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Constitucionalizacion del Derecho Pirvado

Vicente Impata LealTarea7 de Septiembre de 2017

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Taller constitucionalización del Derecho privado.

Marcos Mazuera Ceballos.  A00347613

María Camila Martínez Rodríguez.  A003455778

Santiago Martínez Silva.  A00065908

Vicente Impata Leal. A00348610

  1. De acuerdo con el material de estudio en qué consiste el fenómeno de la constitucionalización del derecho privado

La constitucionalización del derecho privado es un fenómeno que comienza a desarrollarse por primera vez en Alemania en la década de los sesenta del siglo XX. Consiste en incorporar los principios y valores de la constitución en el Código civil. Por lo cual vemos en nuestro sistema judicial que las leyes que van en los códigos atraviesan un debido control constitucional, pues estas leyes deben de ir acordes a los principios y valores descritos en la constitución. Es así como la constitución fomenta las bases, que en este caso serían los principios y valores, para la creación de leyes y revisión de las ya expedidas.

2.  Explique las formas en qué opera este fenómeno según la lectura.

Según la lectura el fenómeno de la constitucionalización opera de tres formas: reformadora, hermeneutica y directa. 

Reformadora: las leyes se modifican para que concuerden con los principios de la constitución.

Hermeneutica: hay dos tipos de vías hermeneutica, una moderada y una radical. La primera consiste en priorizar los principios constitucionales a la hora de la interpretación de los contratos y relaciones entre particulares. La segunda consiste en que el código civil toma los principios de la constitución como propios.

Directa: hay dos tipos de aplicación directa, la primera la denominamos “Praeter o secudum legem” la cual tiene lugar cuando se tiene que aplicar la constitución, pues, no hay ley que resuelva el caso. La segunda la denominamos “contra legem” en la cual, aunque hay ley que resuelva el conflicto entre particulares, esta puede ser descartada por el juez, el cual, a su vez, puede basar su decisión en la aplicación de una norma constitucional.

3A.  Como se materializa el principio de autonomía de la voluntad en el caso que se plantea.

El individuo hace uso de este principio al momento de crearse un contrato, viéndolo desde esta perspectiva, este principio se materializó en el caso de la señora Patricia Valencia y Francia González desde el momento que celebraron el contrato de arrendamiento, con el cual cada una de sus partes pudo crear derecho u obligaciones a la contraparte, por ejemplo, la señora Patricia Valencia tiene la obligación de pagar un determinado monto de dinero en la fecha estipula en el contrato por el arriendo de la vivienda a la señora Francia González. Mientras que, la señora Patricia Valencia tiene derecho como arrendataria, de que la vivienda este en óptimas condiciones durante su estadía, creándole así una obligación a la señora González de mantener el bien en condición óptima.

3B. Responda si la acción de tutela es procedente en este caso y argumente su respuesta.

El articulo 83 le da el derecho al individuo de imponer tutelas tanto a instituciones públicas como a particulares cuando se vulnera o se amenaza un derecho fundamental. En el caso la señora Patricia Valencia podría presentar una tutela, pues, está viendo afectado sus propios derechos fundamentales y, además, los de sus hijos. Por lo tanto, la acción de tutela es procedente en el caso de la señora Patricia Valencia, por lo cual no podrá ser desalojada de la vivienda en la que está viviendo actualmente bajo arrendamiento.

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