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Contrato De Trabajo En Colombia


Enviado por   •  12 de Abril de 2014  •  798 Palabras (4 Páginas)  •  305 Visitas

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¿CUÁNDO SE CONSIDERA EN COLOMBIA QUE ESTAMOS EN PRESENCIA DE UN CONTRATO DE TRABAJO?

Se entiende por trabajo una actividad humana libre, material o intelectual, permanente o transitoria, que una persona natural ejecuta conscientemente al servicio de otra, cualquiera que sea su finalidad, siempre que se efectúe en ejecución de un contrato de trabajo (Art. 5 C.S.T). Según la Constitución Colombiana, el trabajo es un derecho y una obligación social y goza de la protección del Estado. Toda persona tiene derecho a un trabajo en condiciones “dignas y justas”, así como “toda persona es libre de escoger profesión u oficio”. Por lo que el trabajo es un derecho fundamental y una obligación social.

La primera definición específica de contrato de trabajo fue dada por la Ley 6 de 1945, según la cual .hay contrato de trabajo entre quien preste un servicio personal bajo la continua dependencia de otro, mediante remuneración y quien recibe tal servicio. No es, por lo tanto, contrato de trabajo el que se celebra para la ejecución de una labor determinada sin consideración a la persona o personas que hayan de ejecutarla y sin que estas se sujeten a horario, reglamentos o control especial del patrono.

El avance de la legislación laboral colombiana continuó en 1950 cuando se dieron los primeros avances hacia la expedición de un Código Sustantivo del Trabajo.

Actualmente, definimos el contrato de trabajo como aquél por el cual una persona natural se obliga a prestar un servicio personal a otra persona natural o jurídica, bajo la continuada dependencia o subordinación de la segunda y mediante remuneración. Quien presta el servicio se denomina trabajador, quien lo recibe y remunera, patrono, y la remuneración, cualquiera que sea su forma, Salario. (Art. 22 C.S.T). Se considera que toda persona que haya cumplido 18 años de edad tiene capacidad para celebrar un contrato individual de trabajo.

Conociendo estos conceptos podemos decir que en Colombia estamos bajo un contrato de trabajo cuando se nos garantiza y se nos respeta las mínimas condiciones en las cuales se presta o se realiza una determinada actividad laboral y es provechoso tanto para el empleado como para el empleador.

Para que haya contrato de trabajo se requiere que concurran tres elementos esenciales:

• La actividad personal del trabajador, es decir, realizada por sí mismo

• La continuada subordinación o dependencia del trabajador que faculta la exigencia del cumplimiento de órdenes e impone reglamentos durante el tiempo de permanencia del contrato, sin afectar el honor, la dignidad y los derechos del trabajador.

• Un salario como retribución del servicio.

Existen otros componentes que hacen que un contrato laboral sea justo y hace que el trabajo cumpla con las características deseadas, como son:

• Respeto del periodo de prueba, no debe exceder los dos (2) meses, este periodo corresponde a la etapa inicial del contrato de trabajo donde el empleador puede apreciar las capacidades del trabajador y, a su vez, el trabajador puede evaluar las condiciones de trabajo.

• Respetar las jornadas laborales que se acuerden, las cuales no pueden exceder el máximo legal de cuarenta y ocho (48) horas semanales que se distribuirán de lunes a viernes o de lunes a sábado.

• El pago de horas extras por trabajo fuera de la jornada ordinaria.

• Descansos obligatorios en los que se encuentran los domingos y festivos y remuneración en caso de que se trabaje estos días.

• Vacaciones anuales remuneradas que corresponden a quince (15) días hábiles por cada año de trabajo

• las Prestaciones sociales, indemnizaciones por incumplimiento por parte del empleador, los aportes Sistema de Seguridad Social, los aportes parafiscales, las licencias o permisos, reglamentos (de Trabajo, de Higiene y Seguridad Industrial y de Acoso Laboral) y derecho de asociación sindical.

Todos estos aspectos juntos hacen un verdadero contrato laboral. En nuestra legislación se presume que toda relación de trabajo personal está regida por un contrato de trabajo, el cual puede ser acordado de forma verbal o escrita, se prefiere la forma escrita porque arroja una prueba en un momento determinado. Ambas formas de contratación están reguladas por el ordenamiento laboral colombiano y gozan de los mismos derechos y obligaciones.

Dependiendo del tiempo que acuerden las partes, el contrato de trabajo puede ser por un tiempo definido o indefinido, su prórroga consiste en la continuación del mismo a partir del vencimiento del término inicialmente pactado y con las mismas condiciones.

La concurrencia es permitida en Colombia, consiste en la celebración de varios contratos entre el mismo empleador y empleado, conservando cada uno su identidad, sin que se presente confusión alguna, y se le aplicarán a cada contrato las normas pertinentes a cada uno de ellos.

En la exclusividad, el empleado se compromete a prestar servicios laborales solo a determinado empleador, en las actividades para las cuales ha sido contratado. El pacto de exclusividad deberá constar por escrito y puede estipularse en todos los contratos.

WEB BIBLIOGRAFÍA

• http://www.mintrabajo.gov.co

• http://revistas.urosario.edu.co

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