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Demanda Daño Moral


Enviado por   •  8 de Julio de 2015  •  727 Palabras (3 Páginas)  •  227 Visitas

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Con motivo de la expedición de la Ley N º 171, promulgada el 4 de Julio de 1984, se establecieron reformas al Título XXXIII, del Libro Cuarto del Código Civil (que trata de los Delitos y Cuasidelitos) y se amplió el campo de acción para exigir la reparación, en la vía judicial, a quien ocasione daños morales, consignándose, en esas normas, casos y circunstancias tales como las de permitir reclamar indemnización aún en contra de las personas que "provoquen...sufrimientos físicos o psíquicos como angustia, ansiedad, humillaciones..."

Semejante amplitud de posibilidades era natural que desencadenare infinidad de acciones judiciales, muchas de ellas injustificadas, reclamando indemnización por daño moral, y que diera lugar a la publicación de múltiples comentarios jurídicos, algunos de sumo interés, analizando el nuevo esquema legal.

Pero examinando mucho de lo escrito al respecto, considero que no se ha enfocado —suficientemente— el fondo o esencia jurídicos más importante de la cuestión, es decir PRECISAR CUAL ES EL SUSTENTO LEGAL DEL DERECHO DEL AFECTADO, PARA PODER DEMANDAR Y EXIGIR INDEMNIZACION POR HABER SUFRIDO DAÑO MORAL. Al respecto, lo primero que debe recordarse y destacarse es que el derecho a exigir indemnización, por parte de quién ha sufrido un daño moral, existe únicamente cuando ese daño es consecuencia de un delito o cuasidelito civil (igual rige para el delito doloso o culposo en lo penal).

En efecto, hay que tener presente que las referidas nuevas normas legales sobre la indemnización por daño moral, al igual que las que ya existían antes de la expedición de la indicada Ley Nº 171, forman parte del Título del Código Civil "De los Delitos y Cuasidelitos", lo que obliga a realizar el siguiente análisis jurídico:

1.- Es indispensable consignar el concepto de delito y cuasidelito, que es el acto o hecho del hombre, voluntario o intencional (delito) o inintencional e involuntario (cuasidelito), que quebranta la norma jurídica.

2.- Esos actos o hechos, delitos o cuasidelitos, pueden causar un daño moral, Y ES ENTONCES QUE EXISTE EL DERECHO, EN EL AFECTADO, PARA RECLAMAR INDEMNIZACION DE PERJUICIOS.

3.- Mas, si alguien sufre un daño moral pero no como consecuencia de un delito o cuasidelito, esa persona carecerá de derecho para exigir indemnización.

Un ejemplo aclarará tal afirmación.

A le sugiere o le plantea a B que le entregue su dinero para administrárselo e invertirlo, a su buen juicio o criterio, en operaciones de bolsa, lo que es aceptado por B; mas resulta que el dinero se pierde en dichas transacciones, siempre riesgosas y contingentes, pese a la diligencia de A, y B, como resultado del fracaso de las negociaciones, sufre "angustia y ansiedad". Ese daño moral, que en verdad así lo es,

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