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Decreto supremo n° 594: aprueba reglamento sobre condiciones sanitarias yambientales basicas en los lugares de trabajo


Enviado por   •  3 de Mayo de 2014  •  Trabajos  •  1.257 Palabras (6 Páginas)  •  386 Visitas

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DECRETO SUPREMO N° 594

APRUEBA REGLAMENTO SOBRE CONDICIONES SANITARIAS YAMBIENTALES BASICAS EN LOS LUGARES DE TRABAJO

T I T U L O I Disposiciones Generales

Establece las Condiciones sanitarias y ambientales básicas que deberá cumplir todo lugar de trabajo sin perjuicio de la reglamentación específica que se haya dictado o se dicte para aquellas faenas que requieren condiciones especiales.

Establece,

LP de exposición ambiental a agentes químicos y agentes físicos,

LTB para trabajadores expuestos a riesgo ocupacional.

Fiscalización:

Servicios de Salud

Seremis de salud

La empresa está obligada a mantener en los lugares de trabajo las condiciones sanitarias y ambientales necesarias para proteger la vida y la salud de los trabajadores que en ellos se desempeñan, sean éstos dependientes directos suyos o lo sean de terceros contratistas que realizan actividades para ella.

T I T U L O II Del Saneamiento Básico de los Lugares de Trabajo

PARRAFO I De las Condiciones Generales de Construcción y Sanitarias

La construcción y reconstrucción:

OGUC (Ordenanza General de Urbanismo y Construcción)

Mantener en buen estado de limpieza y conservación

Los pavimentos y revestimientos de los pisos sólidos y no resbaladizos.

Almacenes o fabrica de productos tóxicos o corrosivos:

Pisos deberán ser de material resistente a éstos, impermeables y no porosos.

Norma Oficial NCh 382.of 98: Sustancias peligrosas y su clasificación

Si hay humedad en piso: drenajes o dispositivos contra humedad.

Pisos, pasillos de tránsito:

Libres de obstáculos

Amplios para movimientos seguros.

Espacios entre máquinas por donde circulen personas mínimo 150 cm.

En aquellas faenas (con pernoctar) los dormitorios:

Energía eléctrica,

Aislación de condiciones climáticas externas.

Temperatura entre 10 °C ni mayor de 30 °C

Ventilación.

Camas o camarotes de material resistente, con colchón y almohada en buenascondiciones.

Aseo

En aquellas faenas descubiertas o cielo abierto:

Proteger contra las inclemencias del tiempo.

Sobre el aseo:

Orden y limpieza.

Eliminar la presencia de insectos, roedores y otras plagas de interés sanitario.

PARRAFO II De la Provisión de Agua Potable

Agua potable:

Consumo humano

Aseo personal e higiene.

Instalaciones, artefactos, canalizaciones y dispositivos complementarios de los servicios de agua potable en norma.

Cumplir con los requisitos físicos, químicos, radiactivos y bacteriológicos.

Agua

no

proveniente de red pública o abastecimiento propio:

Las redes de distribución distintas a la del agua potable

Aprobación previa de la autoridad sanitaria

Si se almacena en estanques, mantener condiciones sanitarias adecuadas.

Agua ambos casos:

Mínima de 100 litros de agua por persona y por día

Lo mismo para cada miembro de su familia

Con autorización autoridad sanitaria puede ser menos agua

no

inferior a 30 litros diarios por trabajador y por cada miembro de su familia.

Controlar diario cloro libre residual

Distribución por red de cañerías, con salida por llave de paso en buen estado.

PARRAFO III De la Disposición de Residuos Industriales Líquidos y Sólidos

Residuos industriales: (sólidos o líquidos)

No vaciar a la red pública de desagües de aguas servidas

La descarga de contaminantes al sistema de alcantarillado se ceñirá a lo dispuesto en la Ley de Bases Generales del Medio Ambiente

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y las normas de emisión y demás normativa complementaria de ésta.

No contaminar napas de agua subterránea de los subsuelos

No contaminar canales de regadío, acueductos, ríos, esteros, quebradas, lagos, lagunas, embalses o en masas o en cursos de agua en general,

Relaves industriales o mineros deben ser sometidos a tratamientos de neutralización o depuración que prescriba en cada caso la autoridad sanitaria.

Acumulación, tratamiento y disposición final:

Si es dentro del predio industrial, local o lugar de trabajo, deberá contar con la autorización sanitaria.

Si es por contratación de terceros, deberán contar con autorización sanitaria, previo al inicio de tales actividades

En ambos casos se debe declarar a la autoridad sanitaria la cantidad y calidad de los residuos industriales que genere.

PARRAFO IV De los Servicios Higiénicos y Evacuación de Aguas Servidas

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