De Los Delitos De Secuestro
gleidisjorgimar5 de Diciembre de 2012
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De los delito contra la libertad individual.
La libertad individual es la permanente facultad que tiene el hombre de ejercer las propias actividades, tanto físicas como morales, en servicio de sus necesidades y con el fin de alcanzar un destino en la vida terrenal.
La ley penal no protege a la libertad de modo abstracto, sino a través de la tipificación de actos que lesionan específicamente un grupo de derechos inherentes a la libertad.
Permite disponer de la propia persona según los dictados o inclinaciones de nuestra voluntad o naturaleza, a cubierto de presiones, amenazas, coacciones y de todo otro influjo que violente la espontánea decisión del individuo. Constitucionalmente se traduce en las garantías sobre detención, juzgamiento y sentencia, sobre todos del acusado y defensa en juicio.
La obstaculización de las vías de circulación y daños a las vías férreas.
Las vías de circulación son aquellas zonas en las que se desarrolla el tráfico y donde se deben acatar las normas de circulación, que incluyen terrenos públicos o de uso común por donde se pueda circular con un vehículo. Estas vías pueden ser urbanas e interurbanas.
Las vías férreas son el elemento esencial de la infraestructura ferroviaria y constan, básicamente, de raíles apoyados sobre traviesas que se disponen dentro de una capa de balasto. Para su construcción es necesario realizar movimiento de suelos y obras complementarias (puentes, alcantarillas, muros de contención, drenajes, etc.).
Se completa la infraestructura básica con sistemas de señalización (antes manuales y ahora automáticas) y, en el caso de líneas electrificadas, con el tendido eléctrico que provee de energía a las locomotoras.
La vía férrea está sujeta a los daños de su geometría debido a la variación de la temperatura de los rieles, circulación de los trenes, eclisas desajustadas, etc. Para mantener la vía férrea en buen estado ahí la necesidad de hacerse la corrección de la geometría de la vía. La base técnica de la vía férrea consiste en mantener equilibrada la vía mediante el anclaje que ofrecen el peso de los durmientes y su empotramiento dentro del balasto o de la placa, todo lo cual contrarresta las tendencias al movimiento de la misma, motivada por los cambios de temperatura de los rieles, los movimientos por reemplazo de durmientes, nivelación y alineación de la vía y otras reparaciones de cualquier clase, que alteren la posición de estos elementos, porque tienden a disminuir dicho anclaje provisionalmente, favorecido o propiciando consecuentemente el deslizamiento de vía.
Privación ilegitima de la libertad y desaparición forzada de personas mediante plagio o secuestro.
En general los delitos consisten en la privación ilegal de la libertad de las personas. Pues en sentido amplio, todos los delitos pueden considerarse como lesivos de la libertad individual, porque en la mayoría de los delitos. La contradicción de la voluntad de quien sufre el daño es elemento ya sea principal o accesorio de los mismos. En lo referente a los delitos que atentan contra la libertad individual, el hecho delictivo se da cuando la voluntad del individuo, es objeto de la lesión.
El plagio o secuestro no aparece, como otras figuras, definido por nuestra ley. Es un delito en el cual fundamentalmente se lesiona la libertad de locomoción del sujeto pasivo. Atendiéndonos a la descripción gramatical, realmente todo plagio o secuestro es básicamente una detención Legal.
De la redacción confusa de la ley. Podemos extraer entonces los elementos. No sin antes aclarar que nos parece confusa por las siguientes razones:
a) Que plagio y secuestro gramaticalmente significan lo mismo, por lo cual basta con una de las expresiones;
b) Al indicarse en el Código "otro propósito ilícito de igual o análoga entidad", nada claro se
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