CONSTITUCION LEGAL DE UNA EMPRESA
Monserratmond21 de Junio de 2015
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Constitución Legal de la empresa
1. Permiso para constituirse como persona moral.
Los pasos a seguir para crear de forma regular una persona moral son:
Seleccionar una denominación social y solicitar la autorización de uso.
Reunir la información necesaria para la elaboración de los estatutos sociales.
Acudir ante fedatario público o en su caso ante juez de distrito, juez de primera instancia en la misma materia del fuero común, presidente municipal, secretario, delegado municipal o titular de los órganos político-administrativos del Distrito Federal, depositar los estatutos en el Registro Público o acudir ante la autoridad correspondiente.
Inscribirse en el Registro Público o el que corresponda de su localidad.
Tramitar los permisos y licencias necesarias para iniciar operaciones: Registro Federal de contribuyentes, registro como patrón ante el Instituto Mexicano del Seguro Social y aquellos que sean específicos a su negocio.
2.- Protocolización del Acta Constitutiva.
Los documentos que se deben acompañar al notario público para protocolizar el acta constitutiva de la sociedad:
- Permiso expedido por la secretaria de relaciones exteriores.
- Nombre de 2 socios mínimo como integrarán la sociedad.
-Capital por el cuál estará constituida la sociedad que no podrá ser menor de 50,000$.
-Persona o personas a quien se les otorgará la administración y poder para realizar diversos actos.
El permiso que expide la Secretaria de Relaciones Exteriores tienen un costo de 175$.
3.- Inscripción en el registro federal de contribuyentes.
Requisitos.
Por Internet:
Clave Única de Registro de Población (CURP).
Requisitar la solicitud de inscripción proporcionando los datos que contiene el formato electrónico que se encuentra en la página de internet del SAT.
4.- Inscripción de acta constitutiva.
SIGER-FEDANET y RIE.
-Envío de la forma precodificada, debidamente requisitada y firmada electrónicamente.
- Línea de captura pagada.
SIGER ENTREGA FÍSICA (VENTANILLA).
- Entrega física y electrónica del documento, en las instalaciones del Registro Público de la Propiedad y el Comercio (1er Piso Ventanilla COMERCIO-SIGER).
- Línea de captura pagada.
5.- Aviso notarial a la Secretaría de Relaciones Exteriores.
Este trámite lo realiza el Notario o Corredor Público y consiste en notificar a la Secretaria de Relaciones Exteriores que ya ha sido utilizado el permiso antes tramitado. Para realizar este trámite deberá presentarse:
1. Tres copias y original del formato SA-5 firmado por el notario, y
2. Tres copias del permiso.
Costo del tramite: $210 (Institución Bancaria)
6.- Registro Público de la Propiedad y del Comercio
7.- Inscripción antes la tesorería General del Estado.
Presentarse en la secretaría de Finanzas y Tesorería General de Estado o en la delegación correspondiente con el fin de darse de alta en el impuesto sobre nómina y pago de derechos correspondientes, es de comentarse que el impuesto sobre nóminas no se paga dirante el primer año en virtud de que existe un decreto que exime del pago correspondiente.
8.-Solicitud de uso del suelo y/o construcción.
Es necesario tramitar un Certificado de Acreditación de Uso del Suelo por Derechos Adquiridos.
Este es un documento público que tiene por objeto reconocer los derechos de uso del suelo y superficie que por el aprovechamiento legítimo y continuo tienen los propietarios, poseedores o causahabientes de un bien inmueble, en su totalidad o en unidades identificables de éste.
9.- Inscripción ante el instituto Mexicano del Seguro Social.
Presentarse ante el Instituto Mexicano del Seguro Social específicamente en la subdelegación correspondiente dependiendo el domicilio donde se ubicará la sociedad. En el mismo instituto se deberán llenar los formatos correspondientes al aviso de inscripción patronal, aviso de inscripción de los trabajadores y por último la forma de inscripción de las empresas en el seguro de riesgos de trabajo.
Ante dicho instituto se deberán acompañar copia del acta constitutiva y copia del acta ante hacienda.
9.- Inscripción antes la Secretaría de Salud.
Acudir ante la Secretaría Estatal de Salud en la dirección de regulación sanitaria con el fin de llenar la forma para la licencia sanitaria, además de solicitar las autorizaciones correspondientes dependiendo el giro o actividad de la empresa.
10 .- Inscripción antes el instituto del Fondo Nacional para la vivienda .
Igualmente al momento en que se tienen trabajadores, nace la obligación de darse de alta ante el instituto de Fondo Nacional para la vivienda de las trabajadores.
11.- Trámites ante la Secretaría de Salud (SS)
Cuando se va a establecer una empresa, la Secretaría de Salud considera tres esquemas de responsabilidad hacia dicha Secretaría:
• La licencia sanitaria para las empresas de mayor riesgo,
• El aviso de funcionamiento para las empresas de menor riesgo, y
• La liberación total de los giros que no constituyen riesgo para la salud.
Para realizar cualquiera de los trámites anteriores ante la Secretaría de Salud, existen diversos formularios para los distintos giros comerciales. En el presente texto se incluyen los dos más usuales:
• El relacionado con giros de alimentos, bebidas o artículos de belleza y limpieza.
• El formulario relativo a otras actividades industriales que solo requieren el
Aviso de Funcionamiento
Los requisitos que la SS solicita dependen del giro en el que se desarrolle la empresa. Para el formulario incluido en este capítulo se deberá presentar:
1. Forma oficial de la Secretaría de Salud;
2. Copia del acta
constitutiva;
3. Copia del acta ante el SAT
4. Copia de identificación oficial con fotografía del representante legal, y
5. En caso de que una persona distinta al apoderado legal realice el trámite, se debe presentar además una carta poder simple, junto con una copia de identificación legal de la persona que realiza el trámite.
Costo: Gratuito
Tiempo de trámite: Depende del sector
12.-Inscripción de la Comisión Mixta de Seguridad e Higiene ante la Secretaría del Trabajo.
Este trámite se deriva de la obligación que tiene el empresario en su papel de patrón, de crear una comisión, cuyo objetivo sea investigar las causas de los accidentes y enfermedades dentro de la empresa, proponer medidas para prevenirlos y vigilar que se cumplan estas normas.
Para constituir la Comisión, el patrón debe realizar una sesión con los miembros que haya seleccionado para la Comisión, y con la representación del Sindicato, si lo hubiera. En dicha sesión se levantará el acta de integración correspondiente que debe contener los siguientes datos:
1. Datos generales de la empresa;
2. Registro Federal de Contribuyentes;
3. Registro patronal ante el IMSS;
4. Domicilio, teléfono, fax, correo electrónico;
5. Rama o actividad económica;
6. Fecha de inicio de actividades;
7. Número de trabajadores de la empresa;
8. Nombre de los integrantes de la Comisión: Coordinador, Secretario,etc.
9. Número y datos de los centros de trabajo en los que rige la Comisión;
10. Fecha de integración;
11. Nombre y firma del representante del patrón, y
12. Nombre y firma del representante de los trabajadores.
El acta deberá ser exhibida cuando la autoridad laboral lo requiera.
Costo: Gratuito
Tiempo de trámite: Inmediato
13.- Inscripción de la Comisión Mixta de Capacitación y Adiestramiento ante la Secretaría
La Comisión Mixta de Capacitación y Adiestramiento es el grupo de trabajo responsable de vigilar la instrumentación, la operación del sistema y de los procedimientos que se implanten para mejorar la capacitación y el adiestramiento de los trabajadores, sugerir medidas tendientes a perfeccionarlos, conforme a las necesidades de los trabajadores y de la propia empresa.
Para constituir la Comisión, obligatoria para cada empresa, hay que elaborar un Acta Constitutiva, donde se especifiquen las bases generales de su funcionamiento y llenar el Formato “DC-1”.
Estos dos documentos no requieren presentarse ante la autoridad, puesto que la Comisión es de registro interno; sin embargo, la Secretaría de Trabajo puede solicitar en cualquier momento la presentación del Acta Constitutiva, la forma DC-1 y los informes de las actividades realizadas en los últimos 12 meses.
Costo: Gratuito
Tiempo de trámite: Inmediato
REGIMEN FISCAL
ACTIVIDADES EMPRESARIALES
Quienes realicen actividades comerciales, industriales, de autotransporte, agrícolas, ganaderas, de pesca o silvícolas (Para tributar en este régimen no se establece un límite de ingresos).
Por ejemplo: talleres
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