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DERECHO DE AUTOR


Enviado por   •  28 de Octubre de 2012  •  4.566 Palabras (19 Páginas)  •  512 Visitas

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DERECHO A LA PROPIEDAD INTELECTUAL

Semejanzas y diferencias entre Derecho de Autor y Copyright.

INDICE

Resumen

Introducción

1. Elementos Esenciales del Derecho de Autor

2. Obras protegidas por derecho de autor

3. Derecho de autor y copyright

4. La legislación cubana en materia de derecho de autor

5. Referencias bibliográficas

RESUMEN

Se exponen brevemente algunos aspectos que evidencian la importancia del conocimiento del derecho de autor para los profesionales de la información, a partir de elementos y conceptos esenciales de esta materia y su reflejo en otras legislaciones. Se compara al derecho de autor con el copyright.

INTRODUCCIÓN

El derecho de autor se remonta a la antigua Grecia y Roma. Se fundamenta más adelante con la invención de la imprenta, sin embargo, no es hasta el período del progreso revolucionario de las tecnologías de información que se plantea la necesidad de establecer nuevos acuerdos con vistas a lograr una protección adecuada, tanto de las obras registradas en los nuevos soportes como de las tradicionales.

Asimismo, la Federación Internacional de Asociaciones de Bibliotecarios y Bibliotecas (IFLA), la Federación Española de Sociedades de Archivística, Biblioteconomía y Documentación (FESABID) y otras sociedades similares, han realizado un llamado a todos los profesionales de la información, a que valoren la necesidad de conocer algunas cuestiones referentes al derecho de autor, porque una gran parte del material que ellos utilizan frecuentemente se encuentra protegido. Por estas razones, es necesario que los bibliotecarios dispongan de un conjunto de conocimientos básicos sobre el derecho de autor, pues ellos pueden contribuir significativamente a su protección.

1. ELEMENTOS ESENCIALES DEL DERECHO DE AUTOR

El derecho de autor, como parte de la propiedad intelectual, se reconoce con el fin de estimular la creatividad de los autores, colocar sus frutos a disposición del público y garantizar su desarrollo sobre la base de un sistema de leyes nacionales armonizadas. Este derecho nace con el propio acto de creación de la obra, con su exteriorización en una forma literaria, artística, científica y educacional; así ella goza de la protección legal aun cuando no se publique o divulgue.

El referido concepto se maneja con frecuencia e indistintantemente por diferentes autores, sin embargo, para todos, el autor es la persona física que con su actuar crea y da vida o carácter a algo que, hasta ese momento, no tenía razón de ser. Para el sistema anglosajón, un autor también puede ser una empresa, un empleado, entre ellos, un editor, un productor o un cinematógrafo.

El derecho de autor bajo el marco jurídico, se define como la rama que regula los derechos subjetivos del autor sobre las creaciones que presentan individualidad, resultantes de su actividad intelectual, que habitualmente son enunciadas como obras literarias, musicales, teatrales, científicas y audiovisuales . También a la hora de referir lo jurídico del derecho de autor, hay que tener en cuenta que es la cantidad fija o proporcional que el autor de una obra literaria percibe por su publicación, venta o ejecución son derechos transmisibles en vida del autor e integran su haber hereditario al morir, con duración limitada desde entonces, aunque variable según las diversas legislaciones.

"Se considera generalmente que es el derecho exclusivo concedido por la ley al autor de una obra para divulgarla como su creación propia, para reproducirla y transmitirla (distribuirla) o comunicarla al publico de cualquier manera o por cualquier medio, así como para autorizar a otros a que la utilicen de maneras definidas. La mayoría de las legislaciones de derecho de autor distinguen entre derechos patrimoniales y derechos morales que juntos constituyen el derecho de autor. Por lo general, la legislación impone ciertas limitaciones en cuanto a la clase de obras que pueden ser acreedoras de la protección y en cuanto al ejercicio de los derechos de los autores incluidos en el derecho de autor el conjunto de normas legales que determinan la situación jurídica de un autor con respecto a sus obras

Los derechos de autor comprenden en materia de obra literaria y artística un doble orden de facultades: primero, facultades de carácter personal (el llamado derecho moral) que consiste en los derechos que tiene el autor de crear, de ser reconocido en la paternidad de la obra y de hacer respetar la integridad de su pensamiento y segundo, facultades de carácter pecuniario, que aseguran el aprovechamiento económico de la obra (facultad de explotar y disponer de una obra literaria, científica o artística reconocida por la ley a su autor ).

En tal sentido, el derecho de autor regula los derechos subjetivos del autor sobre las creaciones que presentan individualidad, resultante de su actividad intelectual, él alude a las facultades exclusivas que posee el autor con respecto a su obra, tanto de carácter personal como patrimonial.

Se considera de carácter personal por permitir al autor ciertas acciones para conservar el vínculo entre él y su obra, con el objetivo de garantizar los intereses que conforman el derecho moral el cual proporciona al autor el derecho a:

• Divulgar su obra o a mantenerla reservada en la esfera de su intimidad.

Es la potestad que tiene el autor a decidir si pondrá la obra a disposición del público o si la mantendrá reservada en su intimidad.

• Reconocer la paternidad intelectual sobre su obra. Es la condición que adquiere el autor de ser el realizador de la obra y a que el nombre del autor y el título de la obra se citen en relación con la utilización o explotación de la obra.

• Respeto

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