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DIRECTIVA SOBRE PROCEDIMIENTOS DE ADMINISTRACION DE LA UNIDAD DE LOGISTICA Y SERVICIOS GENERALES DE LA SOCIEDAD DE BENEFICENCIA PÚBLICA DE TACNA


Enviado por   •  11 de Septiembre de 2014  •  3.137 Palabras (13 Páginas)  •  534 Visitas

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DIRECTIVA SOBRE PROCEDIMIENTOS DE ADMINISTRACION DE LA UNIDAD DE LOGISTICA Y SERVICIOS GENERALES DE LA SOCIEDAD DE BENEFICENCIA PÚBLICA DE TACNA

I. OBJETIVO:

Determinar los procedimientos y condiciones que se tendrán en cuenta para las administrativas desarrolladas en el Área de Bienes y Servicios Generales de la Sociedad de Beneficencia Pública de Tacna.

II. FINALIDAD:

Fijar lineamientos de carácter administrativo, que permitan optimizar las acciones de control previo en el Área de Bienes y Servicios Generales de la Sociedad de Beneficencia Pública de Tacna.

III. BASE LEGAL:

Constituye base legal de la presente directiva:

 Ley No. 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Publico

 Ley N° 27245, de Racionalidad y Transparencia Fiscal, Por Ley No. 27958

 Ley N° 27783 Ley de Bases de la Descentralización.

 Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.

 Ley N° 28112, Marco de la Administración Financiera del Sector Publico.

 Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.

 Ley N° 28425, Ley de Racionalización de los Gastos Públicos.

 Ley N° 28927, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Año Fiscal 2007

 Ley N°28929, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Año Fiscal 2007.

 Ley N° 28928, Ley del Endeudamiento del Sector Publico para el año fiscal 2007.

 Resolución Directoral N° 003-2007- EF/ 76.01 que aprueba la Directiva N° 003- 2007- M/EF/ 76.01

 Ley No.27972 Ley Orgánica de Municipalidades

 Texto Único Ordenado de la Ley 1017de Contrataciones y Adquisiciones del Estado

 Directiva de Programación y Formulación Presupuestal del año pertinente

 Decreto Legislativo N° 276 y sus Normas, Ley Bases de la Carrera Administrativa.

 Decreto Supremo No. 154-2001-EF, que aprueba el Reglamento General de Procedimientos Administrativos de Bienes de Propiedad Fiscal y su modificatoria D. S. N° 107-2003-EF.

IV. ALCANCE:

La presente Directiva es de obligatorio cumplimiento para todas las áreas involucradas en las actividades que realiza la Unidad de Logística y Servicios Generales de la Sociedad de Beneficencia Pública de Tacna.

V. VIGENCIA:

La presente Directiva entra en vigencia al día siguiente de su aprobación.

VI. DISPOSICIONES GENERALES:

6.1. ACCIONES DE CONTROL PREVIO EN LA UNIDAD DE LOGISTICA Y SERVICIOS GENERALES:

Ejecutar el control previo y concurrente de las operaciones administrativas, realizadas en la Unidad de Logística de la Entidad, proponiendo oportunamente los ajustes y modificaciones que sean necesarios.

Fiscalizar, analizar, verificar y controlar los contratos y convenios, encargos celebrados por Obras y/o servicios.

Absolver consultas en materias de su competencia.

Examinar, antes de su autorización, las operaciones administrativas y financieras en sus diferentes etapas y en concordancia con los dispositivos legales vigentes.

6.2. DEL AREA DE ADQUISICIONES:

Implementación de un cronograma de presentación de requerimientos por parte de las diferentes Direcciones y /o unidades, aprobados por las diferentes instancias y por la Gerencia y/o administración, lo que permite elaborar el plan anual de adquisiciones tanto para las oficinas administrativas así como para los requerimientos de obras.

La adquisición de bienes y servicios para las oficinas administrativas deben estar en función al plan anual de contrataciones y adquisiciones del estado y de acuerdo a las necesidades de cada gerencia.

Antes de proceder al proceso de adquisiciones, los requerimientos deben ingresar previamente a la Oficina de presupuesto; a fin de determinar si las metas y específicas a ser afectadas cuentan con los fondos que cubran dichos requerimientos.

Posteriormente la Unidad de Logística procederá a elaborar las cotizaciones respectivas, teniendo en cuenta que el tipo de actividad en la que se encuentra enmarcado el proveedor se sujete a los requerimientos señalados, así como también se encuentren previamente habilitados en la SUNAT.

Con las respuestas de los proveedores, si las cotizaciones en mención, superan 1 UIT (3,600.00), se adjuntaran 2 cotizaciones si superan de 2 UIT, se adjuntaran 3 cotizaciones si superan de 3 UIT, el requerimiento será elevado a proceso, si de ser el caso hay 2 a 3 cotizaciones, se elabora el cuadro comparativo de cotizaciones, para determinar el mejor precio; con estos requisitos se procede a elaborar la orden de compra y/o orden de servicio según sea el caso, los operadores encargados comprometen en el Sistema, y posterior mente firman tanto la Unidad de Logística, como el jefe de Adquisiciones, siendo este ultimo el que envía en original y copias al Área de Presupuesto; el encargado de control presupuestal se queda con una copia para su control, posteriormente se devuelve a Logística para el envió de la copia al proveedor, copia a archivo y el resto de original y copias a almacén central, para la recepción del bien y conformidad respectiva;

En las órdenes de compra o de servicios que se remitan a los postores ganadores de la buena pro, figurara como condición que el contratista se obliga a cumplir las obligaciones que le corresponden, bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el estado en caso de incumplimiento.

En cuanto a la celebración del contrato se deberá estar dentro de los plazos establecidos por ley, a fin de evitar penalidades futuras, las órdenes de compra y servicio deben ser emitidas con la fecha en que se celebro el contrato, siendo de responsabilidad de la persona encargada de tal actividad.

En

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