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Convenios Y Contratos

aguilas110 de Agosto de 2012

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1. Señale la diferencia entre convenio y contrato.

Convenio es el acuerdo de dos o mas personas para crear, transferir, modificar o extinguir obligaciones y el contrato es un convenio que produce o transfiere las obligaciones y derechos es decir el contrato es el acuerdo de dos o mas voluntades para crear o transferir derechos y obligaciones. Cuando un convenio produce o transfiere las obligaciones y derechos es cuando toma el nombre de contrato, así pues el contrato crea o transfiere y un convenio conserva, modifica o extingue.

La diferencia entre convenio y contrato esta las formalidades con que se realizan los contratos; y en los convenios no es necesaria tanta formalidad.

Es importante comentar que con lo que respecta a la distinción entre contrato y convenio, el Código Civil no le da mucha importancia, ya que señala que los mismos principios se aplican a los contratos y a los convenios.

2. Señale cuáles son los elementos de existencia del contrato.

1.-Acuerdo de voluntades o consentimiento

2.-El objeto

3.-Excepcionalmente en cierto tipo de contratos, la solemnidad, que como se vera es una forma, elevada al rango de elemento de existencia.

Dicho de otra manera:

El acuerdo de voluntades o consentimiento, se puede define como el acuerdo de voluntades que implica la existencia de un interés jurídico; en el caso particular del contrato, ese interés consiste en la creación o transmisión de derechos reales o personales. De ahí que la manifestación de voluntad debe ser libre, ya que es a través de ésta, que una persona da su aprobación para celebrar un contrato.

Por lo que respecta al consentimiento, éste puede ser expreso o tácito, referente al primero, es cuando se manifiesta de forma verbal, por escrito o por signos inequívocos. El consentimiento es tácito cuando se manifiesta por medio de hechos o actos que lo presupongan o que autoricen a presumirlo, excepto en los casos en que por disposición legal expresa, o por convenio, la voluntad debe manifestarse expresamente.

Es importante señalar que la ausencia del consentimiento produce la inexistencia del acto (Art. 2224 del Código Civil Federal).

Por lo que respecta al objeto puede ser directo e indirecto, el primero es la creación o transmisión de derechos y obligaciones reales o personales; mientras que el segundo, está representado por la cosa, el hecho o la abstención, es decir, la prestación positiva o negativa.

De ello, para que las cosas puedan ser objeto de contrato, debe existir en la naturaleza, ser determinadas o determinables, estar en el comercio. Además, el hecho positivo (hacer) o negativo (no hacer) debe ser posible y lícito.

3. Señale cuáles son los requisitos de validez del contrato.

Según lo establecido en los Códigos Civil Federal y del Distrito Federal, en su artículo 1795, señalando que esta norma interpretada a contrario sensu exige lo siguiente:

1.- Capacidad de las partes que intervienen en el acto,

2.-Voluntad de esas personas, libre o exenta de vicios,

3.-Las personas se propongan alcanzar un objeto, motivo o fin lícito.

La observancia por las partes, de la forma que exija la ley, de ser el caso, para externar la voluntad.

Ahora bien, como requisitos de validez del contrato se señalan los siguientes:

La formalidad.- Respecto de la forma es el elemento de validez de los contratos, ya que se tiene que recurrir a ésta por ser el medio del cual se exterioriza el consentimiento, a efecto de que el contrato sea válido. La forma puede ser por medio de una manifestación por escrito o el empleo de palabras determinadas.

Ausencia de vicios de la voluntad.- La voluntad debe manifestarse sin vicio alguno, debe manifestarse en forma libre y cierta. No debe existir error, dolo, violencia, mala fe y lesión.

Capacidad.- Es

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