Contrato De Arrendamiento Financiero
LizbethSantiago26 de Noviembre de 2013
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CONTRATO DE ARRENDAMIENTO FINANCIERO QUE CELEBRAN POR UNA PARTE GRUPO RJC, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, REPRESENTADA POR LA LIC. LIZBETH JANETH SANTIAGO ORDÓÑEZ EN SU CARÁCTER DE REPRESENTANTE LEGAL A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL ARRENDADOR FINANCIERO”, Y POR LA OTRA EL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO, A QUIEN EN LO SUBSECUENTE SE LE DENOMINARÁ “EL ARRENDATARIO FINANCIERO”, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL C.P. RUBÉN NOÉ RODRÍGUEZ GONZÁLEZ, EN SU CARÁCTER DE DELEGADO ESTATAL, PARA CUYA EJECUCIÓN Y CUMPLIMIENTO SE SUJETAN A LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:-------------------------------------------------------------------------------------------
D E C L A R A C I O N E S:
I. Declara LA ARRENDADORA FINANCIERA:
1.1 Ser una Sociedad Anónima de Capital Variable, constituida conforme a leyes de la República Mexicana mediante Escritura Pública número 8547 de fecha 15 de abril de 1992, otorgada ante la fe del Notario Público No. 10 de la Ciudad de Chihuahua, Chihuahua, Lic. Manuela Ontiveros Rosas, e inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio bajo el Folio Mercantil número 856325 el día 17 de junio de 1992.-------------------------------------------------------------------------
1.2 Estar debidamente autorizada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, según autorización número 01258 de fecha 16 de Mayo de 1996.------------------------------------------------------------------------
1.3 Que su representante legal cuenta con las facultades necesarias para suscribir y obligarse en los términos del presente Contrato.-------
1.4 Que su objeto es el que establece el Artículo 24 de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito.-----------------------
1.5 Que su domicilio para efectos legales del presente contrato se ubica en Ave. Universidad No. 1001, local 59 2º piso en Col. Santo Niño en esta ciudad de Chihuahua, Chih.-------------------------------------------------
II. Declara EL ARRENDATARIO FINANCIERO:
2.1 Es una entidad de la Administración Publica Federal Paraestatal, con personalidad jurídica y patrimonio propios, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 1º, 3º fraccion 1 y 45 de la Ley Organica de la Administración Pública Federal; 4º, 149 y 174 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.-------------------------------------------------------------------------------
2.2 Tiene por objeto la administración de los seguros, prestaciones y servicios del regimen obligatorio de seguridad social, a que alude el artículo 3º de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado en terminos de lo establecido en los artículos 149, y 150 fraccion X de su Ley, puede realizar toda clase de actos jurídicos y celebrar los contratos que requiera el servicio a su cargo.-----------------------------------------------------------------------------
2.3 Para el cumplimiento de sus funciones y la realización de sus actividades, además de los servidores públicos con los que cuenta, requiere del arrendamiento de mobiliario, para la ejecución de trabajos que correspondan de conformidad con lo dispuesto por los articulos 13 y 14 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios.-----------------------------------------------------------------------------
2.4 En atención a lo anterior, el presente contrato se arrendó a “La Arrendadora”, mediante el procedimiento de arrendamiento de bienes muebles en virtud de sus servicios y capacidad comprobada.-----------
2.5 Para cubrir las erogaciones que se deriven del presente contrato, cuenta con recursos disponibles suficientes no comprometidos, en la partida presupuestal numero 2940100 denominada “Bienes Mubles e Inmuebles” autorizado por el Director General de Finanzas, según oficio DF/147/2012 de fecha 23 de enero de 2012.-------------------------
2.6 El Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, Delegación Chihuahua celebra este contrato por conducto del Delegado Estatal, C.P. Noé Rubén Rodríguez González, quien fue nombrado por la Junta Directiva para este puesto con fecha 29 de marzo de 2012 a propuesta del Director General Lic. Sergio Hidalgo Monroy Portillo, contando ademas con Poder General Limitado para Actos de Administracion y para Pleitos y Cobranzas, pasado ante la fe del Lic. Carlos Ricardo Viñas Berea, Notario Público número setenta y dos de la ciudad de México, D.F. tal como obra en la Escritura Publica número 75003 y por virtud del cual se encuentra plenamente facultado para representar al instituto
2.7 De conformidad al acuerdo 2568 de la XXVII sesion ordinaria del dia 17 de marzo de 2001 del comité desconcentrado de adquisiciones, arrendamientos, servicios y obra publica., se celebra el presente contrato.------------------------------------------------------------------------------
2.8 Señala como su domicilio legal para los efectos del presente contrato el ubicado en el Parque Industrial las “Américas” Ave. Washington No. 3701, Edificio 13, C.P. 31200 (Cruce de Ave. La Cantera y Periférico de la Juventud) de esta Ciudad.-----------------------------------
Expuesto lo anterior, las partes deciden celebrar el presente acuerdo de voluntades al tenor de las siguientes: ------------------------------------------------------------
C L A U S U L A S:
PRIMERA.- LA ARRENDADORA FINANCIERA otorga el uso y goce temporal, a plazo forzoso a LA ARRENDATARIA FINANCIERA y ésta última acepta y recibe a su entera satisfacción el bien que se describe en este contrato.--------------------------
SEGUNDA.- Las partes acuerdan que LA ARRENDADORA FINANCIERA otorgará el uso y goce a EL ARRENDADOR FINANCIERO, de un automóvil el cual tiene la siguiente descripción:----------------------------------------------------------------
I. Tipo CAMIONETA----------------------------------------------------------------------------
II. Marca NISSAN--------------------------------------------------------------------------------
III. Modelo JEEP PATRIOT--------------------------------------------------------------------
IV. Color ROJO INFIERNO---------------------------------------------------------------------
V. Versión BASE FWD CVT-------------------------------------------------------------------
VI. Año 2012---------------------------------------------------------------------------------------
VII. Motor 2.4Litros de 172 Caballos de Fuerza-------------------------------------------
VIII. Transmisión AUTOMÁTICA 4X4 CVT--------------------------------------------------
IX. Número de serie 1D3HE48K985638207-----------------------------------------------
X. Kilometraje 0 Km-----------------------------------------------------------------------------
Asimismo se anexa la copia de la factura se anexa al presente contrato, y para los efectos del mismo se denominará “EL AUTOMÓVIL”.---------------------------------------
TERCERA.- El período de vigencia del presente contrato será a partir del 14 de mayo de 2012 y sus efectos concluirán hasta el 14 de mayo de 2014 en que estén cumplidas las obligaciones que ambas partes contraigan por el presente Contrato.
Se deberá hacer constar la entrega de EL AUTOMÓVIL materia de este arrendamiento mediante la firma de recibido de EL ARRENDATARIO FINANCIERA en documento por separado. Este documento se agregará al presente Contrato, debidamente firmado por las partes.------------------------------------
CUARTA.- Las partes convienen en que la entrega de EL AUTOMÓVIL se realizará en la Agencia de Automóviles Auto tokio Nissan S.A. de C.V. ubicada en Perif. De la Juventud No. 4301, Fracc. Las Misiones, Chihuahua, Chih.----------------
QUINTA. Las partes acuerdan que EL ARRENDATARIO FINANCIERO pagará a LA ARRENDADORA FINANCIERA, la cantidad de $11,455.00 (once mil cuatrocientos cincuenta y cinco pesos 00/100 M.N.) mensuales con un interés ordinario del 6% mensual por concepto de arrendamiento de EL AUTOMÓVIL objeto de este contrato durante la vigencia del mismo en el domicilio de LA ARRENDADORA FINANCIERA arriba señalado, cuyo pago arrojará un total de $274,920.00 (doscientos setenta y cuatro mil novecientos veinte pesos 00/100 M.N.) más lo intereses que se generen hasta el día de vencimiento del mismo.------
SEXTA.- En el caso de que EL ARRENDATARIO FINANCIERO no pague oportunamente cualquiera de las obligaciones contraidas en este Contrato, la cantidad no pagada devengará desde la fecha de su vencimiento hasta la de su total liquidación, intereses moratorios a razón del 10% tasa ordinaria que resulte del procedimiento al que se refiere en este Contrato, sin perjuicio de la facultad que tiene LA ARRENDADORA FINANCIERA para rescindirlo, de conformidad con lo que se establece para estos efectos la Ley de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, y las reglas básicas de operación de las Arrendadoras Financieras.----------------------------------------------------------------------------------------------
SEPTIMA.- Las partes manifiestan que EL ARRENDATARIO FINANCIERO suscribirá a favor de LA ARRENDADORA FINANCIERA una serie de 24 pagarés que iniciaran del 1 al 24 con un monto de $11,455.00 (once mil cuatrocientos cincuenta y cinco pesos 00/100 M.N.) cada uno con el interés ordinario del 6% mensual comenzando del
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