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Derecho Administrativo


Enviado por   •  11 de Agosto de 2011  •  1.479 Palabras (6 Páginas)  •  894 Visitas

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INTROCUCCIÓN.

El Estado debe dar respuestas, adecuadas y oportunas, a la multiplicidad de demandas provenientes de un ambiente caracterizado por la complejidad y el cambio acelerado, lo que requiere de un aparato administrativo ágil y flexible, que responda a tales exigencias. Quizás uno de los problemas más importantes para la ejecución eficaz y eficiente de las funciones del Estado, es la inadecuación entre esa necesidad y la existencia de un aparato administrativo lento, engorroso, más orientado al cumplimiento de los procedimientos que hacia el logro de resultados. Lo que exige una transformación de la Administración Pública para adecuarla a tales necesidades.

Este proceso de cambio en los aparatos administrativos, que podemos resumir como de desburocratización, requiere de una estructura jurídica que establezca los mecanismos institucionales y las modalidades de gestión que conduzca a tales fines.

La Constitución recoge este requerimiento funcional, cuando establece que:

La Administración Pública está al servicio de los ciudadanos y se fundamenta en los principios de honestidad, participación, celeridad, eficacia, eficiencia, transparencia, rendición de cuentas y responsabilidad en el ejercicio de la función pública, con sometimiento pleno a la ley y el derecho;

Con la creación del Estatuto de la Función Pública, nace la legalización sobre el ingreso, ascenso, traslado, suspensión y retiro de los funcionarios de la Administración Pública;

Los funcionarios públicos deben estar al servicio del Estado y no de parcialidad alguna, por ello la importancia de esta ley que revisaremos superficialmente a continuación

La función pública.

La función Pública es, por una parte el modelo genérico de cómo se denominan las tareas que desempeña el funcionario; es además, de modo especifico, el ensamble de normas del derecho público o régimen jurídico aplicable al funcionario y, por ultimo; es el término con el que se conoce a la relación de empleo público entre funcionarios y administración.

Debemos ahora referirnos al término Función Pública. Así, tenemos que la Constitución de 1999 ha incluido una sección entera dedicada a la "función pública", (en el capítulo 1 del título 4, dedicado al poder público), en lo que ha dado al término un contenido técnico algo más restringido que aquel que surgía de las normas de la Constitución de 1961. En efecto, en las sucesivas normas de esta sección (los artículos 144 al 149), la Constitución parece referirse a la función pública entendiendo por tal la relación de empleo público con la administración pública y más especialmente el conjunto de normas y reglas que se aplican a esta relación.

La Ley de Estatuto de la Función Pública es evidentemente recipiendaria de tal concepción, pues señala que ella contiene y constituye el conjunto de normas que "regirá las relaciones de empleo público entre los funcionarios y funcionarias públicas y las administraciones públicas nacionales, estatales y municipales" (artículo 1 de la Ley de Estatutos).

Artículo 1°

La presente Ley regirá las relaciones de empleo público entre los funcionarios y funcionarias públicos y las administraciones públicas nacionales, estadales y municipales, lo que comprende:

1. El sistema de dirección y de gestión de la función pública y la articulación de las carreras públicas

2. El sistema de administración de personal, el cual incluye la planificación de recursos humanos, procesos de reclutamiento, selección, ingreso, inducción, capacitación y desarrollo, planificación de las carreras, evaluación de méritos, ascensos, traslados, transferencias, valorización y clasificación de cargos, escalas de sueldos, permisos y licencias, régimen disciplinario y normas para el retiro.

Base constitucional.

Artículo 144 °

La ley establecerá el Estatuto de la función pública mediante normas sobre el ingreso, ascenso, traslado, suspensión y retiro de los funcionarios o funcionarias de la Administración Pública, y proveerá su incorporación a la seguridad social.

La ley determinará las funciones y requisitos que deben cumplir los funcionarios públicos y funcionarias públicas para ejercer sus cargos.

Tipo de funcionario público.

Artículo 19°

Los funcionarios o funcionarias de la Administración Pública serán de carrera o de libre nombramiento y remoción.

Serán funcionarios o funcionarias de carrera, quienes habiendo ganado el concurso público, superado el período de prueba y en virtud de nombramiento, presten servicios remunerado y con carácter permanente.

Serán funcionarios o funcionarias de libre nombramiento y remoción aquellos que son nombrados y removidos libremente de sus cargos sin otras limitaciones que las establecidas en esta Ley.

Ingreso a la carrera administrativa.

Artículo 43°

La persona seleccionada por concurso será nombrada en período de prueba. Su desempeño será evaluado dentro de un lapso que no exceda de tres meses. Superado el período de prueba, se procederá al ingreso como funcionario o funcionaria público de carrera al cargo para el cual concursó. De no superar el período de prueba, el nombramiento será revocado.

Procedimiento Funcionarial.

Artículo 92°

Los actos administrativos de carácter particular dictados en ejecución de esta Ley por los funcionarios o funcionarias

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