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Como se da el Contrato de arrendamiento de vivienda


Enviado por   •  19 de Septiembre de 2015  •  Informes  •  990 Palabras (4 Páginas)  •  183 Visitas

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CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA

 

Entre         MARILYN ELIANA GALLO TOYO, Venezolana, mayor de edad, soltera, de profesión abogada, con cédula de identidad N° V- 23.866.623 y domiciliada en la Ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia, quien en adelante se denominará LA ARRENDADORA por una parte, y por la otra NERIBETH ROXANA GARCIA GIL, Venezolana, mayor de edad, soltera, abogada, con cédula de identidad N° V- 24.256.090, con el mismo domicilio, quien en lo adelante se denominará LA ARRENDATARIA, hemos convenido en celebrar UN CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA contenido en las cláusulas siguientes:  

PRIMERA: LA ARRENDADORA da en arrendamiento a LA  ARRENDATARIA un inmueble de su exclusiva propiedad, consistente en un inmueble tipo casa, ubicado en la parroquia buena vista, municipio Maracaibo, Estado Zulia, El respectivo inmueble tiene las siguientes características: Estructura: Una sola planta, paredes: cuatro (4), techo: uno (1) piso: uno (1)  número de baños tres (3), número de habitaciones: tres (3), La vivienda le pertenece a LA ARRENDADORA según consta en documento de propiedad registrado por ante la Oficina Subalterna de Registro Inmobiliario del Primer Circuito Maracaibo del Estado Zulia, bajo el número 223 tomo 22 de fecha 2005 con número catastral 465 y tiene como linderos los siguientes: Norte: Residencia Tibidabo, Sur: Instituto de idiomas, Este: Casa de los tacabos, y Oeste: Ferretería Zulia. SEGUNDA: El inmueble antes descrito deberá ser exclusivamente usado  como VIVIENDA no pudiendo tener otro uso distinto al mismo. TERCERA: La duración del Contrato será de un (1) año pudiendo ser prorrogable por preferencia de LA ARRENDADORA, pudiendo el mismo antes de la culminación del contrato decidir no continuar la relación arrendaticia sin tener que pagar indemnizaciones o cánones restantes. CUARTA: El canon de arrendamiento será por la cantidad de treinta mil Bolívares Fuertes (Bsf.30.000,00) los cuales serán cancelados en la Cuenta número 64445-54564-544 del Banco Banesco a nombre de LA ARRENDADORA los días 15 de cada mes. Adjunto se anexa original y copia para su vista y devolución de la Resolución De Canon Máximo del inmueble plenamente identificado número 222 de fecha 2005 de la Superintendencia de Arrendamiento. QUINTA: LA ARRENDADORA declara que la vivienda objeto arrendamiento se encuentra en perfectas condiciones, obligándose a preservar el buen estado del inmueble y dar mantenimiento a todo lo relacionado con servicios seguridad y sanidad, correspondiendo las reparaciones mayores a LA ARRENDADORA, no obstante la reparación causada por daños maliciosos determinados por las autoridades competentes correrán por cuenta de LA ARRENDADORA. SEXTA: LA  ARRENDATARIA se obliga expresamente a: a)  no efectuar modificaciones en la estructura y disposición del inmueble arrendado; b)  no subarrendar parcial o totalmente el inmueble objeto de este contrato; c)  observar estrictamente las disposiciones de orden sanitario aplicables al inmueble en referencia, d)  que sean por su cuenta las reparaciones menores, tales como mantenimiento de cañerías, sanitarios, pequeñas filtraciones, goteras, etc., y las mayores si resultare culpable de ellas siempre y cuando sea determinado por las autoridades competentes, y e) a no ceder el presente contrato. SEPTIMA: LA  ARRENDATARIA manifiesta expresamente que recibe en perfecto estado de conservación, limpieza y aseo el inmueble objeto del presente contrato; asimismo manifiesta que tanto la instalación eléctrica, los grifos, las cerraduras y demás accesorios del inmueble en cuestión, se encuentran en perfecto estado de funcionamiento, y se obliga a entregar dicho inmueble en el mismo buen estado al término del presente contrato. OCTAVA: La falta de cumplimiento de las cláusulas del presente contrato será causa suficiente para que LA ARRENDADORA inicie las vías administrativas y judiciales conforme a la Ley debiendo notificar cualquier vicisitud ante la Superintendencia de Arrendamiento. NOVENA: Los gastos de luz, agua, gas, aseo urbano y cualquier otro servicio público o privado serán por cuenta de LA ARRENDATARIA durante la vigencia del presente contrato. DECIMA: En caso de separación del cónyuge, concubino, miembro del grupo familiar  o fallecimiento siendo este LA  ARRENDATARIA podrá subrogarse  el presente contrato en la otra persona que habite la vivienda. DECIMA PRIMERA: A todos los efectos, inclusive la de dirimir cualquier controversia judicial se elige la Ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia como domicilio competente por ser el de la ubicación de la vivienda objeto del presente contrato. DECIMA SEGUNDA: Todo lo no estipulado en el presente contrato será regido conforme a lo establecido en La Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda publicada en Gaceta Oficial Extraordinaria 6.053 de fecha 12 de noviembre de 2011 y su Reglamento. DECIMA TERCERA: En caso de que LA ARRENDATARIA no entregue a LA ARRENDADORA, en el plazo fijado en este contrato, LA  ARRENDATARIA se obliga a pagar como Cláusula Penal, la suma de DIEZ MIL BOLIVARES (Bs.10.000,00) por cada día  de retardo que tenga en la entrega de dicho inmueble y como indemnización por otros daños y perjuicios derivados del incumplimiento de este contrato. DECIMA CUARTA: EL  ARRENDATARIO y LA ARRENDADORA manifiestan su conformidad con todas y cada una de las cláusulas que aquí se exponen y en señal de conformidad firma al pie de este contrato. Se hacen tres ejemplares del presente contrato, uno para cada parte y uno a fines de ser consignado ante la Superintendencia de Arrendamientos en el periodo legal, todos a un mismo tenor y un solo efecto.

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