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DROGAS Y DELITO


Enviado por   •  15 de Julio de 2013  •  5.663 Palabras (23 Páginas)  •  355 Visitas

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EXPEDIENTE N° 00275-2012-4-0601-JR-PE-04

TRÁFICO ILÍCITO DE DROGAS

I.2. TIPIFICACION DE LA CUESTION PLANTEADA

I.2.1. EL DELITO DE TRAFICO ILICITO DE DROGAS SEGÚN LA LEGISLACION

* ANTECEDENTES

El tráfico ilícito de drogas es una de las conductas criminalizadas de mayor difusión social en el Perú de los años 80. Su constante presencia en los medios de comunicación le ha convertido en un suceso tan cotidiano, que el hombre de la calle comienza a considerar al narcotráfico como una característica de nuestra sociedad, hay que mencionar que los cuerpos legislativos mediante los cuales ha sido legislado este delito, teniendo en primer término el código penal de 1924, posteriormente el 03 de abril de 1991 se promulgo el código penal y se publica el 03 de abril de 1991 con el decreto legislativo N° 635 y en él Artículo 296 establece que el Tráfico ilícito de drogas.- El que promueve1, favorece2 o facilita3 el consumo ilegal de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, mediante actos de fabricación o tráfico o las posea con este último fin, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de ocho ni mayor, de quince años, con ciento ochenta a trescientos sesenta y cinco días-multa e inhabilitación conforme al artículo 36°, incisos 1, 2, y 44.

Señala la EXPOSICIÓN DE MOTIVOS DEL CÓDIGO PENAL, que el tráfico ilícito de drogas, anteriormente comprendido en una ley especial, ahora es incluido dentro de los delitos contra la salud pública. Lo que se pretende proteger es, precisamente, la salud pública. Respecto de la legislación anterior, el Código, además de variación en cuanto a la penalidad de los tipos legales, precisa que la posesión de droga para que sea delito, debe tener como finalidad el tráfico. Se establece, además, criterios para determinar si la droga poseída tiene como finalidad el consumo: correlación peso-dosis, pureza de la droga y aprehensión de la misma. También se reprime el favorecimiento al cultivo.

La evolución desde el código penal ha sido la siguiente:

- Decreto Legislativo Nº 635 (3 de abril de 1991) Promulgación del Código Penal que, entre otros asuntos, tipifica el delito de Tráfico Ilícito de Drogas, sus agravantes y atenuantes, eximentes, otros tipos delictivos, la situación de extranjeros condenados y los beneficios procesales y de ejecución penal.

- Decreto Legislativo Nº 753 (8 de noviembre de 1991) Ley de Bases de la Estrategia Integral de Desarrollo Alternativo para Erradicar el Tráfico Ilícito de Drogas con la participación de la Población.

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1PROMUEVE.-todo aquel que de uno u otra forma contribuye de forma decidida al “consumo ilegal de drogas a su circulación en el mercado” se tratan de aquellas conductas que proporcionan una contribución esencial para que la droga ilegal pueda ser repartida en el mercado de consumidores. “PEÑA CABRERA FREYRE, Alfonso R., El tráfico Ilícito de Drogas y Delitos Conexos- Perspectivas Dogmáticas y Políticas Criminales, Edt. Juristas Editores, de 2009”

2FAVORECE.- quien participa activamente en los actos de elaboración de la droga…..o distribuyendo la droga para que sea comercializada en el mercado ilegal PEÑA CABRERA, Ob. Cit.

3FACILITAR.- implica un comportamiento destinado hacer posible los cometidos propuestos en la descripción típica, Vgr. allanando el camino de cualquier obstáculo y/o impedimento para la elaboración de la droga o su circulación en el mercado. “PEÑA CABRERA FREYRE, Alfonso R. Ob. Cit.

4 La Ley N° 28002 regula una sanción distinta a los tres supuestos: pena privativa de libertad de 8 a 15 años para los actos de fabricación o tráfico; de 6 a 12 años en el caso de posesión con fines de tráfico; y, de 5 a 10 años en el caso de comercialización de insumos.

- Decreto Ley Nº 25428 (9 de abril de 1992) Incorpora los artículos 296-A, 296-B en el Código Penal, el mismo que tipifican el lavado de dinero y la participación en operaciones relacionadas con el tráfico ilícito de drogas.

- Decreto Ley 25623 (21 de julio de 1992), Establece un régimen de control y fiscalización de productos e insumos químicos susceptibles de ser desviados a la elaboración de pasta básica de cocaína, pasta lavada y clorhidrato de cocaína.

- Ley 26223 (20 de agosto de 1993), Crea tipos delictivos vinculados al tráfico ilícito de drogas y modifica el artículo 296-B del Código Penal, estableciendo cadena perpetúa por delito de lavado de dinero y penas más duras por Tráfico Ilícito de Drogas.

- Ley Nº 26247 (25 de noviembre de 1993), Facultan a las Fuerzas Armadas para que persigan y detengan a implicados en delito de Tráfico Ilícito de Drogas donde no existan dependencias de la Policía Nacional.

- Ley Nº 26320 (2 de junio de 1994), Adiciona el artículo 298 del Código Penal, relativo al porte de "pequeñas cantidades" de droga.

- Ley Nº 26332 (24 de junio de 1994), Incorporan en el Código Penal artículo referido a la penalización de la comercialización y cultivo de plantaciones de adormidera.

- Decreto Supremo Nº 82-94-PCM (3 de octubre de 1994), Aprueba el Plan Nacional de Prevención y Control de Drogas.

- Decreto Legislativo Nº 824 (24 de abril de 1996), Crea la Comisión de Lucha Contra el Consumo de Drogas (CONTRADROGAS) como ente rector encargado de diseñar, dirigir e implementar el Plan Nacional contra las Drogas en el Perú.

- Ley Nº 26600 (9 de mayo de 1996), Sustituye el vocablo narcotráfico por la frase "Tráfico Ilícito de Drogas" en leyes y decretos legislativos.

- Ley 26702 (9 de diciembre de 1996), Ley del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros. Los artículos 378 y 379 regulan las obligaciones y responsabilidades de las empresas del sistema financiero

- Decreto Supremo Nº 013-97-PCM (3 de abril de 1997) Reglamento de la Comisión de Lucha contra el Consumo de Drogas.

- Ley N° 28002, que establece diversas modificaciones a la regulación penal del tráfico ilícito de drogas (TID), incluyendo lo relacionado con micro comercialización. Así, se pretende brindar una herramienta más para la actuación de los operadores del sistema penal a fin de enfrentar dicho flagelo, que, por cierto, no sólo debe abordar mecanismos de control penal, sino también extrapenales, que son en verdad mucho más importantes.

- LEY N° 30054 (30 junio 2013) que modifica los artículos

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