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Control.


Enviado por   •  19 de Octubre de 2013  •  Informes  •  1.440 Palabras (6 Páginas)  •  198 Visitas

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El control en el Sector Público: concepto y tipología. Auditoria de legalidad. Auditoria financiera. Auditoria operativa o de gestión.

Desde el punto de vista del ciclo gerencial y de sus funciones, el control se define como “la supervisión, medición y corrección del desempeño a fin de garantizar que se han cumplido los objetivos de la entidad y los planes ideados para alcanzarlos”.

Según las Normas de Control Interno del sector público, el concepto de control abarca lo siguiente: “Proceso integral efectuado por el titular, funcionarios y servidores de una entidad, diseñado para enfrentar los riesgos y para asegurar que se alcancen los siguientes objetivos gerenciales:

- Promover la eficiencia, eficacia, transparencia y economía en las operaciones de la entidad, así como en la calidad de los servicios públicos que presta.

- Cuidar y resguardar los recursos y bienes del Estado contra cualquier forma de pérdida, deterioro, uso indebido de los mismos y actos ilegales, así como contra todo hecho irregular o situación que pudiera afectarlos.

- Cumplir con la normatividad aplicable a la entidad y a sus operaciones.

- Garantizar la confiabilidad y oportunidad de la información.

- Fomentar e impulsar la práctica de valores institucionales.

- Promover que los funcionarios o servidores públicos cumplan con rendir cuentas sobre la misión u objetivo que les haya sido encargado, así como sobre los fondos y bienes públicos que les hayan sido asignados”.

El control público o control fiscal venezolano: concepto, tipos de control.

 Concepto:

El Control Fiscal es el conjunto de actividades realizadas por Instituciones competentes para lograr, mediante sistemas y procedimientos diversos, la regularidad y corrección de la administración del Patrimonio Publico. El cual: “recae fundamentalmente sobre los actos de administración, custodia o manejo de los fondos y bienes públicos y tradicionalmente han estado a cargo de las Entidades Fiscalizadoras Superiores de los respectivos países”. Así es, común conceptuar el Control Fiscal como aquel que se efectúa sobre los ingresos, gastos y bienes públicos por un órgano público especializado en este tipo de control.

 Tipos de Control:

CONTROL INTERNO: Conforme a lo establecido en el Artículo 35 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal, el Control Interno es un sistema que comprende el plan de organización, las políticas, normas así como los métodos y procedimientos adoptados dentro de un Ente u Organismo sujeto a la Ley, para salvaguardar sus recursos, verificar la exactitud y veracidad de su información financiera y administrativa, promover la eficiencia, economía y calidad en sus operaciones, estimular la observancia de las políticas prescritas y lograr el cumplimiento de su misión, objetivos y metas. No deja la Ley ninguna duda sobre a quien corresponde la responsabilidad de organizar, establecer, mantener y evaluar el Sistema de Control Interno, ya que el Artículo 36 de la Ley en comento, obliga a las máximas autoridades de cada Ente a implantarlo, adecuándolo a la naturaleza, estructura y fines del Ente

CONTROL EXTERNO: Según esta establecido en el Artículo 42 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal, El control externo comprende la vigilancia, inspección y fiscalización ejercida por los órganos competentes del control fiscal externo sobre las operaciones de las entidades a que se refieren el artículo 9 (Los órganos y entidades a los que incumbe el ejercicio del Poder Público Nacional, Poder Público Estatal, Poder Público en los Distritos y Distritos Metropolitanos, Poder Público Municipal, Poder Público en los Territorios Federales y Dependencias Federales, Los institutos autónomos nacionales, estadales, distritales y municipales, El Banco Central de Venezuela, Las universidades públicas, etc.), de esta Ley, con la finalidad de:

1. Determinar el cumplimiento de las disposiciones constitucionales, legales, reglamentarias o demás normas aplicables a sus operaciones.

2. Determinar el grado de observancia de las políticas prescritas en relación con el patrimonio y la salvaguarda de los recursos de tales entidades.

3. Establecer la medida en que se hubieren alcanzado sus metas y objetivos.

4. Verificar la exactitud y sinceridad de su información financiera, administrativa y de gestión.

5. Evaluar la eficiencia, eficacia, economía, calidad de sus operaciones, con fundamento en índices de gestión, de rendimientos y demás técnicas aplicables.

6. Evaluar el sistema de control interno y formular las recomendaciones necesarias para mejorar

Corresponde a las Unidades de Auditoría Interna:

Realizar auditorías, inspecciones, fiscalizaciones, exámenes, estudios, análisis e investigaciones de todo tipo y de cualquier naturaleza en el ente sujeto a su control, para verificar la legalidad, exactitud, sinceridad y corrección de sus operaciones, así como para evaluar el cumplimiento y los resultados de los planes y acciones administrativas, la eficacia, eficiencia, economía, calidad e impacto de su gestión

Sistema Nacional De Control Fiscal

Componentes Orgánicos

Control Externo

- Contraloría General de la República

- Contralorías Estadales

- Contralorías Municipales

- Contralorías de los Distritos

Control Interno

- Unidades de auditoría interna

- Contraloría General de la FAN

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