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Contrato De Servicos Profesionales

janny23067718 de Abril de 2013

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Universidad Galileo

Derecho Empresarial I

CEI IMB-PC San Cristobal

Sabado 10am-11am

Tutor Hugo Tanchez

Febrero 09 de 2013

Actividad No.4

Elsa Yanet Pineda Tejeda

Carne 09182156

Correo electrónico: eyanet1@hotmail.com

Describa en que consiste el Contrato de Servicios Profesionales y cuando se utiliza

Definición de Contrato:

Acuerdo de dos o más personas para constituir, regular o resolver un vínculo jurídico entre las mismas

En la actualidad en nuestro país iniciamos a familiarizarnos con el término contrato de servicios profesionales como aquel en virtud del cual una persona llamada profesional o profesor se obliga a prestar un servicio técnico a favor de otra llamada cliente, a cambio de una retribución llamada honorario.

Como el Código Civil al regular el Contrato de Servicios Profesionales no lo define, puede concebirse el mismo, como el Contrato por cuya virtud una persona con una preparación profesional seria, presta sus servicios intelectuales o técnicos a otra persona, natural o jurídica, que se los requiere, temporal o permanentemente a cambio de una remuneración.

El artículo 2027 del Código Civil dice: ¨Los profesionales que presten sus servicios y los que los soliciten, son libres para contratar sobre honorarios y condiciones de pago¨

El contrato de servicios profesionales se opone al contrato de trabajo. No existe en el contrato de servicios profesionales una relación de dependencia, ni de sujeción a la dirección del cliente, sino precisamente una relación contractual civil, entre dos partes económicamente iguales, en donde el Derecho no tiene que tutelar a una de ellas, ni establecer garantías mínimas irrenunciables y en donde rige la libre contratación.

Los sujetos en un contrato de Servicios Profesionales se les conocen como profesional y cliente.

Algunas de las características de los Contratos de Servicios Profesionales son:

Unilaterales y Bilateral: Puede que la responsabilidad recaiga en una o en ambas partes. El profesional asume la obligación de prestar sus servicios y el cliente, la de pagar los honorarios correspondientes.

Consensual y real: Consensual, basta el consentimiento de las partes para que el contrato se perfeccione y real cuando se requiere la entrega de la cosa objeto del contrato.

Principal y accesorios: Principales cuando subsisten por si solos y accesorios cuando dependen de un contrato principal.

Onerosos y gratuitos: Oneroso, ambas partes obtienen provechos de cumplimiento del contrato o gratuito cuando el provecho es solo para una persona.

Conmutativo y aleatorios: Conmutativos cuando se determinan desde el inicio los resultados y aleatorios cuando los resultados son inciertos y dependen del acontecimiento.

Condicionales y absolutos: Condicionales cuando dependen de una condición y absolutos cuando se realizan puros sin sujetarse a ninguna estipulación.

Elementos:

Elementos Reales: El servicio Profesional, es el trabajo realizado y el Honorario, que es la remuneración a que el profesional tiene derecho, por la prestación del servicio al cliente.

Elementos Formales: Es consensual, opuesto a solemne o forma y se rige en consecuencia, por las normas generales de contratación.

• Derechos y Obligaciones

Si la persona que contrato los servicios no esta conforme con su desarrollo o con los actos o conductas del profesional, puede rescindir el contrato pagado el trabajo y los gastos efectuados, cantidades que fijara el juez si hubiere desacuerdo entre las partes.

Como obligación tiene, quien ocupa los servicios, pagar al profesional la retribución u honorarios correspondientes, asi como los gastos que este haya hecho con motivo de los servicios prestados.

El profesional por su parte, tiene derecho a ser retribuido cualquiera que sea el éxito o resultado del negocio o asunto en el cual hubiera intervenido, y como obligación, prestar sus servicios con dedicación y diligencia y con arreglo a las prescripciones de la ciencia o arte de que se trate, siendo responsable de los daños y perjuicios que cause por dolo, culpa o ignorancia inexcusable o por la divulgación de los secretos del cliente

Cuando un profesional no pueda continuar prestando sus servicios, deberá avisar con la debida anticipación a la persona que lo contrato, quedando responsable de daños y perjuicios si se separa sin dar aviso y sin dejar persona competente que lo sustituya

Las causas para finalizar un Contrato de Servicios Profesionales

• Renuncia del Profesional

• Derecho de Revocar o Desistir:

• Muerte o Incapacidad del Profesional

La terminación de un Contrato de Servicios Profesionales no es que la finalización de los derechos y obligaciones emanados del vínculo jurídico contractual celebrado por las partes. El artículo 2035 del Código Civil dice: ¨Si la persona que contrato los servicios no está conforme con su desarrollo o con los actos o conducta del profesional, puede rescindir el contrato pagando el trabajo y los gastos efectuados, cantidad que fijara el juez, si hubiere desacuerdo entre las partes¨.

Ejemplo de un Contrato de Servicios Profesionales

Un Contrato de Servicios Profesionales solo lo puede celebrar la persona egresada de cualquier universidad del país y que tenga el respaldo de los Colegios Profesionales para poder ejercer la profesión dentro de los límites de la Republica de Guatemala

En la Ciudad de Guatemala, del departamento del mismo nombre, a los siete días del mes de febrero de dos mil trece. Comparecemos por una parte el INGENIERO ANDRE CASTILLO, de cuarenta y tres años de edad, guatemalteco; con domicilio en la primera avenida ocho guion catorce de la zona dos de esta Ciudad. Lugar que señalo para recibir notificaciones; y quien actúa como propietario de la empresa denominada CONSTRUCCIONES INNOVADORAS Y BIENES RAICES, que esta debidamente registrada con el numero ciento ochenta y nueve mil novecientos uno “A” folio quinientos seis, del libro ciento cuarenta y ocho categoría única, extendida por el Registro Mercantil de la Ciudad de Guatemala, de nombre comercial Construcciones Innovadoras y Bienes Raices, ubicada en la Ciudad de Guatemala, y por la otra parte comparece la señora ELSA YANET PINEDA TEJEDA de treinta y cinco años, Administradora, soltera, Guatemalteca, con domicilio condominio San Cristobal, Mixco, lugar que señala para recibir notificaciones, se identifican con las cédulas de vecindad con numero de orden A guión uno y de registro noventa y cinco mil setecientos setenta y dos, respectivamente, extendidas por el Alcalde Municipal de esta Ciudad de Guatemala; asegurando encontrarse en el libre ejercicio de nuestros derechos civiles, manifestamos que otorgamos CONTRATO DE OBRA, de conformidad con las cláusulas seguidas: PRIMERA: Que por el presente acto contrata la señora ELSA YANET PINEDA TEJEDA a la empresa CONSTRUCCIONES INNOVADORAS Y BIENES RAICES para que CONSTRUYA UNA CASA UNIFAMILIAR EN DOS NIVELES CON CUBIERTAS FINALES INCLINADAS de doscientos noventa y cinco metros cuadrados de extensión superficial (295 m2); ubicada en CONDOMINIO SAN CRISTOBAL, del municipio de Mixco, departamento de Guatemala, con las siguientes características: a) Cuatro dormitorios, con su respectiva área de clóset, todos los cuartos con baño y con todas sus acomedidas, tres baños en la planta baja con medidas sala principal, comedor, cocina, como también drenajes, las dimensiones se especifican en planos de construcción autorizado por la municipalidad de Mixco. b) Todo el proceso estructural será referido a la planificación existente en la hoja de estructuras apegándose a las normas estandarizadas, c) Instalación de plomería será de P.V.C. así como todos sus accesorios horizontales y verticales; d) La instalación de drenajes será con tubos de PVC con la pendiente recomendable al circuito dejándolo las salidas de este drenaje a la acometida general en la acera del proyecto. e) En la Instalación Eléctrica se incluye la instalación completa de ductos para iluminación y fuerza, como también lo referente a las cajas metálicas en pared y cielo, mano de obra de instalación del cableado correspondiente al sistema de iluminación y fuerza, la instalación de ductos se prevé con tubería de poliducto con su debida caja de flipones. En este documento no se incluye el pago de derecho del servicio eléctrico y la elevación de acometida existente. Con su debido depósito en la empresa eléctrica, los cuales serán por cuenta del propietario de la construcción; f) Las losas serán tipo prefabricado de concreto armado; g.) El renglón de acabados se define con la construcción del proyecto completo en obra gris, refiriéndose a que las paredes de todo el inmueble tendrá el block expuesto al igual que el ladrillo. h) El proceso de ejecución que se está especificando se refiere a la primera fase definiéndose OBRA GRIS i.) PLAZO DE EJECUCIÓN: El plazo para la ejecución de la obra contratada por este acto es de CIENTO CINCUENTA Y CINCO DIAS, (cinco meses) contados a partir del inicio de la ejecución del proyecto ocho días después de la firma del Presente Documento. EL CONTRATANTE quedará obligado a prorrogar el plazo anteriormente indicado, únicamente en los siguientes términos: A1)

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