Metamorfosis del delito de secuestro y extorsion
Paola VivasDocumentos de Investigación19 de Mayo de 2021
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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA
VICEMINISTERIO DE EDUCACIÓN
UNIVERSIDAD MILITAR BOLIVARIANA
CENTRO DE ESTUDIOS DE POSTGRADO TÁCTICOS, TÉCNICOS Y LOGÍSTICOS
ESCUELA DE ESTUDIOS DE ORDEN INTERNO
UNIDAD DE INVESTIGACIÓN
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PARTICIPANTE: Ptte. Vergara Aguilar José Manuel, C.I. V- 19.356.150
PERFECCIONAMIENTO: Antiextorsión y Secuestro
CORREO ELECTRÓNICO: exportación.1612@gmail.com
TELÉFONO: 0412-7563226
Caracas, 17 de mayo 2021
Índice
Introducción………………………………………………………………………………..4
Evolución Histórica del Delito de Secuestro en Venezuela………......................……7
Estudio Comparativo de los Delitos de Secuestro en América Latina………………11
El Secuestro, La Extorsión y La Política Criminal en Venezuela……………………13
¿Mayores penas menos delitos de secuestro en nuestro país? Una Visión Holística al Respecto…………………………………………………………………….19
Perfil Criminológico del Secuestrador en Venezuela…………………………………21
El Iter Criminis del Delito de Secuestro…………………………………………………22
El Delito de Extorsión como Modalidad Delictiva y su Prevención…………………..24
Estructura Organizativa del C.O.N.A.S………………………………………………...28
Análisis Estadístico del Delito de Secuestro en Venezuela…………………………..29
Análisis Estadístico del Delito de Extorsión en Venezuela…………………………...30
Abordaje de las víctimas del Delito de Secuestro en Venezuela…………………….31
Aproximación al Conocimiento de la Cifra Real de los Delitos de Secuestro en Venezuela………………………………………………………………………………...32
Medidas Preventivas Antes - Durante y Después del Secuestro…………………….33
Modus Operandi y Móvil del Delito de Secuestro……………………………………..39
Errores que se Cometen durante la Investigación de los Delitos de Secuestro…….42
¿Qué Motiva el Aumento de Crímenes de Secuestro en una Zona del País más que en otra?...................................................................................................................43[pic 7]
¿Cómo fortalecer los GAES regionales para la lucha en el combate del delito de secuestro y extorsión en nuestro país?...................................................................45
Conclusión………………………………………………………………………………..47
Referencias Bibliográficas………………………………………………………………49
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Introducción
En Venezuela la modalidad delictiva del secuestro está considerada como un fenómeno foráneo, que inicia su actividad en el territorio nacional aisladamente, como emulación de los tipos originarios de la República de Colombia, propia de la década de los años sesenta (60) del siglo anterior. Dicha modalidad como una dinámica delictiva, efectiva y sencilla para obtener recursos económicos considerables, de tal envergadura que su productividad y organización permitiera aplicar el radio de acción extendiéndose a través de aumento del estudio cuantitativo de los integrantes de la banda, delincuenciales principalmente generada por los grupos beligerantes, en una práctica recurrente.
En el país uno de los primeros lesionados por su efecto al ser adoptado como un medio delictivo moderno, por otra parte la continua frecuencia con la que son afectada este delito y numerosos de sus perpetradores, ha permitido a través de un sistema de ensayo y error, perfeccionar su práctica a un punto en que el delito nació con un carácter inofensivo (donde se afecta a un solo bien jurídico tutelado), paso adquirir un carácter pluriofensivo (donde se ve comprometido con una acción delictiva de dos o más bienes jurídicos tutelado por el estado), siendo así como este delito de secuestro y extorsión esta posibilidad (Ley Contra el Secuestro y Extorsión).
En este orden de ideas, y ante el incremento de este flagelo, es legítima la enorme preocupación de la ciudadanía para quien las autoridades competentes actúan sobre esto, por tal necesidad que el estado Venezolano ha promulgado la Ley Contra el Secuestro y la Extorsión. Con la finalidad de fijar ante la sociedad un mecanismo efectivo de respuesta sobre la problemática planteada de estos fenómenos delictuales en el país. Dicha Ley fue creada como un instrumento de dos niveles de competencia a saber, uno nivel operacional conformado por un equipo multifuncional, integrado por el Comando Estratégico Operacional de las Fuerzas Armadas Nacionales (C.E.O.F.A.N), el Cuerpo de Investigaciones Científica Penales y Criminalística, (C.I.C.P.C).
También la Dirección General Sectorial de los Servicios de Inteligencia y Prevención (D.I.S.P), ahora Servicio Bolivariano de Inteligencia (S.E.B.I.N), Grupo Anti Extorsión y Secuestro ( GAES) de la Guardia Nacional, la Dirección de Inteligencia Militar el (D.I.N) y el Ministerio de Interior y Justicia. En segundo nivel, denominado como Nivel Legal, responsable directo de tres de los principales órganos del Poder Público, como son: La Vicepresidencia de la República Bolivariana de Venezuela por el Poder Ejecutivo, la Asamblea Nacional por el Poder Legislativo y el Tribunal Supremo de Justicia y la Fiscalía General de la República por el Poder Judicial.
Fue así, como durante la celebración de las varias sesiones de la Comisión de Alto Nivel para la lucha contra el Secuestro y la Extorsión, se operaron, aun cuando ya con anterioridad se tenían identificados los principales factores que permiten la existencia y el desarrollo de esta actividad delictual en el Estado Venezolano, diversas inquietudes, las cuales se fueron esbozando en criterios expuesto por los integrantes e invitados a la Comisión, con las que se determinó, como prioritario plantear esta problemática como un asunto de Estado, tal como ha sido asumida.
Apreciado, a su vez, la necesidad que prevalece en el seno de esta comisión de Alto Nivel de brindar una solución hábil, enérgica y pertinente para conceder un medio efectivo de prevención como instancia inicial y efectiva en la lucha contra la existencia y desarrollo de estas especie de delitos, ello, como compensación al deseo que reposa en la colectividad de recibir una herramienta concreta que concentre un poder accionario con el que se advierta y sancione una consecuencia considerable que le permita a la sociedad alcanzar una satisfacción integral sobre el malestar que padece al experimentar, por cualquiera de sus miembros, los efectos intolerables que engendra el verse identificado en la condición de víctima de algunos de estos delitos.
De esto se puede precisar, también, que en la actualidad han surgido interesantes, y hasta en ocasiones contradictoria, posiciones doctrinales relativas a la correcta ubicación sustancial de este tipo, dentro del catálogo de especies delictuales y de los bienes jurídicos amparados que resultan afectados con la ejecución del delito, ya que analizando, exegéticamente su sustancia ofensiva, se puede apreciar que su sola resolución es capaz de afectar derechos tales como, el de la libertad personal al privar al sujeto de su voluntaria movilidad física, derechos de integridad personal, ya que el trauma psicológico y moral del individuo, dependiendo tanto de los medios empleados como por el tiempo y el ambiente de cautiverio.
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