DERECHO DE LAS PERSONAS
alevale708 de Junio de 2014
642 Palabras (3 Páginas)256 Visitas
"DERECHO DE LAS PERSONAS”
DEFINICIÓN ETIMOLÓGICA Y REAL DE PERSONA
La palabra persona se empezó a usar con la interpretación actual, desde la época romana, ya que antiguamente a los entes de razón se les denominaba genéricamente hombres, pero es en Roma en donde tomando en cuenta que un mismo individuo puede considerársele de diversas maneras, según el lugar y época en que se le estudie, de tal manera corresponderá a esa época o lugar diversos derechos u obligaciones, por esa razón y teniendo en cuenta que en los teatros de Roma, como en Grecia, cuyas representaciones se hacían al aire libre y en virtud de que en tales lugares un mismo individuo podía representar varios papeles, con tal de que se pusiera una máscara distinta, pero esa máscara que usaba el personaje teatral tenía una laminilla a la altura de la boca, que servía para aumentar el tono de la voz y precisamente a esa máscara se llamaba PERSONA, palabra que deriva de PER = PARA y del verbo latino SONARE que quiere decir SONAR, consecuentemente por un fenómeno de lenguaje de traslación, a los entes de razón, es decir, a los hombres , también se les llama PERSONA, de tal manera que etimológicamente PERSONA quiere decir REPRESENTACIÓN; y por eso los antiguos tratadistas de derecho procesal, para indicar con qué representación se ostentaba una persona en juicio le llaman PERSONA, pero nuestras legislaciones modernas, incluyendo nuestro Código Civil, jurídicamente define a la persona como: "el ser sujeto capaz de derechos y obligaciones".
CONCEPTO DE PERSONA.- En el ámbito del derecho, una persona es todo ente que por sus características está habilitado para tener derechos y asumir obligaciones, por eso se habla de distintos tipos de personas, personas físicas, como se define a los seres humanos y personas de existencia ideal o jurídica y eso son los grupos donde se agrupan las corporaciones, las sociedades, el estado, las organizaciones sociales.
CONCEPTO DE PERSONALIDAD. - La personalidad se concibe como la confluencia de una serie de derechos innatos, derivados de la misma naturaleza del hombre, entre los que se encuentra el ser posible titular de derechos y obligaciones civiles.
CONCEPTO DE CAPACIDAD.- La capacidad es la aptitud para adquirir derechos y contraer obligaciones. Se clasifica en capacidad de goce y capacidad de ejercicio.
ARTÍCULO 2.- La capacidad jurídica es igual para el hombre y la mujer; en consecuencia, la mujer no queda sometida, por razón de su sexo, a restricción alguna en la adquisición y ejercicio de sus derechos civiles.
CONCEPTO DE LEGITIMACIÓN.- Aptitud reconocida por la ley en una determinada persona para que pueda ser parte de un contrato determinado.
CONCEPTO DE PERSONA FÍSICA. - Es el ser humano hombre o mujer sujeto de derecho y obligaciones desde su nacimiento hasta su muerte. Y tienen los siguientes atributos 1.- Capacidad; 2.- Estado civil; 3.- Patrimonio; 4.-Nombre; 5.- Domicilio, 6.-Nacionalidad.
ARTÍCULO 22.- La capacidad jurídica de las personas físicas se adquiere por el nacimiento y se pierde por la muerte; pero desde el momento en que un individuo es concebido, entra bajo la protección de la Ley y se le tiene por nacido para los efectos declarados en el presente código civil para el estado de baja california.
ARTÍCULO 23.- La menor edad, el estado de interdicción y las demás incapacidades establecidas por la Ley, son restricciones a la personalidad jurídica; pero los incapaces pueden ejercitar sus derechos o contraer obligaciones por medio de sus representantes.
ARTÍCULO 24.- El mayor de edad tiene la facultad de disponer libremente de su persona y de sus bienes, salvo las limitaciones que establece la Ley.
...