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DERECHOS DE SEGUNGA GENERACION

88keilaInforme2 de Febrero de 2016

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INTRODUCCION

Los derechos económicos, sociales y culturales son derechos humanos sin lugar a dudas y así son reconocidos en múltiples instrumentos internacionales. Sin embargo, la discusión de si son derechos exigibles, justiciables o reclamables como lo son los derechos civiles y políticos, no es un debate pacífico.

 Todos los derechos humanos derivan de la dignidad y valor inherentes en la persona humana, que constituye el sujeto central de los derechos humanos y libertades fundamentales.

No puede realizarse el ideal del ser humano libre, liberado del temor y de la miseria, a menos que se creen condiciones que permitan a cada persona gozar de sus derechos económicos, sociales y culturales, tanto como de sus derechos civiles y políticos. Por tal caso es que se crearon cada uno de estos derechos para que podamos gozar y vivir bien. 

Es necesario aclarar que, aunque el contenido de derechos que se intentan proteger en esta categoría es mucho mayor a los ya mencionados.

 La mayoría de estos derechos se desprenden de los primeros y, en nuestra opinión, creemos pertinente desarrollar con más detalle los derechos laborales, culturales y familiares por ser las bases y fundamentos para otras garantías y normas que rigen al derecho positivo. 

OBJETIVOS GENERALES

  • EL  objetivo fundamental es  garantizar el bienestar económico, el acceso al trabajo, la educación y a la cultura, de tal forma que asegure el desarrollo de los seres humanos y de los pueblos.

  • La razón de ser de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales se basa en el hecho de que el pleno respeto a la dignidad del ser humano, a su libertad y a la vigencia de la democracia, solo es posible si existen las condiciones económicas, sociales y culturales que garanticen el desarrollo de esos hombres y esos pueblos.

  • Conocer cada uno de estos derechos para poder recurrir cuando alguien los está violentando.

OBJETIVOS PARTICULARES

  • Definir cada uno de estos derechos  y saber cómo se aplican.

  • Denunciar situaciones de vulneración de derechos articulando acciones para hacer posible su exigibilidad ante las instancias que corresponda.

  • Ser un promotor garante de los derechos humanos e inalienables de las personas de escasos recursos, comunidades indígenas y grupos vulnerables por edad, sexo y discapacidad, incluido el respeto a sus diferentes formas de pensamiento, de creencias, costumbres, orígenes culturales y de etnias.
  • Defender y promover los derechos de los niños, niñas y adolescentes, reconocidos en la Convención de los Derechos del Niño y de la Niña de las Naciones.
  • Promover la efectividad de derechos garantizados por la legislación internacional y nacional en los niveles de diseño, ejecución y monitoreo de las políticas públicas dirigidas al sector.

CONTENIDO

 Los derechos económicos, sociales y culturales                                                                     

    Son los derechos humanos socioeconómicos, que se diferencian de los derechos civiles y políticos. Los derechos económicos, sociales y culturales se incluyen en la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948 (DUDH) y se desarrolla su protección en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales(PIDESC) de 1966. Ejemplos de estos derechos incluyen el derecho a la alimentación, el derecho a la vivienda, y el derecho a la salud.

Segunda generación

Los derechos humanos de segunda generación están relacionados con la igualdad y comenzaron a ser reconocidos por los gobiernos después de la Primera Guerra Mundial. Son fundamentalmente sociales, económicos y culturales en su naturaleza. Aseguran a los diferentes miembros de la ciudadanía igualdad de condiciones y de trato. Incluyen el derecho a ser empleados, los derechos a vivienda, a la educación y a la salud, así como la seguridad social y las prestaciones por desempleo. Al igual que los derechos de primera generación, también fueron incluidos en la Declaración Universal de los Derechos Humanos en los artículos 22 al 27 y, además, incorporados en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. En Estados Unidos, el presidente Franklin D. Roosevelt propuso una segunda Carta de Derechos, que abarcaba gran parte de este tipo de derechos, en su discurso del Estado de la Unión el 11 de enero de 1944.

HISTORIA

El programa de derechos humanos de las Naciones Unidas ha crecido considerablemente desde su modesto comienzo hace unos sesenta años.                                       La organización comenzó como una pequeña división ubicada en la sede principal de las Naciones Unidas en el decenio de 1940. Más tarde, la división se trasladó a Ginebra y pasó a ser el Centro de Derechos Humanos en el decenio de 1980. En la Conferencia Mundial de Derechos Humanos en 1993, la comunidad internacional decidió establecer un mandato de derechos humanos más sólido y con mayor apoyo institucional. En consecuencia, los Estados miembros de las Naciones Unidas, mediante una resolución de la Asamblea General, crearon en 1993 la OACDH.

El crecimiento de las actividades de las Naciones Unidas en materia de derechos humanos ha sido paralelo a la fuerza que ha ido adquiriendo el movimiento internacional de derechos humanos desde que la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptara la Declaración Universal de Derechos Humanos el 10 de diciembre de 1948.

Redactada como “un ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse”, la Declaración establece, por primera vez en la historia de la humanidad, los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales básicos de los que todos los seres humanos deben gozar. Ha sido, con el tiempo, ampliamente aceptada como las normas fundamentales de derechos humanos que todos los gobiernos deben respetar.

El 10 de diciembre, para conmemorar la fecha en que se aprobó, se celebra en todo el mundo el Día Internacional de los Derechos Humanos. La Declaración Universal, junto con el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y sus dos protocolos facultativos, y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, forman la “Carta Internacional de Derechos Humanos”.

Paralelamente al desarrollo del derecho internacional de derechos humanos, se ha ido estableciendo una serie de órganos de derechos humanos de las Naciones Unidas para responder a la evolución de los desafíos en la materia. En el desempeño de sus funciones, dependen del apoyo técnico y de secretaría que les presta la OACDH.

Puede tratarse de órganos basados en la Carta de la ONU, y políticos, compuestos por representantes de los Estados con mandatos establecidos por la Carta de las Naciones Unidas, o de comités creados en virtud de tratados, compuestos por expertos independientes, y establecidos, a excepción de uno, por tratados internacionales de derechos humanos y con el mandato de velar por que los Estados Partes cumplan las obligaciones dimanantes de esos tratados.

 La Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, establecida en 1946 y dependiente del Consejo Económico y Social, fue el principal órgano intergubernamental de derechos humanos de la ONU hasta su reemplazo por el Consejo de Derechos Humanos en 2006. Además de asumir los mandatos y responsabilidades anteriormente encomendados a la Comisión, el recién creado Consejo, que depende directamente de la Asamblea General, ha ampliado los mandatos.

Éstos incluyen la formulación de recomendaciones a la Asamblea General para seguir desarrollando el derecho internacional en la esfera de los derechos humanos, y la realización de un examen periódico universal acerca del cumplimiento de las obligaciones y compromisos de cada Estado en materia de derechos humanos.   

Derechos de Segunda generación o Derechos Económicos, Sociales y Culturales

Mencionaremos cuáles son estos derechos:

  • Derechos sociales
  • Protección de la familia y los menores
  • Toda persona tiene a una vivienda digna
  • Toda persona tiene derecho al trabajo en condiciones equitativas y satisfactorias.
  • Toda persona tiene derecho a la seguridad social.
  • Toda persona tiene derecho a la salud física y mental.
  • Toda persona tiene derecho a la cultura y  a la educación en sus diversas modalidades
  • Toda persona tiene a una vivienda digna

  Derechos sociales (Art.111 al 118)

Los derechos sociales son los que humanizan a los individuos, sus relaciones y el entorno en el que se desarrollan. Son garantías de la igualdad y la libertad reales, pues la libertad no es posible si es imposible ejercerla por las condiciones materiales de existencia.

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