Derecho Penal Conjunto de normas
yenifer2193Tutorial14 de Julio de 2013
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Resumen
Parcial De Derecho Penal 2B
Derecho Penal Conjunto de normas legales que se ocupan o se encarga de la pena, delito y el delincuente. Es una rama de derecho público, como rama del derecho público es administrada por el estado y sus órganos competentes, el derecho penal está contenido en el código penal y procedimiento penal.
El código penal está dividido en dos libros:
Derechos penal general (libro I art 1 – 100)
Derechos penal especial (libro II art 101-466)
El objeto de estudio normativo es la parte general del art 1- 100.
La conducta punible debe estar tipificada en la ley, la pena se aplica a las personas que comente delitos con conciencia y voluntad.
Las medidas de seguridad se aplican a las personas con cierta discapacidad o no tiene la madurez (menores de edad).
Lo realiza de manera científica.
¿Por qué la normativa hace parte del derecho público?
Porque el estado es el encargado de crear, ejecutar y aplicar el derecho penal atreves de los órganos competentes como el congreso de la republica, los códigos son competencias del estado. El estado crea las leyes teniendo en cuenta el criterio de la sociedad la ley responde a una necesidad social, los jueces aplican la ley y los particulares pueden aplicarla cuando la misma ley así lo diga (vía exceptiva) Ej: cuando se sorprende a un delincuente en flagrancia el particular puede llevarlos ante las autoridades.
¿Quiénes lo ejecutan?
Los órganos penitenciarios INPEC
La norma que hacen parte del derechos penal actúan cuando se violan, la normas penales la mayoría son prohibitivas pero hay otras que mandan y persiguen. Ej: Inasistencia alimentaria, abandono de un padre puede convertirse en delito.
El derecho penal administra e impone penas criminales (perdida de la libertad) el derecho pena se incluye en los derechos inherentes al ser humano debe ser la última razón al que el estado debe acudir para solucionar los conflictos, cuando las otras ramas del derecho resulten insuficiente se acude al derecho penal porque este se ocupa de los comportamientos más graves de la sociedad.
Funciones del derecho penal
Protección de bienes jurídicos (derechos fundamentales y convivencia social)
¿Por qué se le llama derecho penal y no criminal?
Por lo general se hablar de derecho penal pero el derecho penal es sinónimo a criminal, el derecho penal se ocupa del estudio científico de los hechos, ose que los temas que analiza el derecho penal deben ser estudiados siguiendo unas reglas o parámetros lógicos y de la razón para aproximarse a la verdad la materia penal es subjetiva porque tiene elementos razonal.
¿Por qué el derecho penal puede cambiar?
el derecho penal está condicionado a factores sociológico , político, social y lo hacen cambiantes.(puedes ser mutable pero existen principios inmutables).
El objeto de estudio lo hace de manera científica.
Acepciones Del Derecho Penal
El derecho penal prevé ciertos comportamientos que considera desviados o graves que ocurren en la sociedad, se ocupan de los comportamientos que perturban para poder vivir en paz.
DELITO: Comportamiento graves que atenta contra bienes jurídicos, que permiten desarrollarnos moral, social y físicamente.
D. Penal Objetivo “IUS PENAL” conjunto de normas que describe el comportamiento y se sanciona con pena. Solo la ley pude tipificar hechos como delitos, la ley cumple dos funciones: la primera reparación del bien jurídico quebrantado por el delito, para generar confianza en la ley.
La segunda sanción es la prevención la ley protege los bienes jurídicos (liberta, vida, salud,)
Los derechos se consideran indispensable para el buen desarrollo de la sociedad si fracasa la prevención se pasa a la represión.
D Penal Subjetivo: “IUS PUNIENDI” es el poder que tiene el estado de crear delitos. Sino también para imponer sanción y ejecutar.
Legislar- administrar justicia- ejecutar las sanciones
El poder del estado es regulado conforme a unos lineamientos como la constitución política y los tratados en materia de derechos humanos.
Derecho Penal Científica, Dogmatico, Jurídico
El derecho penal tiene por objeto de estudio las normas legales vigente o derecho positivo. Mediante un método o procedimiento para adquirir el conocimiento en derecho o métodos jurídicos: inductivo- deductivo- lógico-analógico.
¿Por qué es lógico?
Se basa en los principios de la lógica para llegar a la verdad, fundamentar, argumentar.
Sistemático El derecho es una disciplina organizado y sistematizado.
D PENAL General se aplica a todos los delitos
Especial cada delito en particular va unido
Al general o estructurales.
Estudio sistematizado del derecho penal desde el punto de vista horizontal y vertical.
Sistemático horizontal: se estudian todas las normas en el mismo nivel, importancia o categoría. Se estudia la norma y esa norma la tengo que relacionar con norma que se interrelaciones que tengan la misma jerarquía y confronta una con otra.
Constituyen un instituto figura jurídica que tiene varios aspectos pero que todos concluyen a una misma figura o elemento.
Sistema vertical: se toman las normas de mayor jerarquía como principios rectores, constitucionales, ordenamiento internacional, (tratados en materia de derechos humanos). Ose se confrontan normas superiores con inferiores.
Político-social: el derecho penal está contenido en la constitución y la constitución política nos va a decir cómo debe ser el derecho penal, el derecho penal depende del estado.
Características Del Derecho Penal
Público: porque quien crea el delito es el estado a través de sus órganos competentes y los jueces aplican la ley, esta ley regula las relaciones y los particulares se someten a la ley penal. El delito es una conducta prevista en la ley, el delito atenta contra la sociedad y ocasiona un daño privado y público.
Represivo y preventivo: es preventivo porque el estado previene ciertas conductas para que estas no sean realizadas, con la imposición de la pena determinan ciertas actuaciones para que las personas se abstengan de cometer actos delictivos.
Preventivo general positiva: se da cuando se cumple la ley por convicción y porque creemos en el valor de la ley.
Prevención general negativo: se da cuando no se comparte el valor que el legislador le ha dado a la ley, se cumple la ley bajo la amenaza de la pena.
Normativo – Valorativo: el derechos penal estableces normas donde valoran las relaciones personales y protegen los bienes jurídicos y creación del tipo penal.
El tipo penal: es una norma que nos dice cual es la Conducta que debemos realizar, nos dice que conductas son licitas y cuales con ilícitas.
D Penal: debe tener un carácter racional
Teleológico: el derecho penal debe tener una finalidad como actividad racional la cual es proteger los bienes jurídicos.
Bienes jurídicos: son todos esos valores, derechos que el legislador considera importante para la convivencia social. Hablando de bien jurídico porque la norma los protege aquellos derechos fundamentales que son importantes para la sociedad. Los bienes jurídicos nacen de la sociedad, la necesidad de vivir en paz. y es por esa razón que el estado debe hacerlo valer y proteger porque son indispensables para el mantenimiento de la convivencia social y el desarrollo y progreso.
Binario: el derecho penal administra penas y medidas de seguridad.
Las penas se le aplican a las personas capaces y con voluntad
Aquellos que no tienes capacidad no se les aplica penas, a las personas que son incapaces se le aplican medidas de seguridad y a los que tienen conciencia y voluntad se le aplica penas criminales.
Justicial: el derecho penal debe estar regido por la equidad o justicia, donde se tiene en cuenta el grado de culpabilidad y el bien jurídico que se interrumpido, además debe cumplirse con el debido proceso para que se dé el juicio y la pena justa.
Liberal: el derecho penal debe estar constituido de tal manera que proteja al individuo, para eso debe tener herramientas que permitan proteger esas libertades.
Principios
Legalidad: el delito debe estar tipificado en la ley para poder imponer penas. Si el delito no está tipificado no se puede imponer la pena
Principio de analogía: en los casos que no están tipificados se aplica una ley parecida, la analogía en derecho penal se aplica para favorecer al procesado.
Acto: está regulado por el principio de acto. Solo se puede juzgar y sancionar por los actos atreves de las acciones, porque el pensamiento no delinque no se puede sancionar por el pensar, ideologías, deseos.
Lesividad o dañosidad social: para sancionar se debe lesionar o dañar el bien jurídico.
Culpabilidad: eso actos debe estar regidos por el principio de culpabilidad, no todos los actos son penados pro el derechos penal, solo los que se realizan con culpabilidad ósea con el dominio. Para que sea delito debe existir el acto. Para que se sanciones se debe estar en la capacidad de prever y cuando es indominable no se puede culpar.
Derecho
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