DEMANDA CON ENDOSATARIO CUANTIA MENOR.
Aavila22Apuntes7 de Marzo de 2016
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C. JUEZ MENOR LETRADO EN TURNO
DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL EN
EL ESTADO DE NUEVO LEON.
P R E S E N T E.-
OSCAR ORSON ROBLES CAÑON mexicano, mayor de edad, profesionista, sin adeudos fiscales y con domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones en la finca marcada con el número 5340, de la Calle Paseo de los Crisantemos, de la Colonia Del Paseo Residencial, en el Municipio de Monterrey Nuevo León ante Usted C. Juez y con el debido respeto que se merece comparezco y expongo:
Que por mis propios derechos y por medio del presente escrito y documentos que acompaño, ocurro a demandar por la VIA EJECUTIVA MERCANTIL y en ejercicio de la acción cambiaria directa a la C. CARMINA MARTINEZ PANTOJA, quien puede ser localizada en su domicilio ubicado en la calle Ravenala número 709 en la Colonia Fomerrey 116 en el municipio de Monterrey, N.L. en su carácter de DEUDORA PRINCIPAL; a la que reclamo las siguientes prestaciones:
A).-Pago de la cantidad de $60,000.00 - (SESENTA MIL PESOS 00/100 M.N. ) por concepto de suerte principal.
B).- Pago de los intereses legales pactados a razón del 2% (dos por ciento) mensual desde la firma del pagaré hasta la fecha de su vencimiento
C).- Pago de los intereses moratorios vencidos y que sigan venciendo a razón del 15% mensual hasta la completa terminación del adeudo correspondiente.
D).-Pago de los gastos y costas que se originen con motivo de la tramitación del presente Juicio.
Fundo el presente escrito en los hechos y consideraciones de índole legal que a continuación me permito señalar.
H E C H O S:
1.- En fecha 14 de Junio del 2010, la C. CARMINA MARTINEZ PANTOJA, suscribió a mi favor un titulo de crédito denominado por la Ley General de Títulos de Operaciones de Crédito como "PAGARE" por la cantidad total de $60,000.00 - (SESENTA MIL PESOS 00/100 M.N. ) con fecha de vencimiento el día 14 de Octubre del 2010, por lo que solicito el pago de la cantidad antes mencionada, así como el pago total del interés pactado a razón del 2% (dos por ciento) mensual; documento que acompaño a la presente como base de la acción.
2.- Ahora bien, es el caso de que a pesar de las múltiples gestiones extrajudiciales realizadas por el suscrito, no se ha logrado el pago del documento descrito en el punto de los hechos que antecede, por lo que ocurro ante Usted a demandar por la VIA EJECUTIVA MERCANTIL a la C. CARMINA MARTINEZ PANTOJA, en su carácter de DEUDORA PRINCIPAL.
Desde este momento, solicito se me tenga por ofreciendo en tiempo y forma las siguientes
P R U E B A S:
1. DOCUMENTAL PRIVADA: Que se hace consistir en el documento base de la acción, y que en total asciende a la cantidad de $60,000.00- (SESENTA MIL PESOS 00/100 M.N. ) que describo en el punto de hechos numero uno, con la intención de acreditar los hechos narrados en el punto aludido y por ello se anexa el presente escrito.
2. CONFESIONAL POR POSICIONES: Que se hace consistir en la diligencia que deberá absolverse en forma personal la C. CARMINA MARTINEZ PANTOJA, en su carácter de DEUDORA PRINCIPAL, de conformidad con lo expuesto en el pliego de posiciones que en sobre cerrado haré llegar al local de este H. Juzgado en su momento procesal oportuno, a fin de acreditar los extremos mencionados por el suscrito en la presente demanda.
3. INSTRUMENTAL DE ACTUACIONES: Que se hace consistir en todas y cada una de las actuaciones que se realicen en la tramitación del presente litigio y que de hecho o derecho favorezcan a mis intereses.
4. PRESUNCIONAL LEGAL Y HUMANA: La que se hace consistir en todas aquellas deducciones lógico jurídicas como consecuencia que la ley o el Juez deducen de un hecho conocido, para averiguar la verdad de otro desconocido y que beneficie al suscrito
D E R E C H O :
I.- COMPETENCIA: Es Usted C. Juez competente para conocer de la presente controversia de conformidad con lo dispuesto por los artículos 1090 1091,1092 1094 y demás relativos del Código de Comercio Vigente en el país, también son aplicables a la presente controversia lo dispuesto por los artículos
648, 650, 743 y 747 del Código de Procedimientos Civiles en el Estado de Nuevo León.
II.- FONDO DEL NEGOCIO: Al mismo son aplicables los artículos 1,3,5,7,12,23,33,150,152, 153,170, 171, 172, 174 y demás relativos de la Ley General de Títulos y Operaciones del Crédito Vigente en el país.
III.- PROCEDIMIENTO: Se regula conforme a los artículos, 1391, 1392 y demás relativos del Código de Comercio Vigente en el país. Así como el 59,432 al 468 del Código Federal de Procedimientos Civiles.
Por lo anteriormente expuesto y fundado atentamente solicito:
PRIMERO: Se me tenga por presentado en este escrito, documento y copias simples que se acompañan, para el efecto de que se corra el traslado de Ley, así como por promoviendo Juicio Ejecutivo Mercantil en contra de la C. CARMINA MARTINEZ PANTOJA, en su carácter de DEUDORA PRINCIPAL, cuyo domicilio ya obra en este escrito.
SEGUNDO: Se admita la presente demanda a tramite, ordenando auto de exequendo, mandando requerir a la demandada sobre el inmediato pago de las prestaciones reclamadas, y en caso de no ejecutado en el acto de la diligencia, proceda al embargo y secuestro de bienes suficientes que tiendan a garantizar las prestaciones reclamadas.
TERCERO: Se corra traslado de Ley para que dentro del término Legal haga pago llano de lo reclamado o produzca su contestación si para ello tuviera excepciones legales que hacer valer.
CUARTO: Solicito atentamente que en el momento procesal oportuno que en el caso de encontrarse cerrada la casa de la demandada, o se impidiere el acceso a ella se autorice el auxilio de la Fuerza Pública para hacer cumplir su determinación judicial, quien hará que en su caso, sean rotas las cerraduras para poder practicar el embargo de bienes que se hallen dentro de la casa y que basten a garantizar las prestaciones exigidas. y en el caso de que dicho medio resultare ineficaz se proceda ante la contumacia de la C. CARMINA MARTINEZ PANTOJA por el Delito de Desobediencia.
QUINTO: Se admitan las probanzas que ofrezco.
SEXTO: Autorizarme para tener acceso vía Internet a través de la pagina Web denominada Tribunal Virtual, a todos los acuerdos, promociones y documentos relacionados con el presente juicio, con el nombre de usuario: Orscan63 en merito de lo anterior y por tener interés legitimo.
SEPTIMO: Se sirva tenerme autorizado, para oír y recibir notificaciones, asistir a las diligencias, señalar bienes para embargo, articular posición, interponer recursos, y en general para gestionar todo cuanto fuere conducente en la tramitación del presente Juicio, a los C.C. LICS. ARACELI GOMEZ TORRES, VICTOR MANUEL LOPEZ CAMPOS, JOSE IVAN BRIONES MARTÍNEZ y el pasante en derecho JOSE BASURTO CARRANZA.
“PROTESTO LO NECESARIO EN DERECHO”
_______________________________________
OSCAR ORSON ROBLES CAÑON
Monterrey, Nuevo León, 3 de Enero 2011
ANEXOS:
[pic 1]
Pagaré por la cantidad de $ 60,000. °°
[pic 2]
Copia Simple Credencial expedida por el I.F.E.
Copias de Traslado[pic 3]
Recibe:_________________________
LIC: ARACELI GOMEZ
Of: 83 42 31 11
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