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DERECHO A LA VIVIENDA


Enviado por   •  26 de Enero de 2014  •  12.997 Palabras (52 Páginas)  •  410 Visitas

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Derecho a la vivienda

La Declaración Universal de los Derechos Humanos establece en su articulo 25, “Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud, el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica...”

Aunque no es un documento obligatorio o vinculante para los Estados, sirvió como base para la creación de las dos convenciones internacionales de la ONU, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, pactos que fueron adoptados por la Asamblea General de Naciones Unidas en su resolución 2200 A (XXI), de 16 de diciembre de 1966.

Vista exterior del edificio de la Asamblea General de las Naciones Unidas.

De conformidad con el párrafo 1 del artículo 11 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, a sí el Comité Derechos Sociales Naciones Unidas dice que los Estados Partes "reconocen el derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado para sí y su familia, incluso alimentación, vestido y vivienda adecuados, y a una mejora continua de las condiciones de existencia". Reconocido de este modo, el derecho humano a una vivienda adecuada tiene una importancia fundamental para el disfrute de todos los derechos económicos, sociales y culturales.

En algunos Estados, el derecho a la vivienda adecuada está consagrado en la Constitución Nacional en otros en cambio se ha ido a más y se han realizado leyes específicas. En cualquiera de los casos es importante verificar la posibilidad de que los ciudadanos puedan exigir jurídicamente y ante los tribunales pertinentes, el cumplimiento de estos derechos por parte de las administraciones. Evitando vacíos legales que supongan una merma en el cumplimento de estas obligaciones.

GENERACION

Los Derechos a una vivienda se enmarcan en la tercera generación de derechos, surgida en la doctrina de 1980, se vincula con la solidaridad. Para incentivar el progreso social y elevar el nivel de vida de todos los pueblos. Los temas relacionados son:

• La solución de los problemas alimenticios, demográficos, educativos y ecológicos.

• El ambiente.

• Los derechos del consumidor.

• El desarrollo que permita una vida digna.

• El libre desarrollo de la personalidad.

2.- Marco legislativo

2.1.-Constituciones

Existen numerosas Constituciones de los Estados donde se amplia y detalla el derecho a una vivienda digna y adecuada. En este sentido la Constitución de Ecuador3 une los conceptos de vivienda y ciudad La consagración del derecho a una ciudad digna: construcción colectiva y políticas públicas El derecho a una ciudad viva y digna está reconocido en el Art. 31, que establece que «las personas tienen derecho al disfrute pleno de la ciudad y de sus espacios públicos, bajo los principios de sustentabilidad, justicia social, respeto a las diferentes culturas urbanas y equilibrio entre lo urbano y lo rural».

La Constitución de la Nación Argentina en su articulado 14 bis dice que: El Estado otorgará los beneficios de la seguridad social, que tendrá carácter de integral e irrenunciable. En especial, la ley establecerá: el seguro social obligatorio, que estará a cargo de entidades nacionales o provinciales con autonomía financiera y económica, administradas por los interesados con participación del Estado, sin que pueda existir superposición de aportes; jubilaciones y pensiones móviles; la protección integral de la familia; la defensa del bien de familia; la compensación económica familiar y el acceso a una vivienda digna.

Otros ejemplos como la Constitución Española establece en su artículo 47 el derecho al disfrute de una vivienda digna y adecuada, siendo los poderes públicos los responsables de promover las condiciones necesarias y de establecer las normas adecuadas para hacer efectivo este derecho. Asimismo, el Estatuto de Autonomía para Andalucía reconoce en su artículo 25 “la obligación de los poderes públicos de favorecer el acceso en condiciones de igualdad a una vivienda digna y adecuada, estableciendo las medidas necesarias a tal fin”.

2.2.- Leyes específicas

Las Leyes específicas sobre el Derecho a la Vivienda son las que pueden garantizar su cumplimiento y posibilita que las personas que reúnan los requisitos establecidos en la Ley puedan exigir a las Administraciones que creen las condiciones favorables para el ejercicio del derecho a una vivienda digna y adecuada. Dicho de otra manera, podrán demandar a las Administraciones cuando no cumplan con los objetivos, contenidos, disposiciones para que las personas puedan exigir ante los tribunales de sus países o ciudades el cumplimiento de la Ley.

Este tema es fundamental en el ejercicio de este derecho, y permite la protección jurisdiccional de los derechos a las personas que legítimamente le corresponda. Como ejemplo la Ley reguladora del Derecho a la vivienda en Andalucía explícitamente en su articulado detalla que ... los ciudadanos podrán exigir de las Administraciones Públicas el cumplimiento de las obligaciones derivadas del derecho a una vivienda digna y adecuada... por este motivo la realización por parte de los Estados y Países de leyes específicas sobre el cumplimiento del derecho a la vivienda, es la mejor manera de cumplir con todos los Tratados internacionales existentes a nivel mundial.

3.- Vivienda digna y adecuada

El Comité de Derechos Urbanos de Naciones Unidas en su Observación General nº 4, define y aclara el concepto del derecho a una vivienda digna y adecuada, ya que el derecho a una vivienda no se debe interpretar en un sentido restrictivo simplemente de cobijo sino, que debe considerarse más bien como el derecho a vivir en seguridad, paz y dignidad.

En distintas constituciones y en algunos países o regiones -en Francia, en Escocia donde desde 2003 está aprobada la Homeless Act,6 en Andalucía donde está aprobada la Ley reguladora del Derecho a la vivienda en Andalucia7 8 o en el País Vasco la Ley de Vivienda del País Vasco,9 estos conceptos se amplían relacionando ciudad y vivienda, como también lo ha reconocido la Comisión de Asentamientos Humanos y la Estrategia Mundial de Vivienda,

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