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Constitución de 1961 y 1999


Enviado por   •  21 de Octubre de 2013  •  Tesis  •  1.106 Palabras (5 Páginas)  •  232 Visitas

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MUNICIPIO:

Se puede definir como aquella entidad jurídica y administrativa, en las cuales pueden integrarse una o varias localidades, donde el estado se organiza territorialmente para satisfacer las necesidades del colectivo.

CUADRO COMPARATIVO ENTRE LA CONSTITUCIÓN DE 1961 Y 1999 EN REFERENCIA A LOS MUNICIPIOS

Constitución de 1961

Constitución de 1999

En esta se refiere a Los Municipios la unidad política primaria y autónoma dentro de la organización nacional. Son personas jurídicas, y su representación la ejercerán los órganos que determine la ley.

Define a los municipios como una unidad primaria de la organización nacional, la cual goza de una personalidad jurídica y autónoma dentro de los límites establecidos.

La autonomía del Municipio comprende:

1.- La elección de sus autoridades;

2.- La libre gestión en las materias de su competencia; y

3.- La creación, recaudación e inversión de sus ingresos.

Los actos de los Municipios no

podrán ser impugnados sino por ante

los órganos jurisdiccionales, de

conformidad con esta Constitución y

Las leyes.

La autonomía del municipio comprende:

1.- La elección de sus autoridades

2.- la gestión de las materias de su competencia

3.- la creación, recaudación e inversión de sus ingresos

Los actos de los municipios no podrán ser impugnados sino ante los tribunales competentes de conformidad con la constitución y la ley.

Es de la competencia municipal el gobierno y administración de los intereses peculiares de la entidad, en particular cuanto tenga relación con sus bienes e ingresos y con las materias propias de la vida local, tales como urbanismo, abastos, circulación, cultura, salubridad, asistencia social, institutos populares de crédito, turismo y policía municipal. La ley podrá atribuir a los Municipios competencia exclusiva en determinadas materias, así como imponerles un mínimo obligatorio de servicios.

la competencia Municipal el gobierno y administración de los intereses peculiares de la entidad, en particular cuanto tenga relación con sus bienes e ingresos y con las materias propias de la vida local, tales como urbanismo, abastos, circulación, cultura, salubridad, asistencia social, institutos populares de crédito, turismo y policía municipal. Se trata de una enumeración enunciativa, que permite al legislador atribuir a la competencia municipal otras materias propias de la vida local

La actuación del municipio en el ámbito de su competencia se cumplirá incorporando la participación ciudadana al proceso de definición y ejecución de la gestión pública y en el control y evaluación de los resultados.

DIFERENCIAS Y SEMEJANZAS

En lo que respecta a sus diferencias, encontramos que en la constitución de1961, los municipios gozaban de libertad para lo que era la gestión de las materias, pero de su competencia, mientras que en la actual constitución, si bien pueden gestionar las materias de su competencia, pero no cuentan con la libertad plena para gestionarlas a todas debido a que se trata de una libertad condicionada, no sólo por las limitaciones que directamente impone el Constituyente sino por todas aquellas que pueda imponer el Legislador Nacional, y los legisladores estadales al ejercicio de la autonomía municipal, de acuerdo con las normas de la propia Constitución y dentro de los límites por ella indicados.

Además no se daba lo que era la figura del alcalde, hoy en día se establece la figura del mismo como una de las máximas autoridades civiles, Otra diferencia es que, Anteriormente, con la Constitución de 1961, los alcaldes eran electos por el Concejo Municipal, es decir, de una forma indirecta, y no incluían a la ciudadanía, ya que La democracia de la Constitución de 1961 estaba definida como política, formal y representativa muy contrario a la actual, porque esta constitución incorpora la participación ciudadana, es decir, al pueblo en el proceso de definición y ejecución de la gestión pública y en el control y evaluación de los resultados.

Con respecto a sus semejanzas visualizamos que al igual que en la antigua constitución, la actual también formula o dispone que la organización de los municipios y demás entidades deberán estar regidas por lo dictado en la constitución y demás leyes nacionales

DIFERENCIAS Y SEMEJANZAS SEGÚN LA LEY DEL RÉGIMEN MUNICIPAL DE 1985 Y LA LEY DEL PODER PÚBLICO MUNICIPAL 2009

DIFERENCIAS

SEMEJANZAS

Anteriormente con la antigua ley del régimen municipal el municipio se constituía con otros distritos, y todos ellos unidos conformaban el estado, pero con la nueva reforma paso a estar constituida como una forma de organizar al territorio.

También en la antigua ley se regulaba lo que era la participación población, es decir se daba pero no se promovía la participación del pueblo, hoy en día no es así, ya que la opinión o aportes de la ciudadanía son tomados en cuentas y existe lo que ahora podemos llamar asambleas de ciudadanos entre otros.

En lo que se respecta a la figura del alcalde dentro del municipio, antes el alcalde tenía que asumir las funciones como representante del ejecutivo y del consejo municipal, tenia doble rol, y eran electos de acuerdo a la población, pero cambia con la nueva ley ya que este es elegido por las comunidades. Y es visto como una institución donde separan las funciones del poder legislativo. y se crea lo que hoy conocemos como el consejo local de planificación pública

En el desarrollo urbanístico, la ley de 1989 acota que el alcalde es designado para la elaboración de los planes con respecto a la materia

Las dos leyes constituyen al municipio como una unidad primaria con personalidad jurídica y autonomía.

Como semejanza encontramos la participación de la ciudadanía, aunque antes era regulaba esta se daba mediante asociaciones de vecinos, los cabildos, referéndum, asambleas de ciudadanos entre otras. Al igual que ahora, pero con la creación de más medios para la participación de la ciudadanía.

Los municipios tienen las siguientes atribuciones, según la Constitución de Venezuela de 1999

Ordenación territorial y urbanística.

Vialidad urbana; circulación y ordenación del tránsito de vehículos y personas en las vías municipales; servicios de transporte público urbano de pasajeros y pasajeras.

Protección del ambiente y cooperación con el saneamiento ambiental; aseo urbano y domiciliario, comprendidos los servicios de limpieza, de recolección y tratamiento de residuos y protección civil.

Salubridad y atención primaria en salud, servicios de protección a la primera y segunda infancia, a la adolescencia y a la tercera edad; educación preescolar, servicios de integración familiar del discapacitado al desarrollo comunitario, actividades e instalaciones culturales y deportivas. Servicios de prevención y protección, vigilancia y control de los bienes y las actividades relativas a las materias de la competencia municipal.

Servicio de agua potable, electricidad y gas doméstico, alcantarillado, canalización y disposición de aguas servidas; cementerios y servicios funerarios.

Justicia de paz, prevención y protección vecinal y servicios de policía municipal, conforme a la legislación nacional aplicable.

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