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Concurso Mercantil


Enviado por   •  21 de Abril de 2015  •  2.786 Palabras (12 Páginas)  •  1.120 Visitas

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INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL

ESCUELA SUPERIOR DE COMERCIO Y ADMINISTRACIÒN

UNIDAD SANTO TOMÁS

CONTADURÍA PÚBLICA

CONTABILIDAD CORPORATIVA

“CONCURSO MERCANTIL”

ALUMNOS:

HERNÁNDEZ TORRES MOISES

TAPIA GARCÍA SANDRA

Grupo: 4CM21

FECHA: 3 DE OCTUBRE 2014

PROFESORA: DE LA CRUZ BLANCA GABRIELA

ÍNDICE

Introducción 3

Proceso del concurso mercantil 4

Supuestos del concurso mercantil……………………………………………………………………………………….4

Etapas 5

Declaración del concurso mercantil 6

Sentencia de quiebra 7

Declaración de quiebra 7

Procedimiento de la Quiebra 7

Etapas 7

Sujetos que intervienen 7

Terminación de la quiebra 7

Graduación de créditos 7

Conclusión 7

Introducción

En el presente trabajo estudiaremos la figura del Concurso Mercantil , al igual estudiaremos el proceso que conlleva una empresa al darse en el supuesto de concurso mercantil, y declarársele completamente en la quiebra, cuales son los efectos que traen consigo el que una empresa se declare en concurso mercantil o en quiebra, quien se encarga de llevar el proceso de concurso mercantil, explicaremos cada etapa del Concurso Mercantil, mencionaremos las diferente funciones de aquellos involucrados en el concurso mercantil tales como el sindico, el conciliador, el visitador.

Proceso del concurso mercantil

El concurso mercantil es una figura jurídica creada para que los comerciantes (empresas) hagan frente a situaciones de crisis. Al concurso pueden acceder las empresas que tengan vencidas más del 35% de sus obligaciones o que no tengan activos de fácil realización para cubrir el 80% de sus obligaciones vencidas.

Supuestos del concurso mercantil

La ley nos habla de los casos en que se da el incumplimiento generalizado en el pago y de aquellos en que se presume (artículos 9o. y 11). Esta presunción es juris tantum.

El artículo 10 de la ley vigente explica lo que debe entenderse por incumplimiento generalizado en el pago de las obligaciones de un comerciante, diciendo que:

Consiste en el incumplimiento en sus obligaciones de pago a dos o más acreedores distintos y se presenten las siguientes condiciones:

I. Que de aquellas obligaciones vencidas, que tengan por lo menos 30 días de haber vencido representen el 35% o más de todas las obligaciones a cargo del comerciante a la fecha en que se haya presentado la demanda o solicitud de concurso, y

II. El comerciante no tenga activos enunciados en el párrafo siguiente, para hacer frente a por lo menos el ochenta por ciento de sus obligaciones vencidas a la fecha de la demanda.

Los activos que se deberán considerar para los efectos de lo establecido serán:

a) El efectivo en caja y los depósitos a la vista;

b) Los depósitos e inversiones a plazo cuyo vencimiento no sea superior a 90 días naturales posteriores a la fecha de admisión de la demanda;

c) Clientes y cuentas por cobrar cuyo plazo de vencimiento no sea superior a 90 días naturales posteriores a la fecha de admisión de la demanda, y

d) Los títulos valores para los cuales se registren regularmente operaciones de compra y venta en los mercados relevantes, que pudieran ser vendidos en un plazo máximo de 30 días hábiles bancarios, cuya valuación a la fecha de la presentación de la demanda sea conocida.

La sucesión del sujeto mercantil puede ser declarada en concurso cuando continúe en operación la empresa de que aquel era propietario. No se necesita persona física o moral para que sea declarada en concurso, sino que es suficiente un patrimonio mercantil.

El concurso de la sociedad arrastra a concurso a los socios ilimitadamente responsables.

Etapas

El concurso consta de dos etapas, la conciliación y la quiebra.

A. CONCILIACIÓN:

El objetivo principal es lograr la conservación de la empresa del comerciante mediante el convenio que suscriba con sus Acreedores

La etapa de conciliación debe tener una duración máxima de 185 días naturales, pudiendo extenderse por el juez a solicitud justificada del conciliador o dos terceras partes de acreedores por otros 90 días. (Art.145 LCM)

Existe una posibilidad de prorrogar por segunda ocasión hasta otros 90 días. Cuando así lo soliciten y justifiquen el conciliador y el 95% de los acreedores reconocidos. En el caso más amplio la ley previene una duración máxima de la etapa de conciliación de 365 días naturales.

El término de duración comienza a correr a partir de la última publicación de la sentencia que declara el estado de concurso.

La etapa de conciliación es optativa para el comerciante que solicita el concurso mercantil, pues desde la misma puede solicitar su declaración de quiebra (art .167 fracc. I LCM)

B. QUIEBRA:

C. Su finalidad es la venta de la empresa del Comerciante, de los bienes que la integran para el pago a los Acreedores Reconocidos.

La etapa de quiebra no goza del beneficio de estar

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