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Contrato de arrendamiento financiero

Karla RoldánTrabajo6 de Septiembre de 2021

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CONTRATO DE ARRENDAMIENTO

 FINANCIERO

INDICE

Introducción………………………………………………………………………………3

  1. Antecedentes…………………………………………………………………….4
  2. Arrendamiento financiero en el derecho mexicano………………………….4
  3. Marco legal……………………………………………………………………….6
  4. Concepto…………………………………………………………………………6
  5. Naturaleza jurídica………………………………………………………………7
  6. Elementos del contrato
  1. Personales…………………………………………………………………...8 6.1.1 Obligaciones y derechos de las partes…………………………….8
  2. Reales………………………………………………………………………..9
  3. Formales……………………………………………………………………..9
  1. Mecanismos de operación del arrendamiento financiero…………………..9
  2. Particularidades del contrato………………………………………………….10
  3. Mercantilidad del arrendamiento financiero…………………………………12
  4. Terminación del contrato……………………………………………………...12
  5. Efectos fiscales…………………………………………………………………13

 Conclusión……………………………………………………………………………..15

 Bibliografía……………………………………………………………………………..16

                       

INTRODUCCION

 Las Arrendadoras Financieras son instituciones financieras especializadas, autorizadas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para realizar operaciones de arrendamiento financiero.

 En el contrato de arrendamiento financiero, la entidad se obliga a adquirir determinados bienes y a conceder su uso o goce temporal, a plazo forzoso, a una persona física o moral, obligándose ésta a pagar una contraprestación, que se liquidará en pagos parciales, que cubra el valor de adquisición de los bienes, las cargas financieras y los demás accesorios.

La función económica de los arrendamientos consiste en proporcionar a una persona que no puede, que no quiere o no le conviene adquirir, la propiedad de una cosa, el uso o el goce de ésta. Desde ese particular punto de vista, el arrendamiento viene a ser un sustituto de la compra venta.

Jurídicamente el arrendamiento satisface la función de poder trasmitir el uso o goce de las cosas y en este sentido viene a integrar el grupo de los contratos por los cuales se enajenado se trasmite el uso de las cosas.

En 1981 las arrendadoras financieras se incorporan formalmente al Sistema Financiero Mexicano con el carácter de organizaciones de crédito y en 1990, se reconoció éste último carácter a las empresas de factoraje financiero creándose nuevos intermediarios en el mercado de valores denominados especialistas bursátiles.

A partir del 18 de julio de 2013, debido a la derogación de los apartados de la Ley que les dan origen, las Arrendadoras Financieras dejaron de ser consideradas como organizaciones auxiliares y en consecuencia dejaron de ser supervisadas por la CNBV. Aquellas empresas de arrendamiento financiero que continúen en operación reformaron sus estatutos sociales para reputarse como Sociedad Financiera de Objeto Múltiple oSOFOM en los términos de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito

[pic 1]

  1. ANTECEDENTES

Los primeros antecedentes del arrendamiento datan la época de la República Romana (520 a. C). Se operaban acuerdos llamados Locatio Conductio, un contrato consensual de buena fe, en el cual el Locatio (arrendador) se comprometía a proporcionar el uso o goce temporal de un bien no consumible o a ejecutar un trabajo mediante el cobro de una renta a un Conductor (arrendatario), quien pagaba la renta.

 En América, fue hasta la década de los 50 cuando en Estados Unidos, la Compañía de Ferrocarriles utiliza el primer contrato de arrendamiento (Leasing), para el uso temporal de equipo industrial. Posteriormente, Bell Telephone Company los utiliza para arrendar aparatos telefónicos a los usuarios de sus contratos de servicios.

Fue en 1952 cuando se constituyó la primera compañía de Leasing independiente, la cual originó que en 1961, los bancos comerciales obtuvieran la autorización del gobierno estadounidense para operar como arrendadora. De ahí se extendió a los países industrializados como Inglaterra, Alemania, Italia y España, entre otros.

  1. ARRENDAMIENTO FINANCIERO EN EL DERECHO MEXICANO

 En México el arrendamiento tuvo sus inicios a principios de los años 70. Las primeras arrendadoras estaban asociadas con financieras nacionales, especializadas en flotillas de equipo de transporte, las cuales, al no existir una legislación fiscal específica, tenían amplias ventajas fiscales, lo que impulsó al crecimiento de estas empresas. Desde 1973, la empresa pionera en arrendamiento puro fue Volkswagen Financial Services.

El arrendamiento financiero tuvo su primer reconocimiento legislativo en 1974, año en que varias reformas a las disposiciones fiscales, entre ellas la del criterio 13, a nivel nacional, y en especial para las Pequeñas y Medianas Empresas (Pymes). 196 que permitía la deducibilidad fiscal al arrendador y al arrendatario, le dieron las características fiscales definitivas con las que ahora se le reconoce. Por el contrario, el arrendamiento puro continuó sin normas fiscales.

En 1975, se constituyó la Asociación de Arrendadoras Financieras, A.C. (AMAF) con el propósito de promover el arrendamiento en todos los sectores de la economía y representar los intereses del sector arrendador ante las autoridades financieras y foros nacionales e internacionales.

De las siete arrendadoras que crearon la AMAF, cinco estaban asociadas con los bancos Atlántico, Banamex, Bancomer, Comermex e Internacional, y dos eran independientes: Impulsora Mexicana de Arrendamiento (Imexa) e Interamericana de Arrendamientos. [pic 2]

Fue hasta 1981 cuando en el Código Fiscal se reconoció la denominación de arrendamiento financiero y señaló las características aplicables a las leyes fiscales.

En 1982, en el Código Fiscal de la Federación, por adición a la Ley de Instituciones de Crédito, el contrato de arrendamiento financiero se convirtió legislativamente en un contrato propio de derecho mercantil y del derecho bancario, quedando sujeta a la autorización para operar como arrendadora financiera a la SHCP y Banco de México, y su operación supervisada por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.

Las empresas de Arrendamiento Puro no requerían ningún permiso especial y hasta la fecha no cuentan con regímenes fiscales delimitados para operar.

De 1975 a 1982 el arrendamiento financiero experimentó un periodo de auge, lo que determinó la modernización de lo sectores industrial comercial y de servicios 197

En septiembre de 1982, con la nacionalización de la Banca y la devaluación del peso frente al dólar, el sector entra en crisis, sobre todo para las Arrendadoras internacionales que tenían la mayoría de su cartera (cuentas por cobrar) en pesos y su pasivo (fondeo) en dólares estadounidenses.

La AMAF, con el apoyo de las autoridades financieras, crearon un Programa Especial de Cobertura Cambiaria para el sector Arrendador, mediante el cual lograron salir parcialmente de esta crisis.

En 1992 se crea la Asociación Mexicana de Empresas de Arrendamiento Puro, A.C. (AMEAP), con la finalidad de unificar acciones encaminadas a ganar mercado y difundir el arrendamiento puro de los bienes productivos en contraposición del concepto de propiedad, fortaleciéndose así el sector arrendador, ante la demanda de bienes de capital que requerían las empresas en esta etapa de crecimiento de la economía nacional.

Sin embargo, en 1994, como resultado del colapso financiero en nuestro país, el sistema fue afectado nuevamente, situación que trajo como consecuencia que de 62 Arrendadoras Financieras quedaran sólo 29. De las 33 que desaparecieron, la mayoría quebraron y otras fueron fusionadas por sus grupos financieros, lo que provocó que el arrendamiento quedara como un producto más de la recién creada Banca universal.

Estas situaciones dieron lugar a que el sector arrendador iniciara un proceso de especialización de bienes a financiar, y por sectores económicos y geográficos.

[pic 3]

  1. MARCO LEGAL

El arrendamiento financiero es una de las formas de adquirir bienes, por lo general activos fijos, que se encuentra regulada por la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, según reformas publicadas en el Diario Oficial de la Federación el dieciocho de julio de dos mil seis, tras haberse derogado diversas disposiciones de la Ley General de Operaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, en la fecha en cita.

En un inicio, se contempló la definición de Arrendamiento Financiero en el Código Fiscal de la Federación, el treinta y uno de diciembre de mil novecientos ochenta y uno.

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