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Credito simple CONTRATO DE APERTURA DE CRÉDITO SIMPLE CONSULTORIO DENTAL MARQUEZ.

FEMAZUEnsayo12 de Febrero de 2018

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SOLICITUD  DE CRÉDITO

Nombre del trabajador: ____________________________________________________________

Fecha de nacimiento: __________________CURP:_______________________________________

Domicilio:______________________________________________________________________________________________________________________________________________________

Teléfono:____________________ Celular: _______________________

Referencias:1_______________________________________________________________

2_________________________________________________________________________

Nombre de la Empresa: ______________________________Antigüedad:________________

Puesto actual: ____________________________Sueldo Bruto: _________________________

Monto del crédito solicitado:

Plazo Solicitado:  

Diagnostico

A)

b)

C).

____________________________

Nombre y Firma del Trabajador:

Solicito de Consultorio Dental Márquez  un crédito simple, para cubrir mi Tratamiento dental, mismo que cubriré con descuentos vía nomina de acuerdo a lo estipulado en el contrato de credito.

        

                 

        

CONTRATO DE APERTURA DE CRÉDITO SIMPLE QUE CELEBRAN POR UNA PARTE CONSULTORIO DENTAL MARQUEZ, REPRESENTADO POR SU ADMINISTRADOR FABIAN MORALES PACHECO, A QUIEN SE LE DENOMINARÁ PRESTADOR Y POR LA OTRA LA PERSONA FÍSICA QUE SE IDENTIFICA EN LA SOLICITUD-CONTRATO DEL PRESENTE INSTRUMENTO, A QUIEN SE LE DENOMINARÁ EL CLIENTE, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:

DECLARACIONES:

I.-Declara el PRESTADOR que:

a.- Es una persona física con actividad empresarial, legalmente constituida conforme a las leyes del país y que tiene por objeto la prestación de Servicios Dentales Integrales, en los términos de la Ley de salud del Estado de México, y en consecuencia, podrá realizar las operaciones y prestar los servicios dentales a que se refiere el presente documento.

b.- Su Administrador cuenta con las facultades necesarias y suficientes para celebrar el presente contrato, las cuales no les han sido revocadas, limitadas o modificadas a esta fecha.

II.- Declara EL CLIENTE que:

a.- Es empleado (a) de la empresa indicada en el apartado “Actividad Laboral” de la Solicitud de crédito, identificado como “Nombre de la Empresa”, misma que le realiza el pago de su salario y demás prestaciones acordes a su relación laboral.

b.- El importe de las amortizaciones efectuadas al amparo del presente contrato deberán ser reembolsadas, de acuerdo con el calendario de pagos y número de pagos pactados, a través de un descuento directo vía nomina o bien a través de pago directo al PRESTADOR, con la periodicidad en que EL CLIENTE recibe el pago de su nómina, fechas que conoce el PRESTADOR, en virtud de la comunicación que tiene con el patrón o empleador de EL CLIENTE.

c.- Ha solicitado al PRESTADOR, un Crédito bajo la forma de Apertura de Crédito Simple, hasta por la cantidad señalada en la Cláusula de DESCRIPCIÓN DE LA OPERACIÓN, IMPORTE DEL CRÉDITO Y AUMENTO DE LÍMITE DE CRÉDITO de este contrato, para destinarlo a liquidez o pago de Servicios Dentales.

En virtud de las anteriores declaraciones las partes acuerdan otorgar las siguientes:

C L Á U S U L A S:

PRIMERA. - DEFINICIONES. Los términos que se utilizan en este contrato y que se relacionan en el texto del presente, tendrán los significados siguientes que serán aplicables a las formas singular o plural de los mismos:

Las Disposiciones: Disposiciones de carácter general en Materia de Transparencia aplicables a las Personas Fiscas con Actividad Empresarial.

Medios Electrónicos: a los equipos, medios ópticos o de cualquier otra tecnología, sistemas automatizados de procesamiento de datos y redes de telecomunicaciones, ya sean públicos o privado

SEGUNDA: - DESCRIPCIÓN DE LA OPERACIÓN, IMPORTE DEL CRÉDITO Y AUMENTO DE LÍMITE DE CRÉDITO.- El presente contrato ampara el otorgamiento de un crédito que el PRESTADOR concede a EL CLIENTE, bajo la forma de Apertura de Crédito Simple, cuyas características, términos y condiciones se describen en la Constancia de Crédito, así como en el presente instrumento. El importe del crédito será hasta por la cantidad que se establece en la Constancia de Crédito, así como en el apartado de “Características del Crédito” de la Solicitud de Crédito. Dentro del límite del crédito no quedan comprendidos los intereses, comisión(es) y gastos que debe pagar EL CLIENTE y que se estipulan en el presente instrumento.

La línea del crédito podrá disminuirse de acuerdo con la capacidad de pago y el comportamiento crediticio de EL CLIENTE, lo que se notificará a EL CLIENTE mediante mensaje incluido en el siguiente cobro o en su próxima visita al PROVEDOR y adicionalmente se le podrá comunicar mediante correo electrónico, carta, teléfono o a través de cualquier otro medio electrónico. Adicionalmente el PRESTADOR podrá, mas no estará obligado a, aumentar la línea del crédito cuando así lo solicite y/o autorice El CLIENTE, de acuerdo con la capacidad de pago y el comportamiento crediticio de EL CLIENTE.

El PRESTADOR informa a EL CLIENTE que contratar créditos que excedan su capacidad de pago afecta su historial crediticio.

EL CLIENTE y El PRESTADOR acuerdan que este último, en base al comportamiento que presente EL CLIENTE en lo que respecta al crédito objeto del presente contrato, podrá ampliar el importe del crédito, enviándole la oferta a EL CLIENTE a través de los medios que El PROVEDOR establezca para tales efectos, a fin de que EL CLIENTE, acepte o rechace expresamente el aumento en la línea de crédito a través del medio en el cual le fue realizada la oferta antes mencionada o en el medio que se le indique en la misma oferta que debe dar su consentimiento.

El PROVEDRO entregará a EL CLIENTE, a la firma del presente instrumento, la CONSTANCIA de Crédito, dicha CONSTANCIA forma parte integrante de este contrato, así como la Tabla de Amortización.

TERCERA:- DISPOSICIÓN.- EL CLIENTE podrá disponer del crédito en forma total o parcial, en uno o varios actos, para lo cual no deberá firmar los comprobantes de disposición correspondientes una vez realizado el crédito.

El documento que firme EL CLIENTE de conformidad con lo señalado en la presente cláusula justificará la disposición del crédito, y señalará la(s) fecha(s) y el o los importes de los pagos de capital, lo anterior de acuerdo a la forma de pago que al efecto seleccione EL CLIENTE al momento de realizar la disposición.

Las cantidades dispuestas al amparo del presente instrumento se prestaran a través de Servicios Dentales señalada en el apartado de “Características del Crédito” de la Solicitud de Crédito. En virtud de lo anterior las partes reconocen que las disposiciones efectuadas por EL CLIENTE se comprobarán con los registros clínicos, correspondientes del CLIENTE por lo que los registros clínicos de EL PROVEDOR son aceptados en este acto como prueba plena por las partes.

Las disposiciones del crédito están sujetas a: (i) no exista incumplimiento por parte de EL CLIENTE de cualesquiera de las obligaciones a su cargo establecidas en este contrato; (ii) la disponibilidad de los Servicios Solicitados por medio de los cuales se soliciten las mismas, en el entendido que la falta de disponibilidad de dichos Servicios no representa para El PROVEDOR responsabilidad exigible por EL CLIENTE independientemente de la causa que lo haya generado; y (iii) no exista una o algunas de las causas de vencimiento anticipado pactadas en este contrato.                          

CUARTA:- DESTINO DEL CRÉDITO.- EL CLIENTE se obliga a invertir el importe del crédito, precisamente a los fines expresados en las Declaraciones de este Contrato.

QUINTA:- VIGENCIA DEL CONTRATO, PLAZO PARA PAGO DEL CRÉDITO Y TERMINACIÓN DEL CONTRATO.- La vigencia del Contrato es indefinida, la cual iniciará al momento de la firma del presente instrumento.

EL CLIENTE establecerá el plazo para el pago del crédito el cual se indicará en la Constancia de Crédito y en la Solicitud de crédito. El PROVEDOR y EL CLIENTE, previo acuerdo por escrito firmado por ambas partes, podrán convenir la re estructura o la ampliación del plazo para el pago del crédito objeto del presente instrumento.

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