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DERECHOS HUMANOS.


Enviado por   •  20 de Noviembre de 2013  •  Ensayos  •  5.399 Palabras (22 Páginas)  •  191 Visitas

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DERECHOS HUMANOS

Derechos humanos son aquellos derechos -civiles y políticos, económicos, sociales y culturales- inherentes a la persona humana, así como aquellas condiciones y situaciones indispensables, reconocidas por el Estado a todos sus habitantes sin ningún tipo de discriminación, para lograr un proyecto de vida digna”.

“La noción de derechos humanos se corresponde con la afirmación de la dignidad de la persona frente al Estado. El poder público debe ejercerse al servicio del ser humano: no puede ser empleado lícitamente para ofender atributos inherentes a la persona y debe ser vehículo para que ella pueda vivir en sociedad en condiciones cónsonas con la misma dignidad que le es consustancial.

Los derechos humanos son “(…) derechos, atributos de toda persona e inherentes a su dignidad, que el Estado está en el deber de respetar, garantizar o satisfacer (…)”

Sentido amplio

Son derechos inherentes a la persona que se derivan de la dignidad humana y resultan fundamentales en un determinado estadio de evolución de la humanidad, por lo que reclaman una protección jurídica.

Sentido estricto

Los derechos humanos son esos mismos derechos pero en la medida en que son reconocidos y protegidos en el ámbito internacional. (Derecho Internacional de los Derechos Humanos)

DERECHO INTERNACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

• El conjunto de principios y normas de Derecho Internacional contenidos mayoritariamente en los instrumentos internacionales sobre esta materia de orden declarativo y convencional.

• Que reconocen y resguardan los derechos del ser humano, como individuo o como agrupación de ellos, con independencia de su nacionalidad.

• Y establecen los órganos y mecanismos de protección de dichos derechos frente a las posibles violaciones por parte de los gobiernos.

DERECHOS FUNDAMENTALES

Son aquellos Derechos Humanos que han sido reconocidos por los ordenamientos jurídicos estatales -en la mayoría de los casos en su normativa constitucional-, esto es, en cuanto a Derechos Humanos positivados, que gozan, al menos en principio, de un sistema de garantías reconocido por las normas jurídicas.

FUNDAMENTOS FILOSÓFICOS DE LOS DERECHOS HUMANOS

 Concepción Iusnaturalista. El fundamento de los DDHH está en la persona humana. “Es el reconocimiento de que el individuo nace dotado de ciertos derechos que le son inherentes, por el solo hecho de ser miembro de la especie humana, y que estos derechos son irrenunciables, imprescriptibles e inderogables.

Esta posición nos ayuda a defender la existencia de otras fuentes del derecho y de los derechos humanos, tales como tales como los principios generales del derecho y el Ius cogens, y a señalar como obligaciones erga omnes la no discriminación, la no regresividad y la progresividad y la interpretación siempre a favor de la persona.

 Concepción Histórica. El fundamento de los DDHH en las necesidades humanas y en las posibilidades de satisfacción dentro de una comunidad histórica concreta.

 Concepción Iuspositivista. El fundamento de los DDHH se encuentra exclusivamente en las normas de derecho positivo que los reconocen. “cree en la existencia de los derechos del ser humano con independencia de su reconocimiento en norma escrita y con independencia de su justiciabilidad o no, e igual que el iusnaturalismo se apoya en la existencia de otras fuentes del derecho como los principios generales del derecho y el Ius cogens.

• Los Principios Generales del Derecho: no se encuentran expresamente formulados en tratados sobre derechos humanos, ya que derivan del derechos internacional general o de los ordenamientos jurídicos nacionales: “algunos son la buena fe en el cumplimiento de los derechos humanos por parte de los estados, el pacta sund servanda y el principio de no discriminación.

• Ius cogens: Es una norma aceptada y reconocida por la comunidad internacional e los estados en su conjunto como norma que no admite acuerdo en contrario y que solo puede ser modificada por una norma ulterior de derecho internacional que tenga el mismo carácter.

PRINCIPIOS DE LOS DERECHOS HUMANOS

 Principio de no discriminación: que prohíbe toda distinción, exclusión, restricción o preferencia que tenga por objeto o por resultado anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio en condiciones de igualdad de los derechos humanos y las libertades fundamentales.

 Principio “pro homine”: indica que este derecho debe inclinarse siempre a favor del ser humano, en consecuencia sus normas deben interpretarse de la manera que resulte más favorable al individuo, acogiendo la interpretación más extensiva cuando se traten de normas que consagren derechos individuales y la interpretación más restrictiva cuando se trate de disposiciones cuyo propósito es restringir o coartar el ejercicio de tales derechos.

 Principio de integralidad: Significa que estos son indivisibles e interdependientes. Tal y como lo afirma el Relator Especial de Naciones Unidas en su informe sobre la realización de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales de 992: todos los derechos humanos y las libertades fundamentales son indivisibles e interdependientes; debe darse igual tensión urgente consideración a la aplicación, promoción y protección de los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales.

En síntesis, la integralidad la entendemos como lo plantea también el Relator Especial cuando afirma que ¨la promoción, el respeto y el disfrute de ciertos derechos humanos y libertades fundamentales no pueden justificar la denegación de otros derechos y libertades fundamentales.

CARACTERÍSTICAS DE LOS DERECHOS HUMANOS

– Son acumulativos: a través del tiempo vamos conquistando nuevos derechos, que una vez alcanzados forman parte del patrimonio de la dignidad humana. Una vez reconocidos formalmente los derechos humanos su vigencia no caduca (es decir, no vence nunca), aún superadas las situaciones coyunturales que llevaron a reivindicarlos. En 1863 fue abolida la pena de muerte en nuestro país, desde entonces el derecho a la vida está garantizado en la Constitución, por lo que bajo ninguna circunstancia puede permitirse que la pena de muerte sea restablecida.

– Imprescriptibles: la responsabilidad por toda acción violatoria de los mismos no caduca con el transcurso del tiempo.

– Irreversibles:

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