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Delitos De Drogas


Enviado por   •  25 de Octubre de 2013  •  2.463 Palabras (10 Páginas)  •  801 Visitas

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DELITOS RELACIONADOS CON SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS

Los actos que constituyen crímenes de lesa humanidad, como el asesinato, tienen que haber sido cometidos como parte de un ataque generalizado o sistemático. No obstante, el término “ataque” no denota una agresión militar, sino que se puede aplicar a leyes y medidas administrativas como la deportación o el traslado forzoso de población. Los crímenes de lesa humanidad deben afectar una población civil. Por lo tanto, quedan excluidos los actos aislados o cometidos de manera dispersa o al azar. La comisión de los delitos de lesa humanidad debe responder a la política de un Estado o de una organización.

Los delitos previstos en la ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, debido al grado de afectación a la sociedad, constituyen delitos de lesa humanidad.

El delito de tráfico de estupefacientes debe considerarse como un delito de lesa humanidad. Al comparar el artículo 271 constitucional con el artículo 29 ejusdem, debe concluirse que el delito de tráfico de estupefacientes es un delito de lesa humanidad. Los delitos contra los derechos humanos y de lesa humanidad (tráfico de drogas), son susceptibles de ser cometidos no sólo por los funcionarios del Estado sino por cualquier ciudadano, y para ellos no proceden medidas cautelares sustitutivas de la medida de privación de libertad Para efectos de los delitos contra los derechos humanos, lesa humanidad y crímenes de guerra, no es aplicable el artículo 244 del Código Orgánico Procesal Penal, ni las medidas cautelares sustitutivas, el indulto, ni la amnistía, y son imprescriptibles.

Los delitos relacionados con el tráfico y transporte ilícito de sustancias estupefacientes y psicotrópicas son pluri ofensivos y de lesa humanidad.

El tráfico ilícito de drogas y estupefacientes es universal y refleja cada vez más acentuadas modalidades de abuso de drogas. América Latina se ha convertido en una de las regiones clases del tráfico mundial Latinoamericano y de las regiones de Caribe, a través de las cuales los narcotraficantes distribuyen las drogas, utilizando a estos países como importantes rutas del tráfico de drogas. Para Venezuela se trata de una "cuestión de Estado" por las consecuencias negativas que el narcotráfico genera al desplazarse desde territorio colombiano hasta territorio venezolano. Es por ello que este tema siempre está presente en la agenda bilateral de Venezuela, para demostrarle a Colombia nuestro interés en la materia.

TIPOS DE TRÁFICO.

Antes de referirnos a los tipos de tráfico de droga que existen, es necesario definir lo que se entiende por tráfico de droga. El tráfico de drogas es un delito consistente en facilitar o promocionar el consumo ilícito de determinadas sustancias estupefacientes y adictivas que atentan contra la salud pública con fines lucrativos, aunque esta definición puede variar según las distintas legislaciones penales de cada Estado.

Por tráfico de drogas se entiende no sólo cualquier acto aislado de transmisión del producto estupefaciente, sino también el transporte e incluso toda tenencia que, aun no implicando transmisión, suponga una cantidad que exceda de forma considerable las necesidades del propio consumo, ya que entonces se entiende que la tenencia tiene como finalidad promover, favorecer o facilitar el consumo ilícito (entendiéndose como ilícito todo consumo ajeno). En algunas legislaciones se considera delito solamente el tráfico, pero no la tenencia de drogas en cantidades reducidas a las necesidades personales del consumidor, mientras que otras tipifican como conductas delictivas tanto el tráfico como la tenencia.

Existen tres modalidades dentro del tráfico de drogas, establecidas en base a los medios que se utilizan para realizar el tráfico de drogas. Estos tres tipos son los siguientes:

a.- Tráfico Aéreo: Consiste en aquel que utiliza como medio de tránsito, naves o aeronaves públicas o privadas, para que transporten vía aérea sustancias estupefacientes o psicotrópicas.

b.- Tráfico Marítimo: Consiste en aquel que utiliza como medio de transporte buques, barcos, etc., para que transporten vía marítima sustancias estupefacientes o psicotrópicas depositadas en conteiner u otros lugares del buque.

c.- Tráfico Terrestre: Consiste en aquel que utiliza como medio de tránsito, vehículos o cualquier medio de transporte vial, para que trafique vía terrestre sustancias estupefacientes o psicotrópicas, cualquiera sea su forma de ser embalada.

Pero existe otra figura excepcional aparte de estas tres ya mencionadas, y es el tráfico de drogas por medio de humanos, la cual es una nueva modalidad bien conocida con el nombre de narcomulas intraorgánica, en la cual se introduce en el estómago de un individuo cierta cantidad de dediles para facilitar el tráfico de varios gramos de droga, que en muchos casos resultan infructuosos debido a la ruptura de dediles, que pueden ocasionar hasta la muerte del narcomula; todo esto con la finalidad de evadir las medidas de seguridad que cada día son más rigurosas e intensas, sobre todo en los aeropuertos, en pro de la lucha contra el tráfico de drogas.

LEY ORGÁNICA CONTRA EL TRÁFICO ILÍCITO Y EL CONSUMO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS

Esta ley fue promulgada el 17 de julio de 1984 y reformada parcialmente el 30 de septiembre de 1993, con la finalidad de que Venezuela honrara el compromiso contraído como Estado parte de la Convención de las Naciones Unidas en la lucha Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, del 19 de diciembre de 1988, ratificada por Ley Aprobatoria el 21 de junio de 1991 y para cumplir con el requerimiento de tipificar el delito grave de legitimación de capitales. El cambio de su nombre se produce por considerar la función educativa que tiene la ley para con la sociedad en general, de forma tal que el individuo tome conciencia de que su actuación es la que la otorga vida a la aplicación de ésta ley, porque las drogas no actúan por sí mismas, sino que es el hombre con sus acciones, con su conducta, quien como actor comete los hechos punibles; por ello es que el título de esta ley refleja las dos conductas que caracterizan la oferta y la demanda, así como también; la acción represiva y preventiva del Estado.

El ámbito de aplicación de esta ley, está enmarcado dentro de las siguientes delimitaciones; en materia de comercio, expendio, industria, fabricación, refinación, transformación, extracción, preparación, producción, importación, exportación, prescripción, posesión, suministro,

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