Comunicación Oral Y Escrita
stefaniabelen26 de Enero de 2015
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LA JUSTICIA, VALIDEZ Y EFICACIA DE LA NORMA JURÍDICA”
TEMA
Í N D I C E
I. Introducción
II. Aspectos Principales de la Temática
III. Aspectos Secundarios o Relevantes
IV. Metodología
V. Conclusión
VI. Fuentes de Información
VII. Notas
I.- INTRODUCCIÓN
En el presente ensayo, nos avocaremos al análisis de la Norma Jurídica del Filosofo NORBERTO BOBBIO, mismo que considera, entre otros, el problema de la Justicia, Validez y Eficacia tomando en cuenta el Derecho Natural (hombres antes de entrar al estado naturaleza, es decir donde regía las leyes naturales), el Positivismo Jurídico (paso del estado naturaleza al estado civil, época en que los individuos trasmitieron todos sus derechos al soberano), realismo jurídico (contraria al positivismo y iusnaturalismo).
Como es de verse, el derecho tiene naturaleza normativa que se encuentra compuesta por normas las mismas que dentro de nuestro contexto social son inherentes para brindar una seguridad jurídica que permita un logro en el aspecto de derechos, sino también en el surgimiento económico, jurídico, cultural y social de un Estado.
Aún más, la Norma Jurídica ha servido para ordenar las conductas del individuo, esa ordenación nos lleva a estudiar los enunciados o proposiciones consignadas en una Norma Jurídica, la misma que para muchos filósofos ha sido considerada como proposiciones imperativas o normas hipotéticas.
El problema de distinguir entre normas jurídicas y otros tipos de normas en el mundo jurídico, se nos presenta hasta ahora mucho más articulado y complejo que aquel que surge de las varias tentativas de reducción de esta ya que el mundo normativo es tan amplio, por lo que hay un tipo de prescripción relevante en un ordenamiento normativo jurídico que no se encuentre en cualquier otro sistema normativo.
II.ASPECTOS PRINCIPALES DE LA TEMÁTICA
JUSTICIA VALIDEZ Y EFICACIA
Importancia de su Distinción:
Muy frecuentemente nos enfrentamos con afirmaciones acerca de que el derecho y realidad forman un todo único e indivisible, o que el derecho como orden normativo de la conducta humana; esto es ,como técnica social destinada a guiar las relaciones Inter subjetivas de los individuos” debe ” mantener un hilo conductor con la realidad ,con lo que pasa en el plano del ser, en definitiva con lo que acontece desde lo “social”. Por no mencionar expresiones tales como la realidad” mundana” del hombre o la “finalidad” que “persigue” su “espíritu” en sociedad, que saltan directamente del plano de lo que acontece fuera de la significación juridica y del de la llamada facticidad al plano eminentemente valorativo sin explicar demasiado en que pueda consistir esa realidad mundana que nuestro espíritu persigue en sociedad a la que hacen referencia.
BOBBIO distingue conceptualmente varios planos de análisis, a saber:
El de la eficacia, de la validez y el de la justicia, afirmando que no hay razón alguna apara derivar lógicamente a) La facticidad de la validez, ni b) La validez de la justicia c ) la facticidad de la justicia ,ni d ) La validez de la facticidad; e ) La Justicia de la facticidad ni f) La justicia de la validez, esto toda vez que, no puede saltarse del plano descriptivo al prescriptivo ,ni de este a aquel, ni del prescriptivo al valorativo, ni de este a aquel, o aún, del descriptivo al valorativo o de este a aquel . KELSEN, también deja en claro estas cuestiones cuando replica al realismo psicológico de AXEL y KARL OLIVECRONA.
Las pautas de justicia no tienen que ver con cuestiones morales, sino con el modo en que se trata a clases de individuos al atribuirse entre ellos cargas o beneficios, pero a nivel constitucional de grupos
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