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DENUNCIA POR VIOLENCIA FAMILIAR


Enviado por   •  7 de Enero de 2020  •  Trabajos  •  1.102 Palabras (5 Páginas)  •  230 Visitas

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Cuaderno        : Principal

Escrito                 : 01

Sumilla        : DENUNCIA POR VIOLENCIA FAMILIAR, CONTRA LOS INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR.              

SEÑOR JUEZ DE TURNO DEL JUZGADO DE FAMILIA DE LA PROVINCIA DE SAN ROMAN.-

NICANOR ANDRADE GOMEZ, Identificado con D.N.I. Nro. 02381330, con dirección domiciliaria en el Jr. Conima MZ. F LT. 1 urbanización San Pedro, señalando domicilio procesal en el Jirón Pumacahua N° 211-C; ambos de esta ciudad, ante Ud., con el debido respeto me presento y digo:

I.- NOMBRE, DIRECCION DOMICILIARIA DEL DENUNCIADO:

El presente denuncia lo dirijo en contra de WILLINGTHON MACHACA HILASACA, quien tiene su domicilio en Av. Perú Mz H Lote 3 de la urbanización ampliación san Santiago de esta ciudad de Juliaca, donde se deberá de notificar.

II.- PETITORIO

  1. Que al amparo de lo dispuesto por el artículo 2°, inciso 1 y 24 letra h de la Constitución Política del Perú, del artículo 7° y 8° y su artículo 10° inciso   b), y en su artículo 13° de la LEY N° 30364 “LEY PARA PREVENIR, SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES Y LOS INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR”, interpongo denuncia por la comisión de actos de Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar, VIOLENCIA DE GENERO, en la modalidad de MALTRATO PSICOLÓGICO, en agravio del señor NICANOR ANDRADE GOMEZ, en contra de WILLINGTHON MACHACA HILASACA, a efectos que su despacho declare la existencia de actos de Violencia contra la mujer y Contra los Integrantes del Grupo Familiar, Violencia de Género, DECLARANDO FUNDADA LA DENUNCIA incoada. Siendo que los hechos de la última agresión se realizaron en junio del 2019.
  2. Que al amparo de lo establecido por el artículo 22° de la LEY 30364, se solicita a su despacho se dicten las siguientes medidas de protección necesarias que garanticen la integridad física y psicológica de los integrantes del grupo familiar.
  1. La prohibición del denunciado WILLINGTHON MACHACA HILASACA, de maltratar física y psicológicamente al señor NICANOR ANDRADE GOMEZ y su familia, ya sea a través de insultos, golpes, humillaciones, en público o en privado.
  2. Y cualquier otra medida de protección que garanticen la integridad personal y la vida de la víctima y sus familiares.

III.- FUNDAMENTOS DE HECHO.-

PRIMERO.- Que, el denunciado es mi YERNO, pareja de mi hija mayor desde hace más de 5 años y cabe mencionar que dicha relación siempre ha estado lleno de problemas y pelas constantes, y puesto que es mi hija a quien se le maltrata yo siempre he sacado cara y apoyado en cualquier situación, tales conflictos han terminado en denuncias en contra de mi yerno como es, la denuncia interpuesta ante la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de la provincia de San Román a cargo del señor Fiscal GUIDO H. PILCO DELGADO, con N° de caso 327-2012 , por el presunto delito Contra Vida el cuerpo y la salud, en su modalidad de Lesiones, en su forma de Lesiones Leves, y desde entonces mi yerno no me ve con buenos ojos, y siempre que tiene la oportunidad de agredirme psicológicamente simplemente lo hace sin importarle que soy el padre de su pareja, no me tiene ningún respeto.

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