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Consejo Tecnico Del Imss


Enviado por   •  24 de Septiembre de 2011  •  8.786 Palabras (36 Páginas)  •  1.594 Visitas

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CONSEJO TÉCNICO DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL

El Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social es su órgano de gobierno, representante legal y administrador.

De ahí la importancia de hacer transparente para el público su objetivo, principios, integración, funciones y facultades de los representantes de los tres sectores que lo integran, así como los emolumentos y prestaciones a que tienen derecho los Consejeros representantes patronales y de los trabajadores, conforme a la Ley.

Los párrafos sexto, séptimo y octavo del artículo 263 de la Ley del Seguro Social, reformados por el H. Congreso de la Unión el 21 de diciembre del 2001, a iniciativa del Presidente de la República, licenciado Vicente Fox Quesada, establecen:

“Los Consejeros representantes patronales y de los trabajadores, recibirán los emolumentos y prestaciones que al efecto determinen los consejeros representantes del estado, a propuesta del Director General, sin que ello les otorgue el carácter de trabajadores, asegurados, derechohabientes del Instituto ni algún otro derecho adicional.

“Los integrantes del Consejo Técnico deberán abstenerse de promover o participar directa o indirectamente, a título personal, en la atención de solicitudes, planteamientos o recursos que patrones o derechohabientes planteen ante el Instituto. El Consejo Técnico emitirá lineamientos sobre los cuales sus integrantes podrán ejercer funciones de representación y gestoría ante el Instituto, respecto de los sectores y organizaciones a que representen, a fin de evitar conflictos de interés.

“Lo dispuesto en los dos párrafos anteriores será también aplicable a los integrantes de la Comisión de Vigilancia a que se refiere el Capítulo IV del Título Cuarto de esta Ley, así como a cualquier órgano de carácter tripartita ya integrado o que se integre en el futuro en el Instituto”.

En cumplimiento de tales disposiciones, a propuesta del propio Consejo Técnico del IMSS, la XC Asamblea General Ordinaria celebrada el 29 de abril del 2002 aprobó los “Lineamientos Operativos del Consejo Técnico”, mismos que ahora se reproducen para conocimiento general.

A.- DATOS GENERALES

DENOMINACIÓN:

PERIODICIDAD ORDINARIA DE SESIONES:

Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social. Órgano de gobierno, representante legal y administrador del Instituto

MENSUAL

B.- FUNDAMENTO DE SU CONSTITUCIÓN

LEY DEL SEGURO SOCIAL

 ART. 251 A. Facultad del Instituto para contar con órganos colegiados integrados de manera tripartita por representantes de los sectores obrero, patronal y gubernamentales, para mayor eficiencia en su administración.

 ART. 263. Fundamenta la constitución y estructura del Consejo Técnico; designación, renovación, revocación de sus integrantes, así como las prohibiciones, derechos y ejercicio de funciones de representación y gestoría. Extensivo a los integrantes de la Comisión de Vigilancia y de cualquier órgano de carácter tripartita, presente o futuro, del Instituto.

 ART. 268 A. Fundamento para la expedición del Reglamento Interior del Instituto por el Ejecutivo Federal, a propuesta del Consejo Técnico. Faculta al Director General para la conformación de la Estructura Administrativa.

C.- FUNDAMENTO DE LA FACULTAD PARA EPEDEIR LINEAMIENTOS

LEY DEL SEGURO SOCIAL

 ART. 251-VIII. Facultad genérica del Instituto para expedir lineamientos de observancia general para la aplicación de la Ley, para efectos administrativos, a través de su Consejo Técnico.

 ART. 263, séptimo párrafo. Faculta al Consejo Técnico para emitir lineamientos relativos al ejercicio de funciones de representación y gestoría ante el Instituto por los Consejeros, Comisionados de Vigilancia y cualquier órgano del Instituto con carácter tripartita, presente o futuro

D.- OBJETIVOS DE LOS LINEAMIENTOS

 Establecer las bases normativas de integración, estructura, facultades, responsabilidades, derechos, limitaciones y lineamientos de operación aplicables a los miembros del Consejo Técnico del Instituto y al funcionamiento de los órganos colegiados tripartitas del IMSS.

 Establecer las bases normativas de la actuación de los Consejeros, integrantes de la Comisión de Vigilancia y miembros de cualquier órgano colegiado del Instituto con carácter tripartita, en el ejercicio de las funciones de representación y gestoría ante el Instituto, que les confiere el Art. 263, séptimo párrafo de la Ley del Seguro Social.

 Definir los límites y alcances de la limitante de acción contenida en el propio Art. 263, párrafo séptimo.

 Definir los supuestos de conflicto de interés que se pretende evitar.

 Establecer las mejores prácticas corporativas de operación del Consejo Técnico, a fin de promover legalidad, eficiencia, eficacia, oportunidad y transparencia en sus acciones, así como un esquema adecuado de rendición de cuentas.

 Precisar la forma como se logrará una mejor administración y la definición de criterios de gobernabilidad.

1.- CONSEJO TÉCNICO DEL IMSS

1.1.- OBJETIVOS DEL CONSEJO TÉCNICO.

 Ejercer las atribuciones conferidas en la Ley como órgano de gobierno, administrador y representante legal del Instituto.

 Proveer al desarrollo de sus facultades a través de las estructuras y órganos colegiados establecidos en la Ley y el Reglamento Interior y los que sean creados por el propio Consejo para su mejor eficacia, eficiencia administrativa y gobernabilidad.

 Diseñar y establecer la visión estratégica del Instituto y el ejercicio transparente

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