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DERECHO EN EL TRABAJO


Enviado por   •  20 de Diciembre de 2013  •  18.956 Palabras (76 Páginas)  •  153 Visitas

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1.1 IMPORTANCIA DEL DERECHO EN EL TRABAJO

Individualismo y liberalismo no son términos sinónimos, si bien no siempre se fija con nitidez su diferencia: el primero pertenece a una concepción filosófica de la sociedad y del hombre, mientras el segundo, que posee dos acepciones: liberalismo político y liberalismo económico, se refiere a una actitud del estado y a una manera de enfocar los problemas económicos.

El individualismo, cuyos orígenes se hacen remontar a los sofistas de la antigua Hélade, encuentra en el pensamiento renacentista de la Edad moderna su más firme antepasado y se eleva en el Siglo de las luces a una idea-guía para determinar la estructura y actividad del estado y proporcionar las bases de la doctrina del derecho natural y de los derechos del hombre, finalidad suprema de las instituciones políticas y jurídicas.

La humanidad debe a Rousseau, el magnífico ginebrino autor del Discurso sobre el origen y los fundamentos de la desigualdad entre los hombres y del Contrato social, la concepción política y jurídica del individualismo: los hombres son por naturaleza libres e iguales, no obstante lo cual, al nacer son envueltos por las cadenas de la sociedad. Hubo una época en la historia en la que los hombres vivieron en estado de naturaleza, de acuerdo con los principios de la idéntica libertad de todos y de la igualdad natural de los derechos, una época en la que no existía ningún poder sobre ellos y en la que se desconocía el dominio del hombre sobre el hombre. De esta concepción individualista extrajeron los representantes del pueblo ante la Asamblea Nacional de Francia de 1789 la idea de los derechos naturales del hombre: cada ser humano posee, por el solo hecho de serlo, un conjunto de derechos eternos e inmutables, por lo tanto, inalienables e imprescriptibles, que toman su fundamento en la naturaleza del hombre y de los que ningún ser humano puede ser despojado. La vida conforme a la naturaleza, el estado de naturaleza, como generalmente se la llama, desapareció, según la explicación del Discurso, con la creación de la propiedad privada, pues en el instante en que un hombre acotó un coto y dijo: esto es mío, y excluyó de su uso a los demás, se perdieron la libertad y la igualdad. Si esta es la realidad dentro de la que viven los hombres, es preciso, enseña Rousseau, encontrar una forma de sociedad en la cual el hombre, entregándose a todos, no se entregue en realidad a nadie, y permanezca tan libre como antes, tan libre como lo es de acuerdo con su naturaleza.

Rousseau fue un pensador contradictorio y en el Contrato social ya no insistió en su crítica a la propiedad privada. En cambio, los maestros defensores del derecho natural, Locke y Pufendorf entre otros, colocaron al derecho de propiedad como uno de los derechos naturales del hombre. De ahí que en el artículo segundo de la Declaración de 1789 se hablara de ese derecho en segundo lugar, y que en el artículo 24 de nuestro Decreto constitucional de Apatzingán se le colocara en el puesto tercero. De esa manera, las dos Declaraciones y todas las de Europa y América, elevaron la filosofía jurídica de la burguesía a la condición de los derechos naturales del hombre.

También la ciencia económica entró en la Revolución francesa, igual que lo haría Vallarta en la Asamblea Constituyente de 1857, en defensa de las necesidades y aspiraciones de la burguesía: los mercantilistas pugnaron por la libertad de industria y por la destrucción de las barreras que se oponían a su desarrollo. La riqueza de un país, decían, está en relación con el oro que posee, por lo tanto, hay que hacer afluir el metal al país, resultado que puede únicamente obtenerse con una balanza comercial activa, esto es, es preciso cambiar el mayor número posible de mercancías por el oro extranjero, cambio que exige el incremento de la producción. Los primeros grandes precursores de la economía moderna fueron los fisiócratas: existe un orden natural universal que abarca lo mismo la vida animal que la económico-social; ha sido establecido por la providencia divina y consiste en un conjunto de leyes naturales; ellas harán la felicidad de los hombres, por lo que nada ni nadie puede impedir su libre juego. Por lo tanto, apartamiento de las limitaciones a la manufactura y de las restricciones de la libertad de trabajo; la vida económica de los pueblos y su progreso no consienten reglamentación alguna, por lo que la ley jurídica no ha de tener más finalidad que vigilar el respeto al orden natural: laisser-faire, laisser-passer, es la fórmula que legaron los fisiócratas.

Adam Smith es considerado el fundador de la ciencia económica liberal, a la que se conoce con el nombre de Escuela económica liberal. Tres corrientes influyeron principalmente sobre su pensamiento: La Fisiocracia, las ideas de David Hume y las doctrinas del derecho natural. De la primera tomó el principio del orden natural, despojándolo del carácter providencial que le atribuían los fisiócratas; del segundo, la moral utilitaria y consiguientemente, la idea de que la utilidad es el motor fundamental e las acciones humanas y la única capaz de realizar el orden natural; y de la tercera, la idea de la libertad como un derecho natural del hombre.

El Liberalismo político, constitutivo del sistema individualista y liberal burgués, tuvo una finalidad única: garantizar a la burguesía los principios del derecho natural y de la economía liberal. Si los hombres son por naturaleza iguales los unos a los otros y libres, deben continuar siéndolo, a fin de que cada uno busque libremente, sin ninguna interferencia, su bienestar y su felicidad, sin más limitaciones que el respeto a la idéntica libertad de los demás. En una sociedad así, la misión del estado y del derecho puede únicamente consistir en la garantía de la coexistencia de las libertades. Guillermo de Humboldt acuño una frase perfecta para aquel sistema: la mayor cantidad posible de libertad y la menor cantidad posible de estado y de derecho.

1.2 DESARROLLO HISTÓRICO DE LA RELACIONES LABORALES EN MÉXICO

LA DECLARACIÓN DE DERECHOS SOCIALES DE 1917.

Nació nuestra Declaración de derechos sociales, fuente del derecho agrario y del derecho del trabajo, como un grito de rebeldía del hombre que sufría injusticia en el campo, en las minas, en las fábricas y en el taller. Fue el mismo grito de la Guerra de Independencia, el que resonó también en los campos de batalla de la Guerra de Reforma. Brotó de la tragedia y del dolor de un pueblo y fue creación natural, genuina y propia del mexicano, del hombre que venía de ofrendar su vida en el combate de la revolución.

Antes de esos años solamente existía el derecho civil:

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