DERECHO PROCESAL DERECHO PENAL ---- Norma juridica
dannybonillaApuntes4 de Diciembre de 2019
4.734 Palabras (19 Páginas)217 Visitas
DERECHO PROCESAL
DERECHO PENAL ---- Norma juridica [pic 1]
- Delito--- Supuesto
- Pena---------------------- restriccion o privacion---- delito---- procedimiento y dictado por un juez (autoridad jurisdiccional). es invasiva, lastima derechos fundamentales de forma fundamentales. [pic 2]
- Medida de seguridad--- consecuencia. Derecho penal de autor. Tratamiento que se le aplica a una persona por su peligrosidad criminal (la probabilidad de que cometa un delito) de manera posdelictual.
La peligrosidad predictual, precursor Cesar Lombroso.
1. Conducta
2. Tipica Injusto penal[pic 3]
3. Antijuridica
4. Culpable
Si una persona comete un delito sobrevendria una pena
- El poder punitivo tambien se le llama ius puniendi
Derecho penal cara objetiva,Toda norma legal que se refiere al delito
- Derecho penal cara Subjetiva, es el ius puniendi o poder punitivo (facultad del Estado lara dos cosas 1. Para crear normas juridicas penales. 2. Facultad que tiene el Estado para aplicar normas penales.
- El Estado es el unico que puede aplicar el ius puniendi.
- Criminologia critica, abolocionista el sistema penal empeora, la forma de resolver es la autocomposicion, es decir resolver los propios problemas sin intervencion del Estado. Con mediaciones, conciliaciones.
Moderados, reduccionista el d. Penal.
Luigi Ferralloli libro. Mayer
- Pocurar que el culpable no quede impune
- Reparacion del daño
Inquisitivo
- Era secreto
- Escrito
- El sujeto que investigaba, era quien acusaba. Mayer "el que tiene al juez como acusador, necesita a Dios como defensor".
- El imputado es objetóo no sujeto.
- La confesion como reina de pruebas.
- Prueba tasada, la falta de inmediacion probatoria.
México teniamos un modelo mixto, el juicio no era mas que revisar el expediente.
Modelo acusatorio, ahora si existe una separacion entre acusar y el de investigación. El juez no puede ordenar una investigacion.
La prueba de oficio, ej. La tortura por que la jurisprudencia lo dice.
La prueba de oficio va en contra del principio acusatorio
Acto averiguatorio
PRINCIPIO
- Acusatorio
- Publicidad
- Inmediacion
- Continuidad
- Contradiccion
- Concentracion
- Oralidad
- Igualdad
La oralidas permite los demas principios
El procedimiento debe ir conforme a estos principios
Precedimiento es el genero
El proceso es la especie
Organo jurisdiccional | |
MP | Defensor |
A.j | Imputado |
Victima/ofendido | |
Policia | |
Siempre estan presente, en algunos se utilizan de mayor o menor
Los principios permean,
Art.20 constitucional. El constituyente mexicano, 2008,
Codigo nacional de procedimientos penales.
Organo jurisdiccional: 1. Juez de enjuiciamiento (unitario y colegiado).
Actores:
- Peritos
- Consultores técnicos
- Facilitador
28.Sep.2019
Sujetos procesales
- El tribunal
- El ministerio publico*
- La policia
- El imputado*
- El defensor*
- La victima*
- El asesor de la victima*
- Autoridad supervisora
*intervinientes
Art. 20 const. Es acusatorio y oral
Las caracteristicas generaban el caracter de acusatorio penal son los principios
- Oralidad: uso de la palabra hablada para comunicar las
- Inmediacion
- Publicidad
- Contradiccion
- Igualdad
- Continuidad
- Concentracion
Cualquier violacion estos principios hace nulo el juicio
ORALIDAD
IGUALDAD: la oportunidad que tiene de tener las mismas cargas y mismas contradicciones
CONTRADICCIONES: Las partes pueden refutar cualqukef parte
CONCENTRACION: Una audiencia sea versatil
PUBLICIDAD: los ojos de la colectividad en aras que se haga transparente.
INMEDIACION: Probatoria, solo va a resolver de la fuente.
ACUSATORIO:Implicaba que deberia existir una sepracion rigida entre acusar
SUJETOS
El policia: se puede ser investigacion (si se es el primer correspondiente)
Defensor: Abogado de la victima u ofendido, una estructura alterna, es un asesor victimal, solo quien lo pide.
Autoridad supervisora: se encuentra en el tribunal de justicia, investigación de riesgos procesales, supervisar el procedimiento.
Es un gran reto que se cumpla
El policia tambien puede indagar sobre la sustracción de la justicia
El juez valora sobre la sana critica
Victima u ofendido: afectada directa de un delito
Victima: objeto pasivo
Ofendido:
1. Ante la ausencia de la victima: Por que se murio, se encuentra desaparecido,
Consaguinidad en linea recta
Parentesco por afinidad
Sujeto pasivo del delito:cuando el bien juridico implicado es transferible, de manera del cual ese bien lo pueda poseer una persona pero el dueño es otro.
PRINCIPIOS SOBRE LA PRUEBA
LIBERTAD PROBATORIA: los hechos planteados se puede probar por cualquier medio
Pueden probarse todos los hechos y lor cualquier medio ilicito.
PRINCIPIO PROBATORIOS
Principios que rigen la prueba penal,
Las partes son libres de probar por cualquier medio sea licito
Linea delgada entre el medio ideone y prueba tasada
Prueba ideonea para
LICITUD Y LEGALIDAD DE LA PRUEBA
Los elementos de prueba tienen valor solo si son licitos y si se incorporan correctamente.
Principio de la regularidad de ,a prueba: la prueba es regular usado en su obstencion y desahogo se hace a traves del rito procesal ideoneo. Ej. Prueba documental no sea autenticadas.
La falta de estos requisitos
La falta de defensa no vulnera la defensa de derechos humanos, si lo extiendes a derechos humanos todos los procesos de derechos humanos.
No puede ser prueba ilicita la falta de un defensor
No son requisitos de ilicitud,
Ilicitud de la prueba o la falta de confiabilidad de la prueba?
La prueba es irrepetible
Requisitos de confidencialidad
LIBRE VALORACIÓN DE LA PRUEBA
El juez valora la prueba conforme a las reglas de la SANA CRÍTICA.
Conexión con la libertad probatoria,
El juez tiene libertad, no esta sometido al codigo.
El limites es la sana critica (El uso de los conocimientos cientificos y maxima experiencia)
Sana critica: "el juez es el libre
Reglas de la logica:
1. Principio de identidad: "todo objeto es identico a si mismo"
2. Principio de no contradicción: "una cosa no puede ser y no ser al mismo tiempo"
3. Principio de tecero excluido: "cuando dos juicios se oponen, uno debe ser verdaderoy el otro falso, excluyendo una tercera posibilidad que pueda establecer la verdad o falsedad
...