Contrato de arrendamiento de vivienda
Mark Pomatanta DelgadoPráctica o problema5 de Junio de 2018
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Contrato de arrendamiento de vivienda
Verdun, 14 de marzo del 2018
REUNIDOS
De una parte, D. , mayor de edad, , de nacionalidad , vecino de , con domicilio en , y con DNI núm (en adelante, el "ARRENDADOR").
De otra, D. , mayor de edad, , de nacionalidad , vecino de , con domicilio en , y con DNI núm (en adelante, el "ARRENDATARIO").
EXPONEN
I. Que el ARRENDADOR es propietario de una superficie aproximada de 200 m2. La vivienda está inscrita en el Registro Pùblicos (SUNARP).
II. El ARRENDADOR manifiesta expresamente que la vivienda descrita en el expositivo anterior cumple todos los requisitos y condiciones necesarias para ser destinada a satisfacer las necesidades permanentes de vivienda del arrendatario y su familia.
III. El ARRENDATARIO manifiesta que está interesado en tomar en arrendamiento la citada vivienda para su uso propio y de su familia como vivienda permanente.
IV. Que siendo la voluntad del ARRENDADOR dar la vivienda en arrendamiento y conviniendo al ARRENDATARIO su ocupación en el concepto indicado en el punto anterior, es por lo que, puestos previamente de acuerdo, han decidido ambas partes suscribir el presente CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA, que llevan a efecto con arreglo a las siguientes
ESTIPULACIONES
PRIMERA:
El ARRENDADOR da en arrendamiento al ARRENDATARIO, la vivienda reseñada en el expositivo I del presente contrato, libre de deudas y deterioros, y cuya extensión, circunstancias, usos, características y servicios comunes y privativos conoce y acepta el ARRENDATARIO, el cual declara recibir la expresada vivienda en perfectas condiciones.
SEGUNDA:
La vivienda arrendada tendrá como único y exclusivo destino satisfacer la necesidad de vivienda permanente del ARRENDATARIO y su familia.
TERCERA:
El contrato de arrendamiento tendrá una duración de años a partir de la firma del presente contrato.
CUARTO:
El ARRENDATARIO satisfará al ARRENDADOR, como precio del arrendamiento la cantidad de S/.100.00 NUEVOS SOLES, esto es, CIEN NUEVOS SOLES MENSUALES, pagados todos los 14 de cada mes. En el precio de alquiler o renta no van comprendidos el consumo de suministros, tales como agua, electricidad, telecable, con que cuenta la vivienda arrendada que correrán, en todo caso, por cuenta del ARRENDATARIO y de los cuales tienen que entregar una copia todos los meses del pago de los servicios.
QUINTA:
El ARRENDATARIO no podrá practicar en la vivienda obras que modifiquen la configuración de la misma, o de sus accesorios, o provoquen una disminución de la estabilidad o seguridad de la misma sin el permiso del ARRENDADOR expresado por escrito.
SEXTA:
El ARRENDATARIO está totalmente PROHIBIDO de ingresar a ambientes cerrados y no autorizados por el ARRENDADOR, de encontrarse pérdidas el ARRENDATARIO será responsable de los artículos y/o objetos perdidos dentro de los ambientes cerrados y no autorizados.
DÉCIMA:
El contrato se puede disolver en cualquier momento cuando el ARRENDATARIO incurra en actos que atentes contra la vivienda y lo estipulado en el contrato.
UNDÉCIMA:
_______________________________
EL ARRENDATARIO
Nombre:
DNI
_______________________________
EL ARRENDADOR
Nombre:
DNI
En prueba de conformidad, las partes firman el presente contrato, extendido en 2 documentos por duplicado y a un solo efecto, en el lugar y fecha expresados en su encabezamiento.
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