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DEMANDA POR DESPIDO INJUSTIFICADO


Enviado por   •  12 de Febrero de 2013  •  Tesis  •  1.803 Palabras (8 Páginas)  •  1.078 Visitas

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DEMANDA POR DESPIDO INJUSTIFICADO,

OPTANDO POR LA INDEMNIZACIÓN

Honorable Junta Número Seis de Conciliación y Arbitraje.

Bruno Torres Carrasco por mi propio derecho, señalando para oír notificaciones en calle Zaragoza número ciento treinta y dos Colonia San Lucas Atoyatenco, Texmelucan Puebla y asignando como mi apoderado en los términos de la carta-poder adjuntar, muy atentamente expongo:

Vengo a demandar a Lorena Mendivil de la Fuente de trabajo de nombre Restaurant el Buen Sabor S.A de C.V o a quien resulte responsable de la fuente de trabajo ubicada en Ocho Oriente Número cuatrocientos diez de esta Ciudad de Puebla lo siguiente:

a) El pago de la cantidad de por concepto de indemnización constitucional de tres meses de salario, a razón de un salario por causa del despido injustificado de que fui objeto, con fundamento en el artículo 123 constitucional fracción XXII.

b) El pago de los salarios vencidos desde la fecha del despido, que fue

el día hasta que se cumplimente el laudo que se dicte en este juicio, con fundamento en el artículo 48 de la Ley Federal del Trabajo.

c) El pago de la prima de antigüedad consistente en el importe de 12 días de salario por cada año de prestación de servicios con fundamento en el articulo 162 de la Ley Federal de Trabajo.

d) El pago de vacaciones con fundamento en el artículo 76 de la Ley Federal del Trabajo, donde tiene derecho a que se le pague por el primer año de servicio seis días.

e) El pago por aguinaldo anual consistente en el importe de 15 días de salario cuando menos por cada año de trabajo, con fundamento en el artículo 87 de la Ley Federal de Trabajo.

f ) El pago por concepto de prima vacacional consistente en el importe del 25% de la cantidad que resulte del pago de vacaciones con fundamento en el artículo 80 de la Ley Federal de Trabajo.

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HECHOS

I. Con fecha Nueve de Marzo del año 2004 entre a prestar mis servicios a la demandada, con el puesto de chef consistiendo mis labores en preparar alimentos.

Se me asignó inicialmente un salario de $ 2000.00 (Dos mil pesos Moneda Nacional) semanal, que me fueron pagados los días sábados al concluir mi jornada de trabajo.

II. El día veintiuno de Agosto sin causa justificada alguna, la de-mandada por conducto del contador Raúl Madrid Santibáñez, quien se encarga de la Dirección de Fiscalización y Vigilancia, el cual me pidió que entregara mi Jafet, ya que quedaba despedido de mi trabajo a partir de ese momento, sin darme causas de mi despido, solo mencionando que eran ordenes de la representante legal de la empresa Lorena Mendivil de la Fuente por lo que reclamo los tres meses de salario de indemnización constitucional correspondiente a tal despido, así como los salarios vencidos desde la fecha de mi despido hasta que se cumplimente el laudo.

III. Mi jornada ordinaria de trabajo era de las seis de la mañana a las doce horas, y de las diecisiete horas a las veinte horas de martes a sábado y el dia domingo de trece a veintidós horas de cada semana.

IV. No disfruté ni me fueron pagadas las vacaciones correspondientes al periodo anual de siete años consistentes en 48 días, a razón de un salario de 2000 pesos aumentado con el veinticinco por ciento, que importan la cantidad cuyo pago reclamo (o bien, reclamar las vacaciones proporcionales conforme al artículo 80 de la Ley Laboral).

V. La demandada no me ha cubierto el aguinaldo correspondiente al periodo anual de 2004-2012 que reclamo (o bien, el aguinaldo proporcional al tiempo trabajado en el año, conforme al artículo 87 de la Ley).

VI. Por concepto de prima de antigüedad, a razón de doce días de salarios por cada año de servicios, prestados a la demandada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 162 de la Ley Federal del Trabajo, me corresponde la cantidad que reclamo.

DERECHO

Es competente esa H. Junta para conocer del caso, según previenen los artículos en razón de la materia el artículo de la Ley Laboral, 123 Constitucional apartado “A” fracción XXXI, en razón al territorio bien establecido en el artículo 76 de la Ley Federal del Trabajo y demás relativos de la Ley Federal del Trabajo.

En cuanto al Fondo, son aplicables el artículo 80 constitucional, y 87 y demás relativos de la Ley Federal del Trabajo.

Norman el procedimiento las disposiciones del título XIV, capitulo XVII del Código Laboral.

Por lo antes expuesto y con fundamento,

A esa H. Junta Número seis de Conciliación y Arbitraje con respeto pido se sirva:

Primero. Tenerme por presentado con este escrito en los términos del mismo, demandando a Lorena Mendivil de la Fuente, reconocer la personalidad del apoderado designado conforme a la carta-poder adjuntar; y tener por señalado el domicilio indicado para oír notificaciones.

Segundo. Darle entrada a la demanda, corriéndole traslado a la de-mandada con la copia simple que acompaño, notificándola y emplazándola para la audiencia de Ley, en el domicilio señalado.

Tercero. Dictar laudo en su oportunidad, declarando que han procedido las acciones que hago valer y, en consecuencia, condenar a la demandada de conformidad con las reclamaciones contenidas en esta demanda.

Conforme a derecho, protesto

H. Puebla de Zaragoza, a veintinueve de septiembre del dos mis doce

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