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Debido Proceso


Enviado por   •  6 de Junio de 2014  •  5.144 Palabras (21 Páginas)  •  246 Visitas

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Informe

DEBIDO PROCESO EN EL MARCO DE UN ESTADO SOCIAL Y DE JUSTICIA

GARANTÍAS ORGÁNICAS, INDEPENDENCIA, IMPARCIALIDAD, RESPONSABILIDAD, SEPARACIÓN ENTRE JUEZ Y ACUSACIÓN, JUEZ NATURAL, OBLIGATORIEDAD DE LA ACCIÓN PENAL

Debido Proceso:

El debido proceso es un principio legal por el cual el gobierno debe respetar todos los derechos legales que posee una persona según la ley. El debido proceso es un principio jurídico procesal según el cual toda persona tiene derecho a ciertas garantías mínimas, tendientes a asegurar un resultado justo y equitativo dentro del proceso, a permitirle tener oportunidad de ser oído y a hacer valer sus pretensiones legitimas frente al juez. El debido proceso establece que el gobierno está subordinado a las leyes del país que protegen a las personas del estado. Cuando el gobierno daña a una persona sin seguir exactamente el curso de la ley incurre en una violación del debido proceso lo que incumple el mandato de la ley.

El Debido proceso penal es el conjunto de etapas formales secuenciadas e imprescindibles realizadas dentro un proceso penal por los sujetos procesales cumpliendo los requisitos prescritos en la Constitución con el objetivo de que: los derechos subjetivos de la parte denunciada, acusada, imputada, procesada y, eventualmente, sentenciada no corran el riesgo de ser desconocidos; y también obtener de los órganos judiciales un proceso justo, pronto y transparente.

Garantías Orgánicas

Son todos los principios constitucionales de igualdad, independencia, imparcialidad, a la seguridad social y sumisión a la ley; constituyéndose además, con arreglo a las normas comunes de competencia preestablecidos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en las Leyes .Basándonos en el Título III de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el cual se refiere a los Derechos Humanos, Garantía y de los deberes de todas las personas naturales que habitan el Territorio venezolano, donde hay que destacar el Capítulo I, que son las Disposiciones Generales.

Basándonos en el Título III de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el cual se refiere a los Derechos Humanos, Garantía y de los deberes de todas las personas naturales que habitan el Territorio venezolano, donde hay que destacar el Capítulo I, que son las Disposiciones Generales.

Independencia

Tiene su apoyo en el principio de la división de poderes. Si el juez es dependiente en el orden material, en el orden moral, o en el orden funcional del Poder Ejecutivo, los poderes del Estado no son tres, sino dos. El Judicial deja de contar como poder. Con respecto al Poder Ejecutivo, es en donde aparecen las mayores Interferencias a la independencia judicial, bien sea la legal o la ilegítima. Respecto al Poder Legislativo, se analizan diversos problemas. Por un lado, el contralor natural que resulta de la aprobación del presupuesto; la posibilidad del juicio político; la crítica parlamentaria a los jueces; el problema de la legislación retroactiva, que en algunas partes pueden afectar hasta procesos en trámite; la decisión de controversias en “X” sentido, como contrapartida al agradecimiento por el nombramiento de juez, etc... Pero no sólo se dan problemas con relación a los Poderes Ejecutivo y Legislativo, sino que en los tiempos actuales, se suman una serie de presiones provenientes, en especial, de varios grupos de la más diversa índole, algunos legales y otros directamente ilegales. Entre los primeros se mencionan a los gremios, grupos económicos, asociaciones de distinta índole, partidos políticos, etc. Y, entre los ilegales, también a grupos económicos, pero ilegítimos, y a quienes utilizan la violencia para lograr sus propósitos, como lo hacen frente a los demás poderes del Estado, ya sea invocando móviles altruistas o bien, los más bajos.

Imparcialidad

Es un criterio de justicia que sostiene que las decisiones deben tomarse en base a criterios objetivos, sin influencias de sesgos, prejuicios o tratos diferenciados por razones inapropiadas. Falta de inclinación en favor o en contra de una persona o cosa al obrar o al juzgar un asunto. Falta de designio anticipado o de prevención a favor o en contra de personas o cosas; de lo que resulta la posibilidad de juzgar o preceder con rectitud.

La garantía del tribunal imparcial permite contar con órganos jurisdiccionales que aseguren a las personas que sus controversias serán decididas por un ente que no tiene ningún interés o relación personal con el problema, y que mantendrá una posición objetiva al momento de resolverlo. En consecuencia, la imparcialidad de los tribunales implica que las instancias que conozcan cualquier clase de proceso no deben tener opiniones anticipadas sobre la forma en que los conducirán, el resultado de los mismos, compromisos con alguna de las partes, etc. Asimismo, esta garantía obliga al magistrado a no dejarse influenciar por el contenido de las noticias o las reacciones del público sobre sus actuaciones, por información diferente a la que aparece en el proceso, ni por influencias, alicientes, presiones, amenazas o intromisiones indebidas de cualquier sector.

La Separación del Juez y la Acusación

La separación del Juez y la Acusación, es el más importante de todos los elementos constitutivos del modelo teórico acusatorio; como presupuesto estructural y lógico de todos los demás, esta separación, es la base de la garantía orgánica en el ideal acusatorio, pues no sólo se diferencian los sujetos que desarrollan las funciones de enjuiciamiento, que implica imparcialidad, y el que incrimina, sino también respecto a este último se asume una posición de paridad frente a la Defensa, con el consiguiente presupuesto de carga de la imputación y prueba, que constituyen las primeras garantías procesales en un juicio. La separación entre la acusación y el juez es un elemento crucial -quizá el más significativo- del proceso acusatorio.

La prohibición ne procedat iudex ex officio está referida a la distinción entre el sujeto que cumple funciones de enjuiciamiento y el que cumple las de parte, pero también destaca el papel de parte, en posición de paridad con la defensa, que toca al órgano de la acusación, con la consiguiente falta de poder alguno sobre la persona del imputado. La garantía de la separación es, ante todo, base de la imparcialidad del juzgador y, además, presupone que la carga de la acusación y de la prueba de ésta pesan sobre el ministerio público. Ahora bien, los principios de independencia e imparcialidad del juez, y el

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