Constitucion Legal
brendiiz23935 de Junio de 2012
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Constitución legal.
Señor Notario: Sírvase extender en su Registro de Escrituras Públicas, una de constitución de sociedad anónima cerrada estatutos, que otorgamos: ANGIELYNNE MILAGROS JARA FLORES, de nacionalidad Peruana identificado con D.N.I Nº domiciliada en Mz. 20 Lote 5”A” Cmte. 14; JHUMARA YAMALI GONZALES LOAYZA de nacionalidad peruana identificada con DNI Nº 47759622 domiciliada en San Juan de Bellavista Mz. M Lote 5 Cmte. 6 y la Srta. LESLHY ELCOLOBARRUTIA VALERIO identificada con DNI Nº 45953243 domiciliada en Nicolás de Piérola – Jr. Huanta Mz. 26 Lote 8 Cmte. 20
En los términos y condiciones siguientes:
PACTO SOCIAL
PRIMERO.-
Por el presente instrumento, los otorgantes convienen constituir, como en efecto constituyen, una sociedad anónima cerrada, bajo la denominación de: “AGROTIERRA S.A.C.”, con un capital, domicilio, duración y demás estipulaciones que se establecen en el estatuto social.
SEGUNDO.-
El capital social inicial es de ………………………………………… que estarán representados por......... acciones nominativas de S/. ......... (............... Nuevos Soles) cada una, todas con derecho a voto, íntegramente suscrito y pagado por los otorgantes en la siguiente forma: a)......................................., suscribe.......... acciones, y paga S/. ............. en dinero en efectivo, es decir el 60% del capital social)......................................., suscribe.......... acciones, y paga S/. ............. en dinero en efectivo, es decir el 40% del capital social;(...)
TERCERO.-
La Sociedad se regirá de conformidad con el siguiente estatuto:
ESTATUTOTITULO PRIMERODENOMINACION, OBJETO, DOMICILIO Y DURACION
DENOMINACIONARTICULO PRIMERO.-
La denominación de la sociedad es: ………………………………………………………………………………..
OBJETO SOCIAL ARTÍCULO SEGUNDO.-
El objeto de la sociedad es dedicarse a la elaboración, producción, distribución, y comercialización de, la variedad de mangos, espárragos, uvas y maracuyá todo el año asimismo, la sociedad podrá ejercer actividades directamente relacionadas, afines o conexas a la actividad empresarial descrita en el párrafo anterior. De igual forma se entienden incluidos en el objeto social los actos que tengan como finalidad ejercer los derechos o cumplir las obligaciones, legal o convencionalmente derivados de la existencia y actividad de la sociedad.
DOMICILIO SOCIALARTICULO TERCERO.-
La sociedad señala su domicilio en la ciudad de Lima sin embargo, podrá establecer sucursales, agencias, filiales o representantes en cualquier lugar del país o del extranjero.
DURACIÓNARTICULO CUARTO.-
El plazo de duración de la sociedad es por tiempo indeterminado, dando por inicio sus actividades a partir de la fecha de la escritura pública que origine esta minuta.
TITULO SEGUNDOCAPITAL SOCIAL Y ACCIONES
CAPITAL SOCIAL Y ACCIONESARTICULO QUINTO.-
El capital social es de S/. ............... (................... Nuevos Soles) representados por........... Acciones de S/. ........ (............ Nuevos Soles), cada una, íntegramente suscritas y pagadas, gozando estas de iguales derechos y prerrogativas, todas con derecho a voto.
CERTIFICADOS DE ACCIONES ARTICULO SEXTO.-
Las acciones emitidas se representan mediante certificados definitivos o provisionales, los mismos que se emitirán con los requisitos que exige el artículo 100 de la Ley General de Sociedades. Los certificados definitivos y provisionales de acciones constarán en documentos talonados, que deberán estar numerados en forma correlativa. Cada certificado podrá representar una o más acciones de un mismo accionista. La titularidad de una acción implica de pleno derecho la sumisión de su titular al presente estatuto y a las decisiones de la junta general de accionistas, dejándose a salvo el derecho de impugnación conforme a ley. Cada acción da derecho a un voto en las juntas generales de accionistas. Las acciones son indivisibles y no pueden ser representadas sino por una sola persona. En caso de copropiedad de acciones deberá designarse a un solo representante para el ejercicio de los derechos respectivos. La responsabilidad por los aportes será sin embargo solidaria entre todos los copropietarios frente a la sociedad. La sociedad reputará propietario a quien aparezca como tal en el libro de matrícula de acciones. En todo caso de transferencia de acciones, la sociedad recogerá el título anterior, lo anulará y emitirá un nuevo título en favor del nuevo propietario. Todo tenedor de acciones, por el solo hecho de poseerlas, manifiesta su total sujeción a las disposiciones del estatuto y los acuerdos de las juntas generales de accionistas, sin perjuicio de los derechos de impugnación o separación en los casos que esta conceda.
DERECHO DE ADQUISICION PREFERENTE
ARTICULO SÉTIMO.-
Para el caso de transferencia de acciones se establece el derecho de adquisición preferente en favor de los restantes accionistas de la sociedad. En tal caso, el socio que desee transferir sus acciones comunicará por escrito este hecho al gerente general, quien deberá poner en conocimiento a los demás accionistas en un plazo no mayor de diez díashábiles.Los demás socios, en un plazo de treinta días útiles de recibida la comunicación, pueden ejercer el derecho de adquisición preferente. La adquisición se hará a prorrata de las acciones que posean los aceptantes. Vencido el plazo, la sociedad en el término de tres días útiles, comunicará al ofertante la aceptación producida; así como, en su caso, la libre disponibilidad de las acciones en favor de terceros. Igualmente, en los casos de aumento de capital, se reconoce en favor de los socios el derecho de suscripción preferente sobre las acciones que se creen.
TITULO TERCEROORGANOS DE LA SOCIEDAD
ORGANOS DE LA SOCIEDADARTICULO OCTAVO.-
La sociedad que se constituye tiene los siguientes órganos:
a) La junta general La gerencia; La sociedad no tiene directorio.
TITULO CUARTOJUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS
COMPOSICION DE LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTASARTICULO NOVENO.-
La junta general está compuesta por todos los accionistas y representa la universalidad de los mismos. Es la suprema autoridad de la sociedad y sus decisiones, tomadas de acuerdo con los requisitos establecidos por el estatuto y la Ley General de Sociedades, son obligatorias para todos los accionistas, aun para aquellos que hayan votado en contra o estuviesen ausentes, sin perjuicio de los derechos que la ley les conceda.
DOMICILIO, CONVOCATORIA, QUÓRUM Y VOTACIONES DE LA JUNTA GENERALARTICULO DÉCIMO.-
Las juntas generales se celebrarán en el domicilio social. Podrá en todo caso reunirse la junta general y adoptar acuerdos válidamente en un lugar distinto, siempre que se encuentren presentes o representadas la totalidad de las acciones suscritas y con derecho a voto, y se acuerde por
Una nimiedad instalar la junta y los asuntos a tratar en la reunión, de lo que se dejará constancia en el acta respectiva. Salvo en el caso previsto en el artículo siguiente del presente estatuto y en el artículo 126 de la Ley General de Sociedades, la junta general quedará válidamente constituida en primera convocatoria cuando se encuentre representado, cuando menos, el cincuenta por ciento de las acciones suscritas con derecho a voto. En segunda convocatoria será suficiente la concurrencia de cualquier número de acciones suscritas con derecho a voto. Los acuerdos se adoptarán con el voto favorable de la mayoría absoluta delas acciones suscritas con derecho a voto representadas en la junta. Las juntas generales serán convocadas y presididas por el gerente general y como secretario actuará quien designe este. En defecto de estas personas, intervendrán quienes designe la junta entre los concurrentes. Los requisitos de aumento o reducción del capital social, emisión de obligaciones y los procedimientos de impugnación de acuerdos y todo lo relativo a ellas se regirá por las disposiciones de la Ley General de Sociedades.
MAYORIAS SUPERIORESARTICULO UNDÉCIMO.-
Se requerirá el quórum previsto en el artículo 126 de la Ley General de Sociedades, ya sea en primera o segunda convocatoria; y el voto favorable de una mayoría que represente no menos del 70% de las acciones suscritas con derecho a voto en los siguientes casos: a) Reformar los estatutos.
b) Renunciar al derecho de suscripción preferente.
c) Acordar la capitalización de utilidades.
d) Acordar la formación de reservas facultativas, incrementar su valor o variar el destino de las mismas. e) Acordar
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