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Enviado por   •  26 de Marzo de 2014  •  1.001 Palabras (5 Páginas)  •  193 Visitas

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NUEVOS REQUISITOS PARA TRÁMITE DE NIT - PBD-11

COMPLEMENTACIÓN Y MODIFICACIÓN A LA RND Nº 10-0009-11 PADRÓN NACIONAL DE

CONTRIBUYENTES BIOMÉTRICO DIGITAL (PBD-11)

Ahora la Matrícula de Comercio o Certificado de Actualización de Matrícula de Comercio, vigentes, son necesarios para el trámite del NIT, excepto para Cooperativas, Mutuales, ONGs. y Fundaciones sin fines de lucro.

Asimismo, para el cambio de jurisdicción (domicilio), ademas de la presentación de la factura o prefectura de luz (60 días de antigüedad) y croquis de domicilio, se debe presentar el contrato de alquiler o anticrético.

RESOLUCIÓN NORMATIVA DE DIRECTORIO Nº 10-0018-12

La Paz, 06 de julio de 2012

VISTOS Y CONSIDERANDO:Que mediante Resolución Normativa de Directorio Nº 10-0009-11 de 21 de abril de 2011, se definen los conceptos generales y el procedimiento para la inscripción y modificaciones al Padrón Nacional de Contribuyentes Biométrico Digital (PBD-11).

Que es necesario complementar los requisitos para la obtención del Número de Identificación Tributaria (NIT); asimismo, realizar modificaciones de datos y mecanismos de mantenimiento y depuración del Padrón Nacional de Contribuyentes Biométrico Digital del Servicio de Impuestos Nacionales, a objeto de optimizar su aplicación efectiva.

Que de conformidad al Inciso p) del Artículo 19 del Decreto Supremo Nº 26462 de 22 de diciembre de 2001, el Presidente Ejecutivo del Servicio de Impuestos Nacionales en uso de sus atribuciones y en aplicación del Inciso a) del Numeral 1 de la Resolución Administrativa de Directorio Nº 09-0011-02 de 28 de agosto de 2002, se encuentra facultado a suscribir Resoluciones Normativas de Directorio.

POR TANTO:

El Presidente Ejecutivo a.i. del Servicio de Impuestos Nacionales, a nombre del Directorio de la Institución, en uso de las facultades conferidas por el Articulo 64 de la Ley N° 2492 de 2 de agosto de 2003, Código Tributario Boliviano y las disposiciones precedentemente citadas,

RESUELVE:

Artículo 1.- (Complementaciones). Se complementa el Artículo 18 de la Resolución Normativa de Directorio Nº 10-0009-11 de 21 de abril de 2011, conforme lo siguiente:

1.1 Persona Natural o Empresa Unipersonal.- Como Inciso f), el siguiente texto:

“f) En el caso de Empresas Unipersonales, la Matrícula de Comercio o Certificado de Actualización de Matrícula de Comercio, vigentes.”

1.2 Personas Jurídicas

1.2.1 Sociedad Colectiva, Sociedad Anónima, Sociedad de Responsabilidad Limitada, Sociedad Mixta, Cooperativa – Mutual y Sociedad en Comandita. Como Inciso i), el siguiente texto:

“i) En el caso de Personas Jurídicas, exceptuando a Cooperativas y Mutuales, la Matrícula de Comercio o Certificado de Actualización de Matrícula de Comercio, vigentes.”

1.2.7 Sucursal o agencia permanente de Empresa constituida/domiciliada en el exterior. Se modifica el Inciso b), con el siguiente texto:

“b) Documento de identidad vigente del Representante Legal, Cédula de Identidad para nacionales y Carnet de Extranjería o Credencial vigentes, esta última otorgada por el Ministerio de Relaciones Exteriores.”

Artículo 2.- (Modificaciones). I. Se modifica el Numeral 1.9.2 del Artículo 22 de la Resolución Normativa de Directorio N° 10-0009-11 de 21 de abril de 2011, con el siguiente texto:

“1.9.2.

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