ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

DERECHO PENAL VIOLACION

theday8 de Noviembre de 2012

530 Palabras (3 Páginas)684 Visitas

Página 1 de 3

VIOLACION

NOCION LEGAL:

Art. 246.- Al que por medio de la violencia física o moral tenga cópula con una persona sin la voluntad de ésta, sea cual fuere su sexo, se le impondrá prisión de ocho a catorce años y multa de ciento cincuenta a quinientas veces el salario.

Para los efectos de este artículo, se entiende por cópula, la introducción del miembro viril en el cuerpo de la victima por vía vaginal, anal u oral, independientemente de su sexo.

Art. 247.- Se equipara a la violación, la cópula con persona menor de doce años de edad, aún cuando se hubiere obtenido su consentimiento, sea cual fuere su sexo; con persona privada de razón o sentido, o cuando por enfermedad o cualquiera otra causa no pudiere resistir. En tales casos la pena será de nueve a dieciséis años y multa de ciento setenta y cinco a quinientos salarios.

Se equipara a la violación y se sancionara con la misma pena, al que introduzca por vía vaginal o anal, cualquier elemento o instrumento distinto del miembro viril por medio de la violencia física o moral, sea cual fuere el sexo del ofendido.

Art. 248.- Cuando la violencia fuera cometida con intervención directa o indirecta de dos personas, la prisión será de diez a veinte años y la multa de doscientas a quinientas veces el salario mínimo general vigente en la zona.

Art. 248 Bis.- Las personas previstas para el delito de abuso sexual y violación, se aumentarán hasta en una mitad en su mínimo y máximo, cuando:

I.- El delito fuere cometido por un pariente de la victima sin limitación de grado en línea recta ascendente o descendente, o hasta el cuarto grado en línea colateral; por el tutor contra su pupilo, por el padrastro o madrastra en contra del hijastro o hijastra, por el amante del padre o de la madre del ofendido, o por la persona que vive en concubinato con el padre o la madre del pasivo. En estos casos, además el culpable perderá todos los derechos familiares y hereditarios que le puedan corresponder por su vínculo con la victima;

II.- El hecho sea cometido por quien desempeñe un cargo o empleo público o ejerza una profesión utilizando los medios o las circunstancias que ellos les proporcione.

Además de la prisión, el condenado será destituido del cargo o empleo, o suspendido por el término de cinco años en el ejercicio profesional;

III.- El delito sea cometido por persona que tenga al ofendido bajo su custodia, tutela, guarda o educación, o que aproveche la confianza en él depositada, y

IV.- Tratándose del delito de violación, el hecho sea cometido por el cónyuge, concubina o concubino de la víctima.

El delito a que se refiere la fricción inmediata anterior, sólo se perseguirá por querella de la parte ofendida.

CLASIFICACION

La violación es un delito:

 Por la conducta: de acción.

 Por el numero de actos: unisubsistente o plurisubsistente.

 Por el resultado: material.

 Por su duración: instantáneo.

 Por el daño: de lesión o daño.

 Por el numero de actos: unisubjetivo o plurisubjetivo.

 Por su ordenación metodológica: básico o fundamental.

 Por su autonomía: autónomo y subordinado (violación equiparada y tumultaria).

 Por su formulación: de formulación casuística.

 Por su composición: normal.

 Por su formulación: formado alternativamente (tipo de medio empleado y sujetos).

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (3 Kb)
Leer 2 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com