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DERECHO ROMANO

bety080519 de Diciembre de 2014

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HISTORIA DEL DERECHO ROMANO

INTRODUCCIÒN

Su historia puede ser dividida en tres periodos: monárquico, republicano e imperial. Durante el imperio tuvieron lugar grandes cambios en las instituciones especialmente desde el punto de vista político, esta época puede subdividirse en dos, de manera que la historia del Derecho romano quedaría comprendida dentro de los siguientes periodos histórico-políticos:

1. Monarquía.

2. República.

3. Principado o Diarquía.

4. Imperio Absoluto o Dominato.

Estas épocas corresponden a las distintas faces de evolución del derecho privado: La Monarquía y República al derecho pre-clásico, el Principado al derecho clásico y el Imperio Absoluto.

LA MONARQUÌA.

La época monárquica abarca desde la fundación de Roma hasta el año 243 de la era romana del 753 al 510 a.C.

Las circunstancias de la fundación de esta ciudad solo, a través de leyendas sabemos de los primeros habitantes de la Península Itálica.

Es un hecho que en ellas convivieron distintos pueblos: los latinos en el centro, los etruscos al norte y los sabinos al sur. La conjunción de estas tribus tiene como consecuencia el surgimiento de esta ciudad-estado que fue Roma.

La población de esta pequeña comunidad se agrupo políticamente en curias. Esta agrupación de carácter aristocrático se denomina gens, son la unión de varias familias extensas bajo la autoridad de un paterfamilias. Estos individuos dirigen la vida política, religiosa y social de Roma, son conocidos con el nombre de patricios y tienen una situación privilegiada en la ciudad. Por otro lado encontramos a los plebeyos, que constituye la gran masa de la población. Los más pobres, así como aquellos de origen extranjero. Los miembros de este grupo han sido denominados clientes. Existía por tanto una profunda desigualdad entre patricios y plebeyos. En este periodo el poder público estuvo integrado por tres elementos: el rey, los comicios y el senado.

LA REPÙBLICA.

Esta etapa de la historia romana queda comprendida entre los años 510 y 27 a.C. En esta etapa histórica es cuando Roma se convierte en una de las potencias más poderosas del mundo antiguo. Su triunfo definitivo sobre Cartago prácticamente transforma a los romanos en dueños del mar mediterráneo.

EL SENADO

Durante este periodo el senado adquiere una importancia considerable, esta capacitado para decidir los asuntos relacionados con la paz y la guerra. Los plebeyos, que habían estado excluidos del senado, finalmente son aceptados en el.

LOS COMICIOS

Básicamente, se reúnen y funcionan de modo semejante a la etapa anterior. Funcionaban sin la participación efectiva de los ciudadanos y estaban constituidos por treinta lictores que representaban a cada una de las curias.

LOS MAGISTRADOS

La figura del rey es sustituida por dos magistrados., esto es, altos funcionarios públicos, llamados cónsules, detentaban un poder muy amplio. Las magistraturas podían ser patricias o plebeyas. A su vez, las magistraturas podían ser ordinarias y extraordinarias.

I. EL PRINCIPADO O DIARQUIA

Esta etapa histórica se inicia con el advenimiento de Augusto al poder y finaliza con la proclamación de Diocleciano como emperador. Durante este periodo el poder supremo es compartido por el senado y el príncipe o emperador.

El emperador va concentrando el poder de legislar en la medida en que esta facultad le es paulatinamente cedida por el senado. Jurídicamente será esta época la época clásica del derecho. Sus fuentes formales siguen siendo las mismas del periodo anterior, a las que se suman las ya mencionadas constituciones imperiales.I

II. IMPERIO ABSOLUTO O DOMINATO

El periodo que conocemos con el nombre de Imperio Absoluto en el cual todos los poderes se concentran en manos del emperador, es una época de franca decadencia.

Durante todo el periodo se dieron incontables levantamientos y guerras civiles, asi como invasiones de los pueblos barbaros, a quienes resultaba cada vez mas difícil contener. Este imperio corresponde en cuanto a la historia del derecho se refiere, a la fase del derecho posclásico, que no es una fase creativa., los juristas de la época se dedican mas bien a ordenar y compilar la producción jurídica de las fases anteriores.

PERIODOS DE LA HISTORIA DEL DERECHO ROMANO

Parafraseando al autor contemporáneo, Fritz Schulz, podemos adaptar los periodos que el establece:

1. Periodo arcaico

2. Periodo helenístico

3. Periodo clásico

4. Periodo burocrático

He aquí la clasificación de los periodos para el estudio del derecho romano según el autor:

1. Derecho antiguo

2. Derecho clásico

3. Derecho posclásico

CONCEPTO DEL DERECHO

1. Ius y fas

Como una consecuencia lógica de la vida en sociedad nace la necesidad de crear normas comunes. Se entiende por derecho-ius- al conjunto de reglas que rigen las relaciones de los hombres dentro de la sociedad, este término se utiliza tanto para referirse al conjunto de normas como para aludir al facultamiento de conducta que la norma puede otorgar a un sujeto., esto es el derecho subjetivo.

Fas es el derecho sagrado, emanado de la divinidad., esto es la lex divina.

2. Iustita

Ulpiano define como la voluntad firme y constante de dar a cada quien lo suyo.

3. Praecepta iuris

Estos preceptos jurídicos los reducen a tres:

*Vivir honestamente (honeste vivere).

*No dañar a otro (alterum non laedere).

*Dar a cada quien lo suyo (suum cuique tribuere).

4. Iurisprudentia

También del término ius deriva el de jurisprudencia es decir, la ciencia y la práctica del derecho.

CLASIFICACION DEL DERECHO

Las instituciones de Justiniano nos dicen que el derecho puede ser clasificado o dividido en derecho público y derecho privado y que este, a su vez, consta de tres partes: de los preceptos del derecho natural, del derecho de gentes y del derecho civil.

1. Derecho publico y derecho privado.

2. Derecho natural, derecho de gentes y derecho civil.

3. Derecho civil y derecho honorario.

4. Derecho escrito y derecho no escrito.

LAS PERSONAS

NOCIÒN JURÌDICA DE PERSONA

En derecho, persona designa a todo ser capaz de tener derechos y obligaciones.

La palabra viene del verbo personare que en latín significa producir sonido., persona se denominaba la mascara, complementada con una especie de bocina con la finalidad de aumentar la voz, usado por los actores griegos y romanos. En el lenguaje jurídico sirvió para nombrar al sujeto del derecho, al titular de derechos y obligaciones. En el derecho romano la persona puede ser de dos clases: persona física y persona moral o jurídica.

En Roma no todo ser humano era considerado como persona. Para tener una personalidad completa era necesario reunir tres elementos o status., estos eran:

A. Status libertatis; ser libre y no esclavo

B. Status civitatis; ser ciudadano y no peregrino.

C. Status familiae; ser jefe de familia y no estar bajo ninguna potestad.

La personalidad comienza con el nacimiento y termina con la muerte; pero se llega a considerar que el producto concebido pero no nacido debería ser tomado en cuenta con el fin de garantizarle ciertos derechos que adquiriría con su nacimiento, creándose una ficción que consideraba al hijo concebido como si ya hubiera nacido siempre y cuando naciese con vida, esto tiene importancia sobre todo por cuestiones hereditarias.

A. Status libertatis.

La esclavitud (cervitus) es aquella institución jurídica por la cual un individuo se encontraba en calidad de una cosa perteneciente a otro, quien podía disponer libremente de el como si se tratara de cualquier objeto de su patrimonio.

El esclavo se caracteriza por tener una situación negativa en relación con el hombre libre; no es sujeto de derechos, sino un simple objeto. Se trata de seres humanos en un estado de degradación jurídica.

Esta degradación jurídica del esclavo se da aun en la época justinianea.

La esclavitud tiene su origen en las guerras; el vencedor tiene todos los derechos sobre el vencido.

Son dos las causas por las que se puede ser esclavo: por nacimiento o por circunstancias posteriores al nacimiento.

B. Status civitatis.

Todo aquel que no fuera esclavo seria libre; sin embargo existían diferencias muy importantes entre las personas libres, ya que estas podían no tener la ciudadanía romana.

El ciudadano romano gozaba de todas las prerrogativas establecidas en las distintas del derecho civil, tanto en el orden privado como en el público.

En lo concerniente al derecho privado gozaba del conubium y del commercium.

En lo referente al orden público, el ciudadano romano tenía el:

*Ius suffragii o derecho de votar en los comicios, o

*Ius honorum o derecho de desempeñar cualquier función pública o religiosa.

El nombre

En Roma toda persona tenía derecho a utilizar un nombre a efectos de determinar quien era y para indicar de donde provenía. Con el objeto de distinguir ingenuos y libertinos.

Por lo que concierne a los ingenuos el nombre del ciudadano estaba compuesto por tres elementos, tria nomina- que eran los siguientes: el nombre propio, el nombre de la gens a la que pertenecía y el apellido.

Por lo que toca a los libertinos, estos llevaban el nombre

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