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Conjunto de normas imperativo-atributivas que en una época del tiempo y en un lugar determinado el estado las declara como jurídicamente obligatorias para el logro de sus fines.


Enviado por   •  28 de Agosto de 2016  •  Apuntes  •  2.746 Palabras (11 Páginas)  •  2.500 Visitas

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UNIVERSIDAD AUTONOMA DE CHIHUAHUA

FACULTAD DE CONTADURÍA Y ADMINISTRACION

DERECHO FINANCIERO

OBJETO DE ESTUDIO 1

LIC. MI. LUIS ALBERTO PEREDO ROBLES

DEFINICION DE DERECHO

Conjunto de normas imperativo-atributivas que en una época del tiempo y en un lugar determinado el estado las declara como jurídicamente obligatorias para el logro de sus fines.

1.1.-CLASIFICACION GENERAL DEL DERECHO

DERECHO PUBLICO

Se refiere a la organización de las cosas publicas, ya que regula las relaciones del Estado con los demás Estados, Organizaciones Publicas, Individuos, y a su vez  regula las relaciones de los Individuos con la Sociedad a la que pertenece y las relaciones de la misma entre si.

        Clasificación basada en su objetividad y relacion con otras ciencias : Derecho Penal, Derecho Constitucional, Derecho Electoral, Derecho Administrativo, Derecho Fiscal, Derecho Tributario, Derecho Agrario, derecho  Militar, entre otros

DERECHO PRIVADO

Se refiere o actúa al interés de los sujetos entre si y concierne a las relaciones del individuo con sus semejante para satisfacer sus necesidades personales.

Tiene varias clasificaciones basadas en su relación con otras ciencias y su objetividad: Derecho Civil, Derecho Mercantil, Marítimo, Internacional, Etc.

DERECHO SOCIAL

Es el conjunto de principios, instituciones y normas, en función de integrar, proteger, tutelar y reivindicar a los que viven de su trabajo y a los económicamente débiles

Por ejemplo el Derecho Agrario, Derecho Laboral, Derecho de la Mujer etc.

1.2 CONCEPTO Y DIVISION DE DERECHO FINANCIERO

-CONCEPTO DE DERECHO FINANCIERO.- Esta rama del derecho se ocupa del estudio general del aspecto jurídico de la actividad financiera, del estado en sus tres momentos:

A). El de la obtención,

B) el de la administración

C) el del empleo de los recursos monetarios.

Al Derecho Fiscal le corresponde el estudio jurídico de UNO SOLO DE ESTOS TRES MOMENTOS el de la obtención de recursos monetarios únicamente en lo que se refiere a contribuciones forzados o exacciones

-DIVISIONES.- adicionalmente los autores han dividido el derecho financiero entres ramas que guardan cierta similitud con los tres momentos o fases en que se divide la actividad financiera del estado: obtención, manejo y erogación de los recursos del estado a los que les corresponderían, el Derecho Tributario (obtención), el Derecho Patrimonial (manejo) y el Derecho Presupuestario (erogación).

DERECHO TRIBUTARIO.- es el conjunto de normas jurídicas que se refieren al establecimiento de los tributos, esto es a los impuestos derechos y contribuciones especiales, a las relaciones jurídicas que se establecen entre la administración y los particulares con motivo de su nacimiento, cumplimiento o incumplimiento, a los procedimientos oficiosos o contenciosos que pueden surgir y a las sanciones establecidas por su violación.

DERECHO PRESUPUESTARIO.- Esta representada por todas aquellas normas jurídicas relativas a la preparación, aprobación, ejecución y control de los presupuestos de ingresos y egresos y a las normas sobre rendición de cuentas y sobre responsabilidad de los funcionarios públicos por los daños que causen al estado.

DERECHO PATRIMONIAL.- Son aquellas normas relativas a la gestión y administración del patrimonio permanente del estado y de las empresas publicas o privadas propiedad del estado.

1.3 RELACIONES CON OTRAS RAMAS DEL DERECHO

El Derecho Fiscal se encuentra ampliamente relacionado con otras ramas del derecho de los que han tomado sus principios generales:

DERECHO CONSTITUCIONAL: De esta rama obtiene sus fundamentos jurídicos dentro del sistema normativo general del estado, a través de los preceptos constitucionales que prevén ejercicios de la potestad tributaria del propio estado. Art. 31 fracc. IV y 73 fracc. VII de la Constitución Política de la E.U.M principios generales rectores de la regulación que ocupa el derecho Fiscal.

a). Principio de Justicia Tributaria (Proporcionalidad y Equidad)

b). Principio de destino de la Contribución (Gasto Público)

c). Principio de Legalidad (No hay tributo sin Ley)

DERECHO CIVIL: De esta rama ha tomado numerosos conceptos: Obligación, sujeto de la obligación, responsabilidad, domicilio, residencia, pago, prescripción, compensación etc.

DERECHO MERCANTIL: Sociedad Mercantil, empresa, titulo de crédito


DERECHO PROCESAL: De esta rama ha tomado: Procedimientos para el control de la legalidad de los actos del fisco. (Recursos administrativos o juicio ante los tribunales administrativos), como procedimientos administrativos de ejecución

DERECHO PENAL: De esta rama ha tomado: tipifica las infracciones a los ordenamientos fiscales y para aplicar las sanciones correspondientes.

DERECHO INTERNACIONAL: De esta rama ha tomado: (tratados internacionales para resolver problemas de doble o múltiple tributación.

DERECHO ADMINISTRATIVO: Los organismos públicos encargados de la aplicación de las leyes impositivas y de la vigilancia de su cumplimiento son de carácter administrativo.

DERECHO FINANCIERO: Esta rama del derecho se ocupa del estudio general del aspecto jurídico de la actividad financiera, del estado en sus tres momentos A. El de la obtención, B) el de la administración C) el del empleo de los recursos monetarios.

1.4.-CONCEPTO Y MOMENTOS FUNDAMENTALES DE LA ACTIVIDAD FINANCIERA PUBLICA

ACTIVIDAD FINANCIERA DEL ESTADO (Joaquín B. Ortega.) Es la actividad que desarrolla el estado con el objeto de procurarse los medios necesarios para los gastos públicos destinados a la satisfacción de las necesidades públicas y en general a la realización de sus propios fines

La actividad financiera del estado conoce 3 momentos fundamentales

A. El de la obtención, los cuales pueden afluir al estado tanto por institutos de derecho privado, como lo es la explotación de su propio patrimonio (empresas industriales, renta de inmuebles, venta de bienes), como por medio de institutos de derecho publico por ejemplo los diversos tipos de tributos, o por institutos mixtos como lo son los empréstitos emisión de bonos etc.

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