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Concursos


Enviado por   •  8 de Diciembre de 2014  •  1.613 Palabras (7 Páginas)  •  124 Visitas

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CONCEPTO DE CONCURSO.

 Es una figura de protección a los insolventes.

 Es un procedimiento judicial, mediante el cual una persona insolvente es sometida a la concurrencia de sus acreedores bajo la dirección de un síndico y una sanción judicial, con la finalidad de sus bienes embargables sean rematados y con su producto se entregue a los acreedores en su orden y prelación según se hayan aprobado.

CONCURSO DE DEUDOR NO COMERCIANTE

 Voluntario

- El deudor espontáneamente se desprende de sus bienes para pagar al acreedor.

REQUISITOS

- Presenta escrito, manifestando las causas de su insolvente, así como una lista de sus bienes y el nombre y domicilio de los acreedores.

 Necesario

-El acreedor le advierte al deudor que no cuenta con garantías suficientes para enfrentar el adeudo, entonces puede solicitar al Juez la causa que decrete el mismo.

EFECTOS LEGALES.

 El concursado no podrá hacer pago a ninguno de sus acreedores, sin aprobación judicial, porque comete fraude en contra del resto de los acreedores.

 No podrá administrar sus bienes ni los de terceros.

 Los intereses pactados dejan de correr y se ajustan al tipo legal: 6% anual en créditos mercantiles y 9% anual, para créditos civiles.

 Los acreedores deberán demostrar sus créditos exponiendo el capital e intereses reclamados.

 Los bienes embargados se rematan y se hace el pago de los créditos aprobados por su orden.

EL AUTO QUE DECLARE FORMADO EL CONCURSO, NO ES APELABLE.

PREVENSIONES

 Notificar personalmente al deudor, para que en CINCO DIAS, presente por escrito su estado de activo y pasivo, nombre y domicilio de los deudores y acreedores y el importe de los créditos respectivos y su calidad legal.

 Notificar personalmente a los acreedores la formación del concurso y a los ausentes por medio de edictos que se publiquen por dos veces de siete en siete días en el periódico oficial del estado, y en otro de información local, (insertando el nombre del sindico y la fecha de celebración de la junta) para que en el término de:

- VEINTE DIAS los primeros y

-TREINTA los segundos (ausentes), y

-DOS MESES a los que residan en EUA. AMERICA CENTRAL Y LAS ANTILLAS;

-TRES MESES a lo que residan en AMERICA DEL SUR, EUROPA O CUALQUIER OTRO LUGAR NO COMPRENDIDO EN LAS ANTERIORES.

-Mientras no se presenten, los ausentes serán representados por un Ministerio Público, hasta antes de verificarse la JUNTA DE RECTIFICACION Y GRADUACIÓN DE CREDITOS.

 Nombrar sindico provisional

 Decretar embargo y aseguramiento de bienes, libros de cuentas, correspondencia y documentos del deudor.

 Los bienes se entregan al sindico por riguroso inventario

 El dinero y alhajas se depositaran en el Banco de Mexico u otra institución bancaria o casa de comercio acreditada a disposición del juzgado.

 Prohibir al deudor de hacer pagos y entregar los bienes al Sindico con apercibimiento de doble pago a su costa

 Se apercibe al sindico que se procederá en su contra si oculta o no entrega cosas que deban entrar a la masa del concurso.

 8 a 20 dias para que los acreedores presenten los documentos justificativos de sus créditos con copia simple misma que será cotejada por la secretaria y entregada al Sindico.

 Se señala fecha y hora para la Junta de Rectificación y Graduación de Créditos, diez días después de la notificación de acreedores o la ultima publicación de los edictos.

 Si existen juicio en contra del deudor en otros tribunales, el juez pedirá su remisión para acumularlos al concurso, con excepción de hipotecarios y prendarios o aquellos que ya tengan sentencia.

OPOSICION DEL DEUDOR

 3 dias para oponerse después de notificado. (incidente por cuerda separada sin suspensión) resolución apelable en efecto devolutivo.

Ojo: si se revoca el auto de radicación, vuelven las cosas al estado que guardaban antes de esa declaración. El sindico deberá rendir cuentas al deudor en caso de que haya realizado actos de administración.

 Los acreedores listados tienen derecho a nombrar interventor que vigile los actos del sindico.

RECTIFICACION DE CREDITOS. 3 DIAS antes de la junta los acreedores pueden objetar los créditos reconocidos por el deudor y ofrecer pruebas.

 Los escritos pasará inmediatamente al sindico.

 Los acreedores no incluidos en el estado presentado por e deudor tienen 8 a 20 dias para presentarse el tribunal justificando su derecho.

 Antes de la junta, los acreedores pueden examinar los documentos del deudor y de los acreedores en la secretaria del tribunal.

 El juez presidirá la junta

• Examinará los créditos

• El sindico dará lectura a un breve informe del activo y pasivo y documentos probatorios

• El sindico insertará los dictamenes clasificará los créditos que deberá rendir de cada uno de los créditos sobre concurrencia y prelación.

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