DERECHO DIPLOMATICO Y CONSULAR BOLIVIA
THEJOKER292Tarea3 de Abril de 2016
4.283 Palabras (18 Páginas)587 Visitas
DERECHO DIPLOMATICO Y CONSULAR
CAPITULO XIII
LA DIPLOMACIA MULTILATERAL
1. DE UN CONCEPTO DE DIPLOMACIA MULTILATERAL
R. “Es la forma de expresión de la diplomacia referida, por contraposición, a la diplomacia bilateral, a las relaciones entre más de dos Estados”. Puede adoptar tanto un carácter permanente como temporal; la primera es la forma de actividad diplomática realizada por medio y a través de las organizaciones internacionales, mientras que la segunda, se lleva a cabo a través de congresos y conferencias internacionales.
2. ¿CUALES SON LAS CARACTERISTICAS DE LA DIPLOMACIA MULTILATERAL?
R.
3. DE UN CONCEPTO DE ORGANIZACIONES INTERNACIONALES
R. Según el Diccionario Internacional Iberoamericano es una “Entidad con personalidad jurídica creada por varios Estados en virtud de un Tratado Multilateral (Tratado Constitutivo), con el objetivo de realizar conjuntamente fines específicos para los que es creada”.
4. DE UNA DEFINICIÓN DE CONFERENCIA INTERNACIONAL
R. “Toda reunión de representantes de diferentes Estados u organizaciones internacionales que discuten un problema y tratan, a través de la negociación, de encontrar solución a un punto controvertido”.
5. EN TERMINOS DIPLOMATICOS QUE ES UN SECRETARIO GENERAL
R. El más alto funcionario administrativo de una organización internacional.
CAPITULO XIV
LAS ESCUELAS DIPLOMATICAS
1. ¿CUAL ES EL CONCEPTO DE ESCUELAS DIPLOMATICAS?
R. “Se conocen como instituciones docentes que, en todo país que tiene una carrera diplomática institucionalizada, tienen la función de la preparación de recursos humanos calificados para sus correspondientes servicios exteriores”.
2. ¿CUALES SON LOS OBJETIVOS DE LAS ESCUELAS DIPLOMATICAS?
R. Las escuelas como objetivos básicos tienen:
- “La responsabilidad de formar, actualizar y especializar a quienes ingresan al servicio exterior, es decir, que ésta debe ser la puerta de formación para el ejercicio de la carrera diplomática, así como también la actualización del aprendizaje en estos temas. Es decir, proporcionarle los medios para que sigan formándose a través del tiempo”.
- El objetivo de las escuelas y las reuniones de directores es impulsar el intercambio de experiencias en el campo de la formación diplomática, mediante la presentación de los programas académicos de las diferentes instituciones participantes. Por otra parte, este foro permite el diálogo sobre los asuntos internacionales anotados de la agenda internacional actual.
En el continente americano, se ha institucionalizado la “Reunión de Directores de Academias Diplomáticas Iberoamericanas” y la “Reunión de Directores de América Latina”.
En base al Estatuto que se dio y aprobó en las Reuniones de SANTIAGO DE CHILE Y DE ASUNCION DE PARAGUAY se establece de los fines y propósitos los siguientes puntos principales:
a) Coadyuvar a la formación de cuadros diplomáticos especializados en el conocimiento de la región iberoamericana.
b) Profundizar en el conocimiento mutuo, para poder establecer mayor cooperación intra regional
c) Contribuir al intercambio entre las academias diplomáticas iberoamericanas
d) Promover la cooperación para la investigación y difusión de los proyectos intra regionales de integración.
e) Contribuir al fortalecimiento de las academias diplomáticas iberoamericanas, manteniendo las particularidades de cada una de ellas y aprovechándolas como plataforma de acción.
3. ¿QUE NOMBRE TIENE LA ACADEMIA DIPLOMATICA BOLIVIA Y EN QUE LEY ENCONTRO ASIDERO LEGAL?
R. Si bien ya existió, con algunas interrupciones a partir de 1974, con los nombres: INSTITUTO DIPLOMATICO “ANTONIO QUIJARRO”, ACADEMIA DIPLOMATICA “ANTONIO QUIJARRO, es a partir de la promulgación de la LEY 1444 del SERVICIO EXTERIOR DE BOLIVIA DE 1993 que le dio asidero legal y se cambia definitivamente el nombre a: “ACADEMIA DIPLOMATICA BOLIVIANA RAFAEL BUSTILLO”
4. LA LEY No. 1444 ¿QUE EXIGE PARA EL SERVICIO DE RELACIONES EXTERIORES?
R. La nueva Ley, en su capítulo 3, Artículo 4 dice textualmente: que la Academia Diplomática es “dependiente del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, la Academia Diplomática Rafael Bustillo es el centro de estudios destinados a la formación y a la actualización de profesionales diplomáticos nacionales, su planificación o seguimiento será efectuado en evaluación con el sistema universitario boliviano u otras entidades académicas; admitirá a postulantes que provengan de los nueve departamentos de la República y se regirá por un reglamento especial”
El Art. 15.1 respecto al ingreso al servicio de relaciones exteriores exige que los postulantes posean título profesional a nivel de licenciatura en PROVISIÓN NACIONAL o convalidado de Universidad extranjera reconocida, hayan obtenido el Certificado de Egreso de la Academia Diplomática “RAFAEL BUSTILLO”, o posean título profesional a nivel de licenciatura, en el campo de las Relaciones Internacionales, debidamente convalidado por la Universidad Boliviana.
En ambos casos, su ingreso se hará efectivo a nivel de Tercer Secretario mediante examen de competencia, de acuerdo a las vacancias que se produzcan en el escalafón diplomático nacional, las que deberán ser hechas públicas anualmente.
5. ¿CUALES SON LAS CUALIDADES ADQUIRIDAS QUE DEBE TENER EL DIPLOMÁTICO?
R. Además de los atributos humanos básicos a los que nos hemos referido hay otras cualidades personales que el diplomático, si no las tuviera, deberá hacer todo lo posible para adquirirlas, estas son: LA LEALTAD, LA SOCIALBILIDAD, LA ADAPTABILIDAD AL MEDIO, LA HABILIDAD PARA NEGOCIAR, ESPIRITU DE OBSERVACIÓN, FACILIDAD DE REDACCIÓN Y DE EXPRESION ORAL, SENSIBILIDAD POLITICA, CONOCIMIENTO DE IDIOMAS, INQUIETUD INTELECTUAL Y PUNTUALIDAD, aspectos en los que todos los autores están de acuerdo.
CAPITULO XV
OTRAS MODALIDADES DE DIPLOMACIA
1. ¿A QUE SE REFIERE LA DIPLOMACIA DE ALTO NIVEL O DIPLOMACIA DIRECTA?
R. Es la forma cada vez más frecuente de las Relaciones Internacionales, “DIPLOMACIA DIRECTA”, significa la participación personal directa de los Jefes de Estado o de Gobierno y Ministros de Relaciones Exteriores para plantear o solucionar asuntos relevantes, que otrora hubiera sido normal su tratamiento, a través de las misiones diplomáticas respectivas.
Cuando se presenta esta situación, estas se limitan a preparar previamente el ambiente adecuado y la subsiguiente gestión de los resultados. La diplomacia de alto nivel también se considera para los casos de los contactos directos entre los Ministros de Relaciones Exteriores o de otros Secretarios de Estado y sus homólogos correspondientes del otro Estado.
Con estas aclaraciones, podemos decir: “DIPLOMACIA DE ALTO NIVEL” es una modalidad de la diplomacia que no es totalmente nueva, pero, hoy en día es más intensa y frecuente, debido al gran progreso alcanzado actualmente por los medios de transporte y, especialmente, por las transformaciones económicas y políticas mundiales de fines de siglo, que han obligado a readecuar las instituciones y mecanismos internacionales, frente a los requerimientos del orden internacional emergente. Por ello en la actualidad, se han hecho más frecuentes las reuniones “directas” de Jefes de Estado o de Gobierno y de Ministros de Relaciones Exteriores.
2. ¿QUE SE ENTIENDE POR CUMBRE?
R. Se denomina “CUMBRE” la reunión de dos o más Jefes de Estado o de Gobierno, con el objeto de intercambiar puntos de vista sobre la situación internacional, pero rara vez estas reuniones dan lugar a la firma de un Tratado Internacional, suele concluir con la publicación de una “DECLARACIÓN” o “COMUNICADO CONJUNTO”.
3. EN TERMINOS DIPLOMATICOS ¿QUE SIGNIFICA AD – HOC?
R. El termino AD – HOC se utiliza, a veces, para denominar las diferentes formas de la diplomacia bilateral de carácter temporal. Este término fue utilizado por primera vez por la Comision de Derecho Internacional y en los debates de la Comisión de la Asamblea General de las Naciones Unidas. Hoy en día al multiplicarse las relaciones internacionales ha surgido esta diplomacia “especial” que abarca una infinidad de personas.
4. MENCIONES LAS CATEGORIAS DE DIPLOMACIA AD – HOC
R. Según CAHIER, dada la diversidad de posibles supuestos, menciona tres categorías, advirtiendo que la clasificación será necesariamente arbitraria, estas son:
- La primera, la integran quienes se ocupan de las oficinas temporales, que un Estado puede crear en otro Estado, por motivos diversos, ejemplo: oficina comercial, para la preparación de una exposición internacional, oficina cultural, etc.
- La segunda, constituye las misiones especiales integradas por personas designadas para representar a un Estado en ceremonias o para negociar un Tratado.
- La tercera categoría, es la de los funcionarios que pertenecen a un órgano cualquiera de la administración de un Estado.
La COMISION DE DERECHO INTERNACIONAL distingue tres categorías de la diplomacia AD – HOC:
- Primero: Los “DELEGADOS EN CONFERENCIAS INTERNACIONALES”.
- Segundo: Los “ENVIADOS ITINERANTES”
- Tercera: Las “MISIONES ESPECIALES”, que agrupa a todos los demás supuestos.
CAPITULO XVI
PRIVILEGIOS E INMUNIDADES, LA INVIOLABILIDAD
1. ¿QUE PRIVILEGIOS E INMUNIDADES
...