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Derecho De Autor


Enviado por   •  28 de Noviembre de 2012  •  1.803 Palabras (8 Páginas)  •  322 Visitas

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Derecho de autor

El derecho de autor es un conjunto de normas jurídicas y principios que regulan los derechos morales y patrimoniales que la ley concede a los autores (los derechos de autor), por el solo hecho de la creación de una obra literaria, artística, musical, científica o didáctica, esté publicada o inédita. Está reconocido como uno de los derechos humanos fundamentales en la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

Los derechos de autor

El titular de los derechos de autor goza de derechos exclusivos respecto de:

• Reproducir la obra en copias o fonogramas.

• Preparar obras derivadas basadas en la obra.

• Distribuir copias o fonogramas de la obra al público vendiéndolas o haciendo otro tipo de transferencias de propiedad tales como alquilar, arrendar o prestar dichas copias.

• Presentar la obra públicamente, en el caso de obras literarias, musicales, dramáticas y coreográficas, pantomimas, películas y otras producciones audiovisuales.

• Mostrar la obra públicamente, en el caso de obras literarias, musicales, dramáticas coreográficas, pantomimas, obras pictóricas, gráficas y esculturales, incluyendo imágenes individuales de películas u otras producciones audiovisuales.

• En el caso de grabaciones sonoras, interpretar la obra públicamente a través de la transmisión audiodigital.

La protección del derecho de autor existe desde que la obra es creada de una forma fijada. El derecho de autor sobre una obra creada se convierte inmediatamente en propiedad del autor que creó dicha obra. Solo el autor o aquellos cuyos derechos derivan del autor pueden reclamar propiedad.

Los autores de una obra colectiva son co-dueños del derecho de autor de dicha obra a menos que haya un acuerdo que indique lo contrario.

El derecho de autor de cada contribución individual de una publicación periódica o en serie, o cualquier otra obra colectiva, existen a parte del derecho de autor de una obra colectiva en su totalidad y están conferidos inicialmente al autor de cada contribución. La mera posesión de un libro, manuscrito, pintura o cualquier otra copia o fonograma le otorga al dueño el derecho de autor.

Los menores de edad pueden reclamar derecho de autor, pero las leyes específicas pueden reglamentar cualquier transacción relacionada con este tema donde ellos sean parte.

Clases de derechos de autor

Dentro de la tradición jurídica del Derecho continental, Derecho internacional, y Derecho mercantil, se suelen distinguir los siguientes tipos de derechos de autor:

• Derechos patrimoniales: son aquellos que permiten de manera exclusiva la explotación de la obra hasta un plazo contado a partir de la muerte del último de los autores, posteriormente pasan a formar parte del dominio público pudiendo cualquier persona explotar la obra.

• Derechos morales: son aquellos ligados al autor de manera permanente y son irrenunciables e imprescriptibles.

• Derechos conexos: son aquellos que protegen a personas distintas al autor, como pueden ser los artistas, intérpretes, traductores, editores, productores, etc.

• Derechos de reproducción: es un fundamento legal que permite al autor de la obra impedir a terceros efectuar copias o reproducciones de sus obras.

• Derecho de comunicación pública: derecho en virtud del cual el autor o cualquier otro titular de los derechos puede autorizar una representación o ejecución viva o en directo de su obra, como la representación de una pieza teatral o la ejecución de una sinfonía por una orquesta en una sala de concierto. Cuando los fonogramas se difunden por medio de un equipo amplificador en un lugar público, como una discoteca, un avión o un centro comercial, también están sujetos a este derecho.

• Derechos de traducción: para reproducir y publicar una obra traducida se debe solicitar un permiso del titular de la obra en el idioma original.

Regulación del derecho de autor

México

Según la Ley Federal del Derecho de Autor (23 de julio de 2003),27 los derechos patrimoniales de autor están vigentes durante toda la vida del autor más 100 años tras el final del año de la muerte del autor más joven o de la fecha de publicación en caso de los gobiernos federal, estatal o municipal. Existen dos excepciones a esta regla:

• 1.- Las obras que ingresaron al dominio público antes del 23 de julio de 2003.

• 2.- Las obras que por su naturaleza, están protegidas por una reserva de derechos.

En general, esto significaría que obras creadas por alguien fallecido antes del 23 de julio de 1928 (75 años antes), debido a que un decreto que modificó diversas leyes relacionadas con el Tratado de Libre Comercio de América del Norte estableció los derechos por 75 años.28 Sin embargo, una ley anterior establecía que la protección era de 50 años por lo que las obras de autores fallecidos antes del 1 de enero de 1944 ya estaban en dominio público29 en 1994 e incluso en 2003.

La legislación mexicana reconoce y protege tres tipos de derechos: derechos patrimoniales, derechos morales y derechos conexos.

Objeto del derecho de autor

El artículo octavo de la Ley de Propiedad Intelectual vigente en el país, señala como objeto del Derecho de autor, "las obras del ingenio, en el ámbito literario o artístico, cualquiera que sea su género, forma de expresión, mérito o finalidad."23

El artículo referido desarrolla además la independencia sobre el soporte material que incorpora la obra, porque son niveles distintos de la obra en sí misma (diferencia tradicional entre corpus mysticum y corpus mechanicum). Finalmente, recoge un principio fundamental en materia de Derecho de Autor, esto es, que el goce o ejercicio de estos derechos, no están supeditados al requisito del registro o al cumplimiento de cualquier otra formalidad.

El mismo artículo octavo recoge una lista ejemplificativa de las obras protegidas por el derecho de autor, las cuales se pueden resumir en "toda creación intelectual original, susceptible de ser divulgada o reproducida en cualquier forma, conocida o por conocerse".23 El artículo noveno reconoce, adicionalmente, derechos sobre las obras derivadas de una obra originaria,

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