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DEMANDA DE DAÑO MORAL ESTADO DE MÉXICO


Enviado por   •  3 de Marzo de 2017  •  Trabajos  •  9.389 Palabras (38 Páginas)  •  1.198 Visitas

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                                                ESCRITO INICIAL

                                                JUICIO: ORDINARIO CIVIL (DAÑO MORAL)

                ACTOR: LILIA AGUILAR GUERRERO,

DEMANDADOS: JOSÉ MAURICIO LÓPEZ LÓPEZ y GUADALUPE TENORIO GEORGE.

C. JUEZ CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL

DE TOLUCA, ESTADO DE MÉXICO.

PRESENTE.                         

                         

                        GUSTAVO SEGURA LAZCANO,; por mi propio derecho y con fundamento en lo establecido por el Artículo 1.168 y 1.170 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de México en vigor señalo desde ahora, como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones y superiores acuerdos el domicilio ubicado en  PLUTARCO GONZALEZ 411, SEGUNDO PISO, COLONIA MERCED Y ALAMEDA Toluca, Estado de México; mismo se desdiga desde este momento como abogado patrono de la parte actora en términos de lo establecido por el Artículo 1.93 y 1.94 así como los demás relativos y aplicables del Código de Procedimientos Civiles vigente en la entidad, al profesionista LIC. JOSE JESUS VILLA SERRANO y/o PATRICIA DEL ROCÍO GÓMEZ HURTADO y/o a los ED. JOSÉ ALBERTO COLÍN HERNÁNDEZ y HÉCTOR HERNÁNDEZ SÁNCHEZ; quienes se confirman autorizados desde este momento exclusivamente para oír y recibir notificaciones, aun las de carácter personal, así como para recoger toda clase de documentos y valores en mi nombre y representación, a demás se les confiere en este acto la más amplia suma de facultades y prerrogativas que a los de su clase otorga la ley, desde luego se les faculta para revisar, estudiar e imponerse a los autos en general y cualquier acto en el que deban tener injerencia la actora física en términos de lo dispuesto por el Artículo 1.189 del Código de Procedimientos Civiles de la entidad, quedando como representante común el primero de los nombrados, sin demeritar la intervención que realice los profesionistas antes mencionados.

                        En ejercicio de la acción civil que me compete y con fundamento por lo dispuesto por los artículos 7.154, 7.155, 7.156, 7.157, 7.158, 7.159, 7.160, 7.161, 7.162, 7.163, 7.164, 7.165 y demás relativos y aplicables del Código Civil para el Estado de México vengo a demandar a JOSÉ MAURICIO LÓPEZ LÓPEZ y GUADALUPE TENORIO GEORGE quienes respectivamente tienen su domicilio, para ser notificados lo anterior con fundamento en el artículo 1.175 del Código de Procedimientos Civiles vigente en la entidad; el ubicado en calle Manzanillo Número 15-202, Colonia Roma Sur, en México, Distrito Federal, al tenor de los siguientes hechos y consideraciones de derecho:

PRESTACIONES

  1. Reparación del daño moral; consistente en el detrimento, menoscabo, perjuicio, constante desprestigio, humillación, menosprecio, vituperio, vejación, descrédito, dolor moral, angustia, aflicción espiritual, transgresión a mis derechos personalísimos tales como la honorabilidad, intimidad, pureza, respeto, formación académica, trayectoria profesional, estimación, recato, dignidad, decoro, vida y nombre; ejecutadas de manera intencional con dolo, malicia por los hoy demandados.

  1. Afectación a mi integridad, reputación, prestigio, vida privada; efectuada por la campaña deliberada y llena de falsedades encaminada a propiciarme desprestigio social que han entablado JOSÉ MAURICIO LÓPEZ LÓPEZ y GUADALUPE TENORIO GEORGE, difamándome a todas luces en mi entorno laboral, social y familiar.

     

  1. Reparación de mis bienes personales, vulnerados de forma inmediata afectando a mi imagen, persona, familia, vida, trabajo, salud; enfrentando juicios y argumentos mal intencionados y desmedidos carentes de fundamento verdadero ante los demás.
  2. Resarcimiento de mi imagen laboral lesionada ante mis alumnos; así como al contexto social que les rodea y que he forjado con esmero y conducta cívica a lo largo de mi vida; afectando la esfera inmaterial, incorpórea, indivisible de mi persona; por las conductas violatorias, carentes de ética y civilidad, maquinadas y cometidas en mi contra y al mismo tiempo de mi escuela, interponiendo ideas falsas, manifestaciones de conducta perversas, comentarios y actos impropios que han lastimado el desarrollo de mi escuela interfiriendo y lesionando su desarrollo, buena educación moral y cultural, con la realización de expresiones que han afectado de forma grave la imagen de su maestra, y que han interrumpido el bienestar integral de los alumnos al faltar a los cánones de decencia y moral que son valores fundamentales de nuestra sociedad.

  1. Decretar una indemnización equitativa a titulo de reparación a los hoy demandados por las razones antes vertidas.

  1. El pago de los gastos y costas que el presente juicio origine.

Es así que fundo mis pretensiones en los siguientes hechos y consideraciones de derecho.

HECHOS

I.- Como se desprende del expediente 1259/06, tramitado en el Juzgado Segundo de lo Familiar en Toluca Estado de México. Contraje nupcias con una mujer de origen peruano de nombre YANNY FABIOLA LAZARES SERRANO, con quien procree un hijo; el cual ella nunca deseo, sufriendo depresión posparto. Como es de saberse dicho estado anímico obedeció a su incapacidad y rechazo para asumir el papel de madre, lo que condujo, en un plazo de dos años y medio, a deteriorar nuestra relación matrimonial. Aunado a ello evite ser presa de sus chantajes y caprichos por lo que ella emprendió una convivencia más agria, intolerable, belicosa, agresiva, distante, incomoda, hostil e histérica; que fue agudizándose cada vez más sin prudencia y recato de su parte y de la cual fue haciendo victima también a nuestro menor hijo.

II.- A finales del año dos mil seis en el marco de una controversia familiar y debido a efectos de una defensa y asesoría legal inadecuada, perdí el derecho de custodia de mi único hijo por no haber dado contestación oportuna a la demanda instaurada en mi contra, sin embargo con el avance del proceso al ir confrontándola, y mostrando de una forma objetiva la verdad histórica  convirtiéndola en una verdad jurídica; los hoy señalados como responsables de causarme daño moral se sintieron acorralados, heridos en su falso orgullo, descubiertos y expuestos; iniciando así, YANNY FABIOLA así como su abogado JUAN RAMÓN una campaña de falsedades y creciente desprestigio en mi contra.

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