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Derecho Romano


Enviado por   •  10 de Diciembre de 2014  •  1.200 Palabras (5 Páginas)  •  210 Visitas

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DEFINICION DE DERECHO ROMANO:

El derecho romano es el conjunto de los principios de derecho que han regido la sociedad romana en las diversas épocas de su existencia, y a todos aquellos instalados en distintos sectores de su Imperio, desde su origen hasta la muerte del emperador Justiniano. El Derecho Romano, es una materia fundamental para la formación del jurista moderno, ya que trae las sabias enseñanzas del Derecho de la Roma clásicacon posterioridad, de aquellos instalados en distintos sectores de su Imperio,.

Si bien la expresión «Derecho romano» hace referencia fundamentalmente al derecho privado, lo cierto es que otros aspectos, tales como el derecho penal, el público, el administrativo, caben dentro de la denominación.

CONCEPTO DE IUS:

El término Ius es la palabra en latín que hace referencia al Derecho.Es llamado así por derivar de justicia, pues, como define Juvencio Celso.encontramos la definición del ius de Juvencio Celso, como arte o técnica de lo bueno y lo justo. Ius significa "lo justo" según las concepciones sociales y las decisiones de los expertos de justicia.

Ius = Derecho objetivo. Conjunto de normas que constituyen un ordenamiento jurídico (Derecho positivo).

Ius = Derecho subjetivo. Derecho o acción jurisdiccional de una persona a exigirle a otra que de, haga o deje de hacer algo (Derecho personal). En Roma no se hablaba de "tener" derechos, sino de acciones para exigirlos.

DEFINICION DE FAS:

(derecho y religion) En el Derecho romano se entendía por fas el Derecho de los dioses, es decir, lo permitido y manifestado por la divinidad. El fas era dado por los sacerdotes y se contraponía, como Derecho divino, al Derecho humano o Ius. Fas es el derecho religioso o sagrado emanado de la divinidad. A las normas de origen divino las denominamos FAS. Ius es la obra de los hombres.

DEFINICION DE IUS CIVILE:

En el derecho Romano, el Ius civile, era el conjunto de reglas que regularon las relaciones entre todos los ciudadanos romanos, que fueron conocidos en la Antigua Roma como quirites, por lo cual el Ius Civile es conocido también como Derecho Quiritario o Derecho de los Quirites. Todos los pueblos que se rigen por las leyes y costumbres, usan en parte su derecho propio, y en parte el derecho común a todos los hombres, pues el derecho que cada pueblo establece para sí, ése es suyo propio, y se llama derecho civil, propio de la ciudad por así decirlo.

El ius civile es el antiguo derecho romano, que se manifestaba en costumbres,leges,cenadoconsultos y plebiscitos, desarrollado por la jurisprudencia sacerdotal y seglar. Ius civile. Derecho propio de los cives.

DEFINICION DE IUS GENTIUM:

en un sentido restringido comprende las instituciones del derecho romano de las que pueden participar los extranjeros (peregrini) que tenían tratos con Roma y sus ciudadanos (cives), por lo que supone una complementación del ius civile, para aplicarlo con individuos que no ostentaran la ciudadanía romana.

Es aquel fondo jurídico común que encontramos en todo el extenso grupo de los pueblos mediterráneos, debiendo su divulgación al hecho de que se basa en la razón misma. La típica patria potestad de los romanos era parte del ius civile y la esclavitud pertenecía al ius gentium. Ius gentium. Regula las relaciones entre ciudadanos romanos y extranjeros.

DEFINICION DE IUS NATURALIS:

Ius naturale.- El Corpus iuris define al ius naturale como un derecho ideal que no existe en la práctica, que debería orientar consciente o subconscientemente, la actividad del legislador. El derecho natural se da cuando hombre encuentra en su conciencia y en su razón lo noción de lo justo y de lo injusto.

Más exacta y acertada es aquella noción que nos da Paulo, para quien el Derecho natural es un conjunto de

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