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Cooperacion Española Y JICA

nicolelopezp29 de Julio de 2014

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INTRODUCCIÓN

En el presente informe de tipo expositivo se desarrolla la temática de la “Cooperación Española y La Agencia de Cooperación Internacional del Japón (JICA)”, La Cooperación Española expresa la solidaridad del pueblo español con los países en desarrollo y se basa en un amplio consenso político y social a escala nacional. Se integran dentro de la cooperación para el desarrollo el conjunto de recursos y capacidades que España pone a disposición de los países en vías de desarrollo como el nuestro, con el fin de facilitar e impulsar su progreso económico y social, y para contribuir a la erradicación de la pobreza en todas sus manifestaciones.

Así como también la Agencia de Cooperación Internacional del Japón, que es una organización creada en el año de 1974 con el objeto de canalizar la asistencia financiera, técnica y social a los países en desarrollo, como Honduras. Actualmente propicia proyectos en 150 países y tiene desplegadas oficinas en 97 de ellos. Actúa con personal técnico altamente calificado y con el cuerpo de voluntarios (JOCV), Japan Overseas Cooperation Volunteers, sumamente diligentes y comprometidos con el logro participativo en las estrategias del desarrollo.

Dando a conocer de cada una de estas cooperaciones sus actores estructuras y los proyectos que han realizado en Honduras.

OBJETIVO GENERAL

Analizar la Cooperación Española y el JICA puntualizando lo más importante de cada una de estas cooperaciones tanto en el ámbito internacional como en Honduras.

OBJETIVOS ESPECÍFICOS

• Conocer a fondo la Cooperación Española y la Agencia de Cooperación Internacional del Japón.

• Determinar cuales son los actores y sus acciones en el ámbito internacional.

• Conocer cual es la relación de cooperación entre estos dos países y Honduras.

• Saber cuales son y han sido sus proyectos en nuestro país.

CAPITULO I

COOPERACION ESPAÑOLA GENERALIDADES

I.1 CONCEPTUALIZACION DE LA COOPERACION ESPAÑOLA

La política española de cooperación internacional para el desarrollo expresa la solidaridad del pueblo español con los países en desarrollo y se basa en un amplio consenso político y social a escala nacional. Se integran dentro de la cooperación para el desarrollo el conjunto de recursos y capacidades que España pone a disposición de los países en vías de desarrollo, con el fin de facilitar e impulsar su progreso económico y social, y para contribuir a la erradicación de la pobreza en todas sus manifestaciones.

El ministro de Asuntos Exteriores y de Cooperación es el responsable de la dirección de la política de cooperación internacional para el desarrollo y de la coordinación de los órganos de la Administración General del Estado que, en el ámbito de sus competencias, realicen actuaciones en esta materia, con observancia del principio de unidad de acción en el exterior.

El elemento básico de planificación de la política de cooperación para el desarrollo es el IV Plan Director de la Cooperación Española 2013-2016 (aprobado por Consejo de Ministros de 21 de diciembre de 2012).

En ese sentido, podemos decir que este Plan Director se caracteriza por presentar un enfoque realista; una determinación por rediseñar nuestra cooperación; la orientación hacia RESULTADOS; y rendición de cuentas.

Los Objetivos del Milenio y los principios de eficacia y calidad de la ayuda son los principales referentes del Plan Director de la Cooperación Española 2013-2016, que establece las líneas generales y directrices básicas de la política española de cooperación internacional para el desarrollo. España concentrará sus esfuerzos en 23 países de tres áreas geográficas prioritarias: Latinoamérica, Norte de África y Oriente Próximo, y África Subsahariana. En ellos, se primará la consolidación de los procesos democráticos y el Estado de derecho; la reducción de las desigualdades y de la vulnerabilidad a la pobreza extrema y a las crisis; el fomento de sistemas de cohesión social, enfatizando los servicios sociales básicos; la promoción de los derechos de las mujeres y la igualdad de género; la mejora en la provisión de los Bienes Públicos Globales y Regionales; la respuesta a las crisis humanitarias con calidad, y la construcción de una ciudadanía global comprometida con el desarrollo.

I.2 MARCO DE ACTUACIÓN DE LA COOPERACIÓN ESPAÑOLA

La política española de Cooperación para el Desarrollo tiene su origen en la declaración contenida en el preámbulo de la Constitución de 1978, en la que la Nación española proclama su voluntad de colaborar en el fortalecimiento de unas relaciones pacíficas y de cooperación entre todos los pueblos de la Tierra.

En la actualidad, constituye un aspecto fundamental de la acción exterior de España basada en una concepción interdependiente y solidaria de la sociedad internacional orientada a la lucha contra la pobreza y al desarrollo humano sostenible.

El marco jurídico en el que se inserta la política de cooperación española aparece definido en la Constitución Española de 1978 así como en La Ley 23/1998, de 7 de julio, de Cooperación Internacional para el Desarrollo, donde se recogen los principios que inspiran la política de cooperación, los objetivos y prioridades geográficos y sectoriales, los instrumentos y modalidades de la ayuda, así como Órganos competentes para la formulación y ejecución de la política española de cooperación internacional para el desarrollo.

Una política que aparece definida en la Ley como el conjunto de recursos y capacidades que España pone a disposición de los países en vías de desarrollo, con el fin de facilitar e impulsar su progreso económico y social, y para contribuir a la erradicación de la pobreza en el mundo en todas sus manifestaciones.

En el plano internacional debemos tener en cuenta el artículo 3.5 del Tratado de la Unión Europea que dispone que, en sus relaciones con el resto del mundo, la Unión contribuirá a la paz, la seguridad, al desarrollo sostenible del planeta, a la solidaridad así como a la erradicación de la pobreza y la protección de los derechos humanos.

Finalmente, la política española de cooperación al desarrollo se enmarca dentro del respeto de los principios de la Carta de las Naciones Unidas orientados a promover el progreso económico y social de todos los pueblos.

En el siguiente enlace se puede encontrar más información sobre la normativa en materia de cooperación en España.

CAPITULO II

ACTORES Y ORGANOS DE LA COOPERACION ESPAÑOLA

II.1 ACTORES DE LA COOPERACION ESPAÑOLA

La Cooperación Española está integrada por gran diversidad de actores. Esta pluralidad contribuye a la peculiaridad del sistema español que lo diferencia del resto de donantes, dotándolo de mayor riqueza por su variedad y haciendo necesaria la puesta en marcha de mecanismos que permitan la coordinación entre ellos y la complementariedad para evitar la atomización de las actuaciones.

II.2 ORGANOS CONSULTIVOS DE LA COOPERACION ESPAÑOLA

Los órganos consultivos y de coordinación de la Cooperación Española para el Desarrollo son:

• El Consejo de Cooperación para el Desarrollo.

• La Comisión Interterritorial de Cooperación para el Desarrollo.

• La Comisión Interministerial para la Cooperación al Desarrollo.

El Consejo de Cooperación para el Desarrollo

Es el órgano consultivo de la Administración General del Estado y de participación en la definición de la política de cooperación internacional para el desarrollo. En el Consejo de Cooperación al Desarrollo, además de la Administración, participan los agentes sociales, expertos, organizaciones no gubernamentales especializadas e instituciones y organismos de carácter privado presentes en el campo de la ayuda al desarrollo.

Entre sus funciones se pueden señalar: el sometimiento a informe previo del Consejo de los anteproyectos de ley y cualesquiera otras disposiciones generales de la Administración del Estado que regulen materias concernientes a la cooperación para el desarrollo, la información de la propuesta de Plan Director y el conocimiento de los resultados de la evaluación de la cooperación, entre otras.

La Comisión Interterritorial de Cooperación para el Desarrollo

Es el órgano de coordinación, concertación y colaboración entre las Administraciones Públicas que cuenta con la presencia de las Comunidades Autónomas, Entidades locales o de aquellas instancias de coordinación supramunicipal en quien éstos expresamente deleguen. Sus funciones se dirigen a promover objetivos de coherencia, complementariedad, eficacia y eficiencia en la identificación, formulación y ejecución de programas y proyectos de cooperación al desarrollo

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