Concurso ideal de delitos
dennisbg20 de Abril de 2015
851 Palabras (4 Páginas)272 Visitas
Concurso ideal
El concurso ideal de delitos se da cuando en una sola acción u omisión se configuran uno o más delitos; es decir cuando una misma acción u omisión infringe varios tipos legales o infringe el mismo tipo varias veces. Esto se encuentra regulado en el Art. 48 de nuestro Código Penal vigente: " Cuando varias disposiciones son aplicables al mismo hecho". Ejemplo: cuando se causan lesiones al representante de la autoridad, además de un atentado contra una persona existe una violación de los deberes de respeto y sumisión a la autoridad.
Según el fuero militar policial articulo 34 Cuando varios dispositivos son aplicables al mismo hecho, se reprimirá hasta con el máximo de la pena más grave, pudiendo incrementarse hasta en una cuarta parte, sin que pueda exceder de treinta y cinco años.
Las penas accesorias podrán ser aplicadas aunque sólo estén previstas en unade esas disposiciones.
Cuando varias disposiciones son aplicables al mismo hecho, será reprimido hasta con el máximo de la pena más grave, pudiendo (facultativo) de incrementarse ésta, hasta en una cuarta (¼) parte, sin excederse de 35 años.
EJEMPLO: Delito de violación sexual de mujer virgen, que le produce lesiones leves, artículo 170° (pena de 6 a 8 años) y el artículo 122° (pena de 2 días a 2 años).
En éste caso, la pena más grave es de 8 años y la cuarta parte de 8 es igual a 2, entonces el Juez podrá colocar hasta 10 años de Pena Privativa de Libertad.
http://www.tc.gob.pe/jurisprudencia/2007/04875-2006-HC.html
Concurso real
El concurso real de delitos se da cuando concurren varias acciones o hechos autónomos, es decir, que cada uno constituye un delito particular e independiente, aunque puedan merecer un solo procedimiento penal. No plantea ningún problema teórico importante. Cada acción por separado constituye un delito.
El Código Penal define al concurso real de delito en el artículo 50. " Cuando concurran varios hechos punibles que deben considerarse como otros tantos delitos independientes.."
Según el fuero militar policial articulo 36, Cuando concurran varios hechos punibles que deban considerarse como otros tantos delitos independientes, se sumarán las penas privativas de libertad que fije el juez para cada una de ellas hasta un máximo del doble de la pena del delito más grave, no pudiendo exceder de treinta y cinco años. Si alguno de estos delitos se encuentra reprimido con pena perpetua, se aplicará únicamente ésta. El juez deberá tener en cuenta las penas accesorias y las medidas de seguridad.
Las penas privativas de la libertad se sumarán para cada uno de ellos hasta en un máximo del doble de la pena del delito más grave, no debiendo exceder de 35 años. Si algunos de estos delitos se encuentran reprimidos con la pena de cadena perpetua, se aplicará esta pena.
EJEMPLO: Juan roba un Banco y posteriormente lesiona a una persona y le provoca lesiones: Robo (artículo 188°) la pena es de 3 a 8 años, y lesiones (artículo 122°) la pena es de 2 días a 2 años. En este caso se suma la pena de 8 + 2 = 10 AÑOS.
No pudiendo ser el doble del delito más grave, es decir mayor de 16 años y tampoco exceder la pena de 35 años.
http://www.tc.gob.pe/jurisprudencia/2010/01487-2010-HC.html
Concurso real retrospectivo
Se produce cuando los delitos en concurso no son juzgados simultáneamente en un solo proceso.
El agente ha sido autor de variaos delitos, pero inicialmente fue procesado y condenado únicamente por algunos de los delitos cometidos, al descubrirse los delitos restantes con posterioridad a la primera sentencia, ello dará lugar a un juzgamiento posterior.
Según el fuero militar policial en el artículo
...