veces al día.

b) POSIPEN, TABLETAS DE 500 mg.- Indicación de tomar una tableta 3 veces al día con los alimentos, por 7 días.

c) MESULID, TABLETAS DE 100mg.- Indicación de tomar una cada 12 horas con los alimentos.

Como consecuencia de lo recetado por el Dr. MARIO el medicamento SOPHIXIN me causo reacción alérgica, por lo que tuve que suspenderlo. Una vez concluido el tratamiento el Dr. MARIO me dio de alta el día 3 de noviembre del presente año.

Una vez dada de alta siguieron las molestias y decidí regresar al consultorio de la Dra. VERÓNICA LEPE para que revisara mi quemadura y para pedirle que tomara responsabilidad y sufragara los gastos en que me ví obligada a incurrir en virtud de la falta tan GRAVE por parte de su asistente, a lo que recibí una NEGATIVA de su parte.

Posteriormente decidí llamar nuevamente a la Dra. VERÓNICA, pues no estaba de acuerdo en la manera en que actuó, además que por la lesión que me ocasiono me ví obligada a faltar a mi trabajo y realizar gastos que no tenia contemplados para recuperarme de mi lesión, haciéndole saber que estaba dispuesta a llegar a un arreglo siempre y cuando se hiciera responsable del daño que me causo, por lo que la Dra. VERÓNICA LEPE me citó en su consultorio el día domingo 13 de noviembre del 2011, por lo que tuve que faltar a mi trabajo dejando de percibir el salario diario que me correspondía.

En la cita que menciono en el párrafo que antecede, estaba presente el Abogado de la Dr. VERÓNICA, del cual desconozco su nombre pues no me fue proporcionado, y la misma Dra. VERÓNICA, y me hicieron saber literalmente “NO TE PAGAREMOS NADA PUES EN MÉXICO NO SE PAGAN DAÑOS A LOS PACIENTES Y SI SIGUES INSISTIENDO TE VAMOS A DEMANDAR POR EXTORSIÓN”.

A la fecha de la presentación de esta QUEJA FORMAL, la Dra. VERÓNICA LEPE sigue sin hacerse responsable de los daños y perjuicios que me provocó, motivo por el cual me veo en la imperiosa necesidad de quejarme formalmente ya que el daño provocado ha mermado mi salud y mi situación económica, debido a que yo trabajo en la ciudad de San Diego California y me he visto obligada a trasladarme a la ciudad de Tijuana BC., para solucionar esta controversia lo que me ha generado innumerables gastos que han mermado mi economía.

Para sustentar cada uno de los dichos contenidos en la presente QUEJA FORMAL me permito anexar las siguientes DOCUMENTALES PRIVADAS las cuales describo en el siguiente capítulo de:

PRUEBAS:

1.- DOCUMENTAL PRIVADA.- Consiste en un desglose de gastos derivados de las quemaduras producidas por la Dra. VERÓNICA LEPE por un total de $990.61 Dlls (novecientos noventa dólares con sesenta y un centavos moneda de los Estados Unidos de Norteamérica).

2.- DOCUMENTAL PRIVADA.- Consiste en una nota de venta del restaurante de comida rápida McDonald’s por $5.92 Dlls (cinco dólares con noventa y dos centavos moneda de los Estados Unidos de Norteamérica).

3.- DOCUMENTAL PRIVADA.- Consiste en recibo de la Farmacia denominada “La más barata” por un total de $630.50 pesos (seiscientos treinta pesos con cincuenta centavos moneda nacional).

4.- DOCUMENTAL PRIVADA.-Consiste en nota de estacionamiento por un total $7.00 Dlls (siete dólares 00/100 moneda de los Estados Unidos de Norteamérica).

5.- DOCUMENTAL PRIVADA.-Consiste en un estado de cuenta de ahorros del Banco ATLANTIC ISLAND drive away, por un total de $1,152.71 Dlls (mil ciento cincuenta y dos dólares con setenta y un centavos moneda de los Estados Unidos de Norteamérica).

6.- DOCUMENTAL PRIVADA.- Consiste en un estado de cuenta de ahorros del Banco ATLANTIC ISLAND drive away por un total $421.58 Dlls (cuatrocientos veintiún dólares moneda de los Estados Unidos de Norteamérica).

7.- DOCUMENTAL PRIVADA.- Consiste en recibo por concepto de una consulta médica de fecha 3 de noviembre de 2011 en el Hospital Ángeles Tijuana en la Clínica VISIÓN ÁNGELES S.C. por un monto de $45.00 Dlls (cuarenta y cinco dólares moneda de los Estados Unidos de Norteamérica 00/100).

8.- DOCUMENTAL PRIVADA.- Consiste en recibo de la Tienda Comercial Mexicana fechado el 3 de noviembre de 2011 por un monto de $488.60 pesos (cuatrocientos ochenta y ocho pesos con sesenta centavos).

9.- DOCUMENTAL PRIVADA.- Consiste en recibo de estacionamiento por $7.00 Dlls (siete dólares moneda de los Estados Unidos de Norteamérica) fechado el día 3 de noviembre de 2011.

10.- DOCUMENTAL PRIVADA.-Consiste en recibo por concepto de consulta médica por un total de $45.00 Dlls (cuarenta y cinco dólares moneda de los Estados Unidos de Norteamérica) fechado el día 26 de octubre de 2011.

Por lo anteriormente expuesto y fundado en la presente QUEJA presentada ante H. Comisión de Arbitraje Médico del Estado de B.C. atentamente pido:

PRIMERO.- Se me tenga por presentada en tiempo y forma ante este órgano arbitral la presente QUEJA.

SEGUNDO.- Se proceda contra la Dra. VERÓNICA LEPE conforme al procedimiento de ésta H. Comisión de Arbitraje Médico del Estado de B.C.

PROTESTO CONFORME A DERECHO

A la fecha de su presentación

LIC. ALFONSO TORRES CHÁVEZ

Ced. Prof. Fed. 5739526

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